- En la mayoría de procesos civiles en Colombia tiene entre 10 y 20 días hábiles para contestar la demanda; si deja pasar el plazo, el juez puede presumir ciertos los hechos alegados por el demandante.
- Lo primero es verificar la notificación, identificar el juzgado y el número de radicado, y contactar a un abogado litigante lo antes posible, idealmente en los primeros 2 a 3 días.
- La contestación debe cumplir requisitos formales del Código General del Proceso y acompañarse de documentos y pruebas; una respuesta deficiente se considera casi como no contestar.
- Aun estando demandado, puede buscar conciliación, transacción o acuerdos de pago que, si se formalizan correctamente, tienen la misma fuerza que una sentencia.
- Contar con un abogado desde el inicio reduce el riesgo de perder por errores técnicos, ayuda a negociar mejores acuerdos y a minimizar costos como intereses y costas procesales.
Intención de búsqueda: principalmente "Hacer" (cómo actuar paso a paso) con componente "Conocer". Público: sobre todo personas naturales y pequeños negocios que ya recibieron o temen recibir una demanda civil en Colombia.
¿Qué hacer inmediatamente después de recibir una notificación de demanda civil en Colombia?
Apunte de inmediato la fecha en que fue notificado y guarde todos los documentos que recibió, sin modificarlos. Luego, confirme el juzgado y el número de radicado, y contacte a un abogado litigante civil o de familia lo antes posible para que calcule su plazo y diseñe la estrategia de respuesta.
En Colombia, la notificación de una demanda civil suele hacerse mediante notificación personal o por aviso, junto con el auto admisorio de la demanda y las copias de la misma. Desde el día hábil siguiente a esa notificación empiezan a correr los días para contestar, según el tipo de proceso. Si pierde ese plazo, no podrá proponer defensas ni aportar pruebas oportunamente, y el juez podrá presumir ciertos muchos de los hechos alegados por la otra parte según los artículos 96 y 97 del Código General del Proceso (CGP).
Pasos inmediatos (primeros 2 a 3 días)
Lea con calma los documentos: identifique quién lo demanda, qué está pidiendo (pretensiones), por qué hechos y ante qué juzgado.
Ubique los datos clave:
- Juzgado y ciudad.
- Número de radicación del proceso.
- Fecha de notificación (suele aparecer en la diligencia o en el aviso).
Verifique el proceso en línea: ingrese a la Consulta de Procesos Nacional Unificada de la Rama Judicial en Consulta de procesos - Rama Judicial para confirmar que el proceso es real, revisar actuaciones y descargar estados recientes.
Contacte a un abogado litigante: lleve todo lo que recibió (auto admisorio, demanda, anexos, citaciones) y cualquier documento relacionado con el conflicto.
Evite responder por su cuenta al juzgado antes de asesorarse: una contestación improvisada puede considerarse deficiente y jugar en su contra.
No destruya ni altere documentos o chats: podrían ser pruebas importantes; manipularlos puede generar problemas de credibilidad o incluso responsabilidades adicionales.
Checklist rápido al recibir la demanda
- ¿Tengo clara la fecha de notificación?
- ¿Sé qué tipo de proceso es (verbal, verbal sumario, ejecutivo, etc.)?
- ¿Ya agendé cita con un abogado?
- ¿Ya empecé a reunir contratos, comprobantes de pago, correos, chats y demás pruebas?
- ¿Revisé en la página de la Rama Judicial que el proceso efectivamente existe?
Errores comunes al recibir una demanda
- Ignorar la demanda pensando que "si no firmo nada no pasa nada". El proceso sigue adelante aunque usted no haga nada.
- Confiar en que un acuerdo verbal con el demandante "frena el proceso" sin formalizarlo ante conciliador o juez.
- Esperar hasta el último día del plazo para llamar a un abogado, limitando la capacidad de preparar una buena defensa.
Preguntas de seguimiento
- ¿Cómo sé exactamente qué tipo de proceso es el mío?
- ¿Qué pasa si no estaba en mi casa el día de la notificación?
- ¿Qué hago si creo que la demanda es fraudulenta o suplantaron mi identidad?
¿Cuáles son los plazos para contestar una demanda civil en la jurisdicción ordinaria en Colombia?
En la mayoría de procesos civiles verbales el demandado tiene 20 días hábiles para contestar la demanda; en procesos verbales sumarios, monitorios y varios trámites especiales el plazo suele ser de 10 días hábiles, y en algunos procesos especiales solo 3 días. El término se cuenta desde el día hábil siguiente a la notificación del auto admisorio o del mandamiento de pago, según el caso.
El CGP establece que, una vez admitida la demanda, se corre traslado al demandado por un término que depende del tipo de proceso. Por ejemplo, en el proceso verbal el artículo 369 fija un traslado de 20 días, mientras que en el proceso verbal sumario el artículo 391 fija 10 días para contestar.(cancilleria.gov.co) En procesos ejecutivos, el plazo de 10 días es para proponer excepciones al mandamiento de pago, que en la práctica es su forma de defensa.(gerencie.com)
Plazos típicos para contestar según el CGP (jurisdicción civil ordinaria)
| Tipo de proceso | Plazo para contestar / defenderse | Referencia legal principal |
| Verbal | 20 días hábiles | Art. 369 CGP (traslado de la demanda)(cancilleria.gov.co) |
| Verbal sumario | 10 días hábiles | Art. 391 CGP(normograma.mintic.gov.co) |
| Proceso divisorio | 10 días hábiles | Art. 409 CGP (vía doctrina)(gerencie.com) |
| Proceso monitorio | 10 días hábiles | Art. 421 CGP (vía doctrina)(gerencie.com) |
| Proceso de expropiación | 3 días hábiles | Art. 399 CGP (vía doctrina)(gerencie.com) |
| Deslinde y amojonamiento | 3 días hábiles | Art. 402 CGP (vía doctrina)(gerencie.com) |
| Ejecutivo (mandamiento de pago) | 10 días hábiles para proponer excepciones | Art. 442 CGP (vía doctrina)(gerencie.com) |
Cómo se cuentan los días
- Son días hábiles: no cuentan sábados, domingos ni festivos.(gerencie.com)
- El conteo inicia el día hábil siguiente a la notificación.
- Si el término se concede en audiencia, empieza a correr desde que el juez lo otorga en esa misma diligencia.(gerencie.com)
¿Qué pasa si se vence el plazo sin contestar?
- Se aplica el artículo 97 del CGP: la falta de contestación o una contestación deficiente hace presumir ciertos los hechos susceptibles de confesión contenidos en la demanda.(encolombia.com)
- Usted pierde la oportunidad de:
- Negar hechos y explicar su versión.
- Proponer excepciones de mérito (defensas de fondo).
- Solicitar pruebas en su favor.
- Presentar una eventual reconvención (contrademanda) dentro del mismo proceso.
- El proceso continúa solo con lo alegado y probado por el demandante, lo que aumenta drásticamente el riesgo de una condena en su contra.(gerencie.com)
Preguntas de seguimiento
- ¿Cómo identifico en mi auto admisorio qué tipo de proceso es?
- ¿Es posible recuperar alguna oportunidad si el abogado anterior dejó vencer el término?
- ¿Los plazos cambian si el proceso es de familia o de consumo?
¿Qué documentos y pruebas debe recopilar el demandado para contestar la demanda civil?
Debe reunir todo documento y medio de prueba que respalde su versión de los hechos: contratos, extractos, comprobantes de pago, comunicaciones (correos, chats), certificaciones y testigos, entre otros. El CGP exige que con la contestación se aporten los documentos que estén en poder del demandado y se soliciten las pruebas que se quieran hacer valer.(encolombia.com)
El artículo 96 del CGP señala que la contestación debe incluir un pronunciamiento expreso sobre las pretensiones y hechos, las excepciones de mérito y la petición de pruebas, y que se adjunten los documentos que estén en poder del demandado y hayan sido solicitados, además de las pruebas que pretenda hacer valer.(encolombia.com) Por eso es crítico empezar a buscar y organizar evidencias desde el primer día.
Documentos básicos que casi siempre debe buscar
- Documento de identidad y certificados de existencia y representación (si es empresa).
- Contratos relacionados (de préstamo, arrendamiento, compraventa, prestación de servicios, etc.).
- Comprobantes de pago (recibos, consignaciones, transferencias, extractos bancarios).
- Comunicaciones:
- Correos electrónicos.
- Mensajes de WhatsApp u otras apps (con fecha y remitente visibles).
- Cartas o burofaxes enviados o recibidos.
- Certificaciones de empleadores, bancos, proveedores o terceros que respalden su versión.
- Documentos contables y facturas si el conflicto es entre empresas o comerciantes.
- Fotos, videos o informes técnicos, cuando el pleito se relaciona con daños, obras, defectos de construcción, etc.
Ejemplos según el tipo de conflicto
| Tipo de caso | Pruebas clave a reunir |
| Deuda o préstamo | Pagaré, contrato de mutuo, extractos de cuenta, recibos de abonos, chats donde se reconocen pagos o se renegocia la deuda. |
| Arrendamiento | Contrato de arrendamiento, inventario del inmueble, recibos de canon y servicios, comunicaciones sobre daños, entrega o terminación. |
| Responsabilidad civil (daños) | Fotos del daño, informes de peritos, facturas de reparación, historias clínicas, reportes de aseguradoras. |
| Conflictos entre socios o comerciales | Estatutos, actas de asamblea o junta, pactos de socios, estados financieros, correos corporativos. |
Buenas prácticas al gestionar pruebas
- Haga copias digitales legibles de todo (PDF, fotos claras).
- Entregue al abogado un pequeño índice: qué documento es, de qué fecha y qué demuestra.
- No "edite" capturas de pantalla: si es necesario, el abogado puede pedir copias certificadas posteriores o respaldos técnicos.
- Identifique posibles testigos y anote:
- Nombre completo.
- Cédula.
- Teléfono y correo.
- Qué hechos concretos podría declarar.
Preguntas de seguimiento
- ¿Qué pasa si algunos documentos importantes los tiene el demandante o un tercero?
- ¿Cómo se presentan legalmente los chats y correos como prueba?
- ¿Cuándo conviene solicitar un dictamen pericial desde la contestación?
¿Qué opciones de conciliación, transacción y acuerdos de pago existen después de ser demandado?
Aun después de ser demandado, puede buscar un arreglo mediante conciliación judicial o extrajudicial, una transacción (acuerdo escrito) o un acuerdo de pago, que si se formalizan correctamente pueden cerrar el proceso o evitar una sentencia más gravosa. Un buen acuerdo reduce tiempos, intereses y el riesgo de condena en costas.
La conciliación puede ser judicial (dentro del proceso, usualmente en la audiencia inicial) o extrajudicial en derecho, ante centros de conciliación, notarias u otras autoridades autorizadas. El Ministerio de Justicia explica que los acuerdos logrados en conciliación hacen tránsito a cosa juzgada y el acta presta mérito ejecutivo, es decir, se puede exigir su cumplimiento como si fuera una sentencia.(minjusticia.gov.co)
Principales vías de arreglo
- Conciliación judicial:
- Se intenta ante el juez en las audiencias del proceso.
- Si las partes acuerdan, el juez aprueba el acuerdo y se archiva el proceso (o se limita lo discutido).
- Conciliación extrajudicial en derecho:
- Puede solicitarse en centros de conciliación públicos o privados, notarias, personerías, casas de justicia, etc.(minjusticia.gov.co)
- En muchos tipos de procesos ya se intentó antes de demandar, pero nada impide volver a conciliar con nuevas condiciones.
- Transacción:
- Es un contrato en el que las partes hacen concesiones recíprocas para poner fin a la disputa.
- Debe constar por escrito y normalmente se presenta al juez para que termine el proceso por transacción.
- Acuerdos de pago:
- Muy frecuentes en procesos ejecutivos por deudas.
- Pueden incluir quitas, plazos, rebaja de intereses, levantamiento de embargos, etc.
- Conviene que el acuerdo quede protocolizado o aprobado por el juez para mayor seguridad.
Ventajas y riesgos de llegar a un acuerdo
- Ventajas:
- Evita años de proceso y la incertidumbre de la sentencia.
- Permite negociar rebajas, plazos y condiciones más manejables.
- Disminuye el riesgo de condenas altas en costas y agencias en derecho.
- Riesgos o precauciones:
- No firmar acuerdos sin entender todas las obligaciones (intereses, garantías, codeudores, hipotecas, etc.).
- Evitar cláusulas que permitan al acreedor declarar todo vencido por cualquier retraso mínimo.
- Verificar efectos frente a codeudores, fiadores o garantes.
Preguntas de seguimiento
- ¿Puedo proponer una conciliación si ya hubo una antes de la demanda?
- ¿Qué pasa si el demandante incumple el acuerdo logrado en conciliación?
- ¿Cómo se homologa una transacción ante el juez?
¿Por qué es clave contar con un abogado litigante desde el inicio del proceso civil?
Porque la regla general del CGP es que las personas comparezcan a los procesos por medio de abogado, salvo excepciones limitadas, y porque la calidad de la contestación puede definir el resultado del pleito. Un abogado litigante identifica el tipo de proceso, calcula bien los plazos, formula defensas técnicas y negocia acuerdos más seguros.
El artículo 73 del CGP establece que, por regla general, quienes comparezcan al proceso deben hacerlo por conducto de abogado legalmente autorizado, salvo casos expresamente permitidos por la ley (por ejemplo, algunos procesos de mínima cuantía o actuaciones ante centros de conciliación).(datojuridico.com) Además, la contestación debe cumplir requisitos formales del artículo 96 CGP, que no son evidentes para quien no litiga habitualmente.(encolombia.com)
Qué aporta un abogado litigante en esta etapa
- Revisa la demanda y define si conviene:
- Negar total o parcialmente los hechos.
- Alegar pagos, compensaciones, prescripción u otras defensas.
- Presentar una contrademanda (reconvención) dentro del mismo proceso.
- Redacta una contestación que:
- Cumple con todos los requisitos de forma y contenido del CGP.
- No incurre en admisiones innecesarias que puedan perjudicarlo.
- Incluye las excepciones de mérito adecuadas.
- Diseña la estrategia probatoria:
- Qué pruebas pedir y en qué momento.
- Si conviene solicitar peritos, inspecciones o testimonios específicos.
- Negocia con la otra parte y evalúa propuestas de conciliación o transacción.
- Lo acompaña a las audiencias, donde muchas decisiones se toman en tiempo real.
Costos típicos a tener en cuenta (en COP)
- Honorarios del abogado:
- En asuntos de mínima cuantía, muchos abogados manejan tarifas fijas que pueden ir, a modo orientativo, desde alrededor de $1.500.000 - $4.000.000 según la complejidad y la ciudad.
- En asuntos de mayor cuantía, es frecuente pactar porcentajes sobre el valor en disputa o resultado (en el mercado se manejan bandas aproximadas del 10 % al 30 %, con variaciones según cada caso y acuerdo).(dmsjuridica.com)
- Gastos ordinarios del proceso (copias, notificaciones físicas, eventuales peritajes, desplazamientos), que suelen ser mucho menores que el valor del litigio pero conviene prever.
- Costas y agencias en derecho: si pierde, el juez puede condenarlo a pagar una suma adicional a favor de la otra parte por concepto de honorarios razonables y gastos, con base en las tarifas fijadas por el Consejo Superior de la Judicatura.(ambitojuridico.com)
Preguntas de seguimiento
- ¿En qué procesos civiles puedo actuar sin abogado?
- ¿Cómo negociar honorarios y formas de pago con mi abogado?
- ¿Puedo cambiar de abogado en mitad del proceso sin afectar mi defensa?
Conceptos erróneos frecuentes sobre responder una demanda civil en Colombia
"Si no me notifican en persona, la demanda no vale"
Aunque la notificación personal es la regla, el CGP permite la notificación por aviso y emplazamientos en ciertos casos. Si el juez considera válida la notificación, los términos corren igual, aunque usted no haya firmado personalmente, por lo que confiarse en este mito puede hacerle perder el plazo.
"Siempre es mejor pelear hasta el final que conciliar"
En muchos casos, una buena conciliación o transacción reduce significativamente la deuda, evita intereses futuros y minimiza el impacto en su patrimonio y su reporte financiero. Insistir en litigar sin una estrategia clara puede terminar en condenas mayores y costas adicionales.
"Puedo arreglar con el demandante 'por fuera' y olvidarme del proceso"
Un arreglo verbal o un simple mensaje de WhatsApp no detienen el proceso. Mientras el juez no sea informado formalmente y no se apruebe la conciliación o transacción, el proceso sigue y puede llegar a sentencia en su contra, incluso si usted ya pagó algo por fuera.
¿Cuándo contratar un abogado para responder una demanda civil en Colombia?
Debe contactar a un abogado tan pronto reciba la demanda, idealmente dentro de los primeros 2 a 5 días hábiles, para que tenga tiempo suficiente de estudiar el caso y preparar la contestación con pruebas. También es conveniente buscar asesoría preventiva si ya sabe que el conflicto va a escalar y es probable que lo demanden.
Señales claras de que necesita un abogado de inmediato
- La pretensión económica supera unos pocos salarios mínimos o compromete un inmueble, un negocio o buena parte de su patrimonio.
- El caso es complejo (varias partes, contratos encadenados, garantías, codeudores, banca o aseguradoras involucradas).
- Ya hay embargos o medidas cautelares sobre sus cuentas o bienes.
- Ha recibido varias notificaciones o citaciones que no entiende bien.
Opciones si no puede pagar un abogado particular
- Consultar en los consultorios jurídicos de las facultades de derecho de su ciudad.
- Acudir a centros de conciliación públicos o casas de justicia para orientación básica y búsqueda de arreglos.(minjusticia.gov.co)
- En ciertos tipos de procesos (familia, violencia intrafamiliar, consumidor), puede recibir apoyo adicional de entidades públicas y defensorías especializadas.
Próximos pasos si ya fue notificado de una demanda civil
Dentro de las primeras 48 horas
- Organice un archivo con:
- Auto admisorio de la demanda.
- Copia de la demanda y sus anexos.
- Constancia o diligencia de notificación.
- Registre en un lugar visible:
- Fecha de notificación.
- Juzgado y ciudad.
- Número de radicado.
- Agende cita con un abogado litigante civil o de familia.
Durante la primera semana
- Entregue al abogado toda la documentación y un relato cronológico de los hechos.
- Empiece a recopilar pruebas (contratos, pagos, comunicaciones, testigos).
- Defina con su abogado:
- Qué hechos se admitirán y cuáles se negarán.
- Qué excepciones se propondrán.
- Si conviene proponer un acuerdo o conciliación temprana.
Antes del vencimiento del término
- Revise con su abogado el borrador de contestación para confirmar los datos básicos.
- Asegúrese de que se hayan incluido todas las pruebas y solicitudes relevantes.
- Verifique que la contestación se radique en el juzgado dentro del plazo legal, con los anexos exigidos por el CGP.
Preguntas frecuentes sobre la contestación de demandas civiles en Colombia
¿Puedo responder la demanda sin abogado?
En algunos procesos de mínima cuantía y trámites muy simples, la ley permite comparecer sin abogado, pero la regla general del CGP es que debe hacerlo por conducto de un apoderado judicial. Incluso donde es posible actuar sin abogado, hacerlo sin asesoría suele ser arriesgado por la complejidad técnica de la contestación y de las defensas disponibles.(datojuridico.com)
¿Qué pasa si llego a un acuerdo directo con el demandante?
El acuerdo solo tendrá plenos efectos procesales si se formaliza mediante un acta de conciliación aprobada o una transacción presentada y aceptada por el juez. Hasta que eso no ocurra, el proceso sigue su curso y puede terminar en sentencia, aunque haya pagos o pactos informales.
¿Puedo presentar una contrademanda dentro del mismo proceso?
Sí, el CGP permite la reconvención en ciertos procesos durante el mismo término de traslado de la demanda, siempre que la nueva pretensión sea acumulable y de competencia del mismo juez. Por eso es fundamental que el abogado estudie no solo cómo defenderse, sino si conviene también demandar a la contraparte en el mismo expediente.(cancilleria.gov.co)
¿Cuánto puede durar un proceso civil en Colombia?
Depende del tipo de proceso, la congestión del juzgado y la cantidad de pruebas, pero un proceso verbal bien llevado puede tardar de 1 a 3 años en promedio, y uno ejecutivo puede resolverse antes si hay acuerdo o pago rápido. Un buen manejo procesal y la búsqueda activa de conciliaciones pueden acortar significativamente los tiempos.
¿Puedo salir del país si tengo una demanda civil?
En general, una demanda civil no le impide salir del país por sí sola. Lo que sí puede ocurrir es que se decreten embargos u otras medidas sobre sus bienes. Sin embargo, si hay otros procesos (penales, de familia con menores, etc.) podrían existir restricciones específicas, por lo que es aconsejable consultarlo con su abogado antes de tomar decisiones importantes.