Mejores Abogados de Organizaciones sin fines de lucro y benéficas en Marbella
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Lista de los mejores abogados en Marbella, Spain
1. Sobre el derecho de Organizaciones sin fines de lucro y benéficas en Marbella, Spain
En España, las organizaciones sin fines de lucro y benéficas se rigen por marcos generales para asociaciones y fundaciones. En Marbella, estas entidades deben cumplir con la normativa estatal y con la regulación regional aplicable. La asesoría legal ayuda a asegurar que los fines benéficos se mantengan claras y transparentes ante entidades públicas y donantes. Un letrado puede facilitar la correcta estructuración, registro y operación diaria de la ONG.
Las diferencias entre asociación y fundación importan para responsabilidades, gobernanza y financiación. Una asociación suele centrarse en la participación de sus asociados y la toma de decisiones colectiva. Una fundación, en cambio, tiene una dotación patrimonial y fines concretos de interés social gestionados por un patronato.
2. Por qué puede necesitar un abogado
- Constitución de una ONG en Marbella: necesitarás asesoría para elegir entre asociación o fundación y redactar estatutos acordes a la normativa vigente.
- Modificación de fines o de estatutos: cuando la ONG quiere ampliar o cambiar sus objetivos, o cambiar la sede social en Marbella.
- Trámites de registro y obtención de NIF: la inscripción en el registro correspondiente y la obtención de identificadores fiscales requieren un letrado para evitar errores.
- Gestión de subvenciones y convenios: preparar expedientes, cumplir con requisitos y justificar gastos ante la Junta de Andalucía y entidades municipales de Marbella.
- Cumplimiento fiscal y contable: asesorarte en el régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos y en la presentación de cuentas anuales y deducciones fiscales.
- Disolución o liquidación de la ONG: asesorarte sobre el proceso, la liquidez de bienes y la protección de beneficiarios durante la disolución.
3. Descripción general de las leyes locales
- Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación - regula la creación, organización y derechos de las asociaciones en España. Vigente desde 22 de marzo de 2002 y aplicada en Marbella a través del marco estatal y su desarrollo regional.
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones - regula la creación y funcionamiento de fundaciones en España, con especial atención a la dotación patrimonial y la supervisión de patronatos. Vigente desde finales de 2002.
- Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo - establece el tratamiento fiscal y las deducciones para ONG y fundaciones. Vigente desde 23 de diciembre de 2002.
En Marbella, estas normas se ven complementadas por la normativa autonómica y local, y por la normativa de transparencia y rendición de cuentas aplicable a entidades sin fines de lucro. Mantenerse al día con inspecciones y auditorías es clave para garantizar la continuidad de la financiación y la confianza de donantes. La tendencia reciente es una mayor exigencia de gobernanza y transparencia.
“La Ley Orgánica 1/2002 regula el derecho de asociación y la necesidad de inscripción en registro público para la personalidad jurídica.”
Fuente: mjusticia.gob.es
“La Ley 50/2002 regula la fundación, su régimen patrimonial y la supervisión de sus fines sociales.”
Fuente: gob.es
“El régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos contempla incentivos fiscales al mecenazgo y obligaciones de contabilidad para transparencia fiscal.”
Fuente: agenciatributaria.gob.es
4. Preguntas frecuentes
¿Qué es una asociación y qué es una fundación?
Una asociación se crea por personas con un fin común y se rige por estatutos y acuerdos entre asociados. Una fundación se constituye con una dotación patrimonial destinada a fines de interés social y gestionada por un patronato.
¿Cómo constituyo una ONG en Marbella?
Debe decidir si constituye una asociación o una fundación, redactar los estatutos y presentar la documentación en el registro correspondiente. Un abogado puede ayudar a preparar actas, estatutos y la documentación necesaria para inscribirse.
¿Cuándo se deben inscribir las ONG en Marbella?
La inscripción es necesaria para obtener personalidad jurídica. Esto facilita abrir cuentas, recibir donaciones y gestionar subvenciones. El registro se realiza en el registro público competente.
¿Dónde debo registrar mi ONG en España?
El registro depende del tipo de entidad y de la región. En general, las asociaciones se inscriben en el registro de asociaciones de la comunidad autónómica o del registro central correspondiente; las fundaciones, en el registro de fundaciones.
¿Por qué podría necesitar un abogado para esta tarea?
Un letrado evita errores en estatutos y escrituras, orienta sobre la elección entre asociación y fundación y gestiona el proceso de registro y cumplimiento legal.
¿Puede una ONG recibir subvenciones públicas en Marbella?
Sí, siempre que cumpla requisitos de elegibilidad y presentación de documentación exigidos por la administración local o autonómica. Un abogado puede preparar expedientes y programas de cumplimiento.
¿Cuánto cuesta constituir una ONG en Marbella?
Los gastos varían según si se trata de una asociación o fundación, y por honorarios profesionales. Es habitual un coste inicial entre varios cientos y varios miles de euros, más tasas administrativas.
¿Es obligatorio presentar cuentas anuales?
La mayoría de ONG deben rendir cuentas ante el registro y, para fines fiscales, ante la Agencia Tributaria. Un verificador contable puede ayudar a cumplir los requisitos.
¿Qué pasa si modifico los fines de la ONG?
Se debe revisar y actualizar el acta fundacional o estatutos y, si corresponde, inscribir el cambio en el registro. Esto evita conflictos de gobernanza y financiación.
¿Qué diferencias hay entre una asociación y una fundación en Marbella?
La principal diferencia es la forma de financiación y la gobernanza. Las asociaciones dependen de la participación de sus asociados; las fundaciones dependen de una dotación patrimonial y un patronato.
¿Necesito auditoría para mi ONG?
La necesidad de auditoría depende del tamaño de la entidad y de las subvenciones recibidas. Las ONG grandes suelen requerir auditoría anual para demostrar transparencia.
¿Qué pasa si no cumplo con las obligaciones legales?
Podría enfrentar sanciones administrativas, revisión de ayudas y pérdida de beneficios fiscales. Un abogado puede ayudar a corregir incumplimientos y evitar consecuencias graves.
5. Recursos adicionales
- Gobierno de España - Portal oficial - Portal del Gobierno que centraliza trámites para ONG y facilita información sobre registro y financiación. https://www.gob.es
- Ministerio de Justicia - Registro de Fundaciones y Asociaciones - Contiene guías y requisitos para la inscripción y gobernanza de ONG. https://www.mjusticia.gob.es
- Agencia Tributaria - Régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos - Información sobre deducciones y obligaciones fiscales para ONG. https://www.agenciatributaria.gob.es
6. Próximos pasos
- Defina claramente si es una asociación o una fundación y determine su objetivo social. Debe completar un borrador de estatutos. (1-2 semanas)
- Reúna la documentación inicial: acta fundacional, DNI de promotores,forming de dotación y estatutos preliminares. (1-2 semanas)
- Solicite una consulta con un asesor legal especializado en ONG en Marbella para revisar estatutos y plan de registro. (1 semana)
- Solicite presupuestos y compare honorarios, garantía de cumplimiento y posibles honorarios por revisión de documentos. (1-2 semanas)
- Elabore el expediente de registro y presente ante el registro correspondiente; gestione NIF y cualquier certificado necesario. (4-8 semanas)
- Prepare un plan de cumplimiento fiscal y contable con un letrado para las primeras cuentas anuales y declaraciones. (1-3 meses)
- Implemente prácticas de gobernanza, transparencia y control interno y programe revisiones periódicas con su asesor legal. (Continuo)
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