- En México ya existe un marco formal de control de exportaciones y listas de personas bloqueadas; no son temas "solo de EE. UU. o Europa".
- Las empresas mexicanas deben respetar las listas de la ONU y de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), y gestionar el riesgo derivado de listas extranjeras como OFAC.
- Operar con personas sancionadas puede detonar bloqueos de cuentas, pérdida de acceso al sistema financiero, multas aduaneras y daños reputacionales severos.
- Un buen programa de compliance en comercio exterior combina clasificación arancelaria, análisis de uso final, screening de contrapartes y controles documentales.
- Vale la pena buscar asesoría especializada cuando se exportan bienes de uso dual, se trabaja con países o sectores sensibles o cuando un banco cuestiona una operación.
¿Para quién es esta guía y qué busca responder?
Esta guía está pensada principalmente para empresas B2B mexicanas (o que operan desde México) que importan, exportan o financian operaciones de comercio exterior y quieren prevenir problemas por sanciones y controles de exportación. La intención de búsqueda mezcla "Conocer" (entender el marco mexicano y extranjero) y "Hacer" (saber qué pasos prácticos tomar para cumplir). El objetivo es que directores de cumplimiento, legales, comercio exterior, finanzas y logística tengan un mapa claro para tomar decisiones informadas.
¿Qué son las sanciones internacionales y las listas de personas bloqueadas en México?
Las sanciones internacionales son restricciones impuestas por Estados o por organismos como la ONU para limitar el comercio, las finanzas o los viajes de ciertos países, sectores o personas. En México, se materializan sobre todo a través de: i) la implementación de resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU y ii) la Lista de Personas Bloqueadas que administra la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que obliga a las instituciones financieras a congelar recursos y negar servicios a las personas incluidas.(snice.gob.mx)
En términos prácticos, cuando hablamos de "listas de personas sancionadas o bloqueadas" nos referimos a bases de datos oficiales que identifican a individuos, empresas, barcos, bancos, etcétera, con los que no se puede operar o solo se puede hacer bajo condiciones muy estrictas. A nivel internacional destacan:
- Las listas del Consejo de Seguridad de la ONU (terrorismo, proliferación de armas, Corea del Norte, entre otras).
- Las listas de Estados Unidos (OFAC), Unión Europea, Reino Unido y otros países.
En México, la figura central es la Lista de Personas Bloqueadas (LPB), que se integra y administra en el marco de las Disposiciones de carácter general del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y normas relacionadas.(gob.mx) Esta lista busca prevenir lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, pero en la práctica tiene impacto directo en el comercio exterior, porque:
- Las instituciones financieras deben congelar recursos y negar la apertura de cuentas a quienes estén en la LPB.
- Los bancos tienden a extender ese mismo estándar a contrapartes de clientes (proveedores, clientes finales, intermediarios) para mitigar su propio riesgo.
- Ser listado o vinculado con un listado puede llevar a bloqueos de pagos internacionales, cierre de líneas de crédito y revisión intensiva por parte de SAT y otras autoridades.
Aunque las empresas no financieras no están obligadas por todas las reglas de la LPB, cualquier compañía que facture, cobre o pague a través del sistema bancario mexicano se ve afectada si su contraparte está bloqueada. Por eso, integrar el chequeo sistemático de listas en el flujo de comercio exterior es ya una práctica esencial de cumplimiento.
¿Qué tipos de sanciones son más relevantes para empresas mexicanas?
Para un exportador o importador en México suelen ser críticos cuatro tipos de sanciones:
- Sanciones financieras focalizadas: congelamiento de activos y prohibición de poner recursos a disposición de personas o entidades listadas.
- Embargos o prohibiciones comerciales sobre determinados países, sectores (energía, defensa, tecnología) o bienes concretos.
- Controles de exportación sobre bienes de uso dual, software y tecnologías sensibles, que requieren permisos previos y obligaciones adicionales.
- Sanciones secundarias (sobre todo de EE. UU.), que buscan afectar a terceros países/entidades que colaboran con objetivos sancionados, aun cuando actúen fuera de EE. UU.
Posibles preguntas de seguimiento
- ¿Dónde puedo consultar la Lista de Personas Bloqueadas y las listas de la ONU?
- ¿Cómo saber si un producto es de "uso dual" y requiere permiso?
- ¿Qué pasa si una empresa relacionada (matriz, filial, distribuidor) está sancionada en otro país?
¿Cómo se relacionan las regulaciones mexicanas con las sanciones de otros países?
México está obligado a aplicar las sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU y ha desarrollado un sistema propio de control de exportaciones y listas de personas bloqueadas. Las sanciones de otros países (como las de OFAC en EE. UU.) no son automáticamente derecho interno mexicano, pero sí generan un riesgo real de acceso a bancos, proveedores internacionales y corresponsales, por lo que las empresas mexicanas prudentes las toman en cuenta dentro de su programa de cumplimiento.(snice.gob.mx)
¿Qué obligaciones específicas derivan de la ONU para México?
Tras la Resolución 1540 del Consejo de Seguridad, todos los Estados deben establecer controles eficaces para impedir la proliferación de armas de destrucción masiva, incluidos controles sobre bienes de uso dual, software y tecnología.(snice.gob.mx) México implementó esto, entre otros instrumentos, mediante:
- El Acuerdo de Control de Exportaciones, publicado inicialmente el 16 de junio de 2011, que sujeta a permiso previo la exportación de armas convencionales, sus partes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío hacia armas convencionales o de destrucción masiva.(snice.gob.mx)
- Sus posteriores modificaciones, que actualizan las listas de bienes alineadas con regímenes multilaterales como el Arreglo de Wassenaar, el Grupo de Suministradores Nucleares y el Grupo Australia.(snice.gob.mx)
En la práctica, esto significa que muchos bienes industriales, químicos, electrónicos, de telecomunicaciones y software avanzado pueden requerir permiso previo de exportación de la Secretaría de Economía, incluso si el cliente es aparentemente "comercial".
¿México aplica automáticamente las sanciones de EE. UU., la UE u otros países?
No. Jurídicamente, México no está obligado a aplicar de forma automática las listas de sanciones de otros Estados. Pero la realidad operativa es más compleja:
- Los bancos mexicanos tienen relaciones de corresponsalía con bancos de EE. UU. y Europa, que sí deben cumplir estrictamente con OFAC y otros regímenes.
- Para proteger esas relaciones, los bancos en México suelen alinear sus políticas internas con OFAC y otras listas, y pueden rehusar operaciones incluso cuando la ley mexicana no imponga una prohibición expresa.
- Las grandes multinacionales que operan en México aplican programas globales de compliance que agrupan todas las listas relevantes (ONU, OFAC, UE, Reino Unido, etc.).
Por tanto, aunque desde la óptica estrictamente jurídica mexicana pueda no existir una prohibición expresa, operar con sujetos sancionados por potencias comerciales suele traducirse en pagos retenidos, cancelación de contratos, auditorías intensivas y, en casos extremos, pérdida de acceso al sistema bancario internacional.
¿Qué relación hay entre el control de exportaciones mexicano y los regímenes internacionales?
México participa en regímenes multilaterales de control como el Arreglo de Wassenaar, el Grupo de Suministradores Nucleares y el Grupo Australia, y con base en ellos actualiza las listas de bienes de uso dual que requieren permiso previo.(snice.gob.mx) Esto implica que:
- Un mismo bien puede estar controlado tanto por México como por EE. UU. o la UE bajo criterios similares.
- Las empresas que exportan desde México deben revisar la clasificación arancelaria y técnica de sus productos para identificar si están listados en alguno de los anexos del Acuerdo de Control de Exportaciones.
- En algunos casos, puede requerirse doble licencia: por ejemplo, si una empresa mexicana reexporta desde México un bien originario de EE. UU. sujeto a la Export Administration Regulations (EAR), puede necesitar cumplir con permisos estadounidenses y mexicanos.
Posibles preguntas de seguimiento
- ¿Cómo se tramita un permiso previo de exportación ante la Secretaría de Economía?
- ¿Qué pasa si un banco bloquea una transferencia por una coincidencia con listas extranjeras?
- ¿Cómo gestionar la reexportación de bienes de origen estadounidense o europeo?
¿Qué riesgos legales y reputacionales existen al operar con personas sancionadas?
Operar con personas sancionadas o en jurisdicciones embargadas puede generar, en México, consecuencias administrativas, aduaneras, financieras y hasta penales; además de un fuerte impacto reputacional y comercial. Muchas de estas consecuencias se materializan a través del sistema financiero (bloqueo de cuentas, reportes de operaciones inusuales, cierre de relaciones bancarias) y del control aduanero (retención, embargo y decomiso de mercancías).(sidof.segob.gob.mx)
Riesgos legales en México
- Bloqueo de cuentas e inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas si la UIF considera que hay indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo vinculados con la operación. Esto implica congelamiento inmediato de recursos y suspensión de operaciones financieras.(sidof.segob.gob.mx)
- Multas y sanciones administrativas derivadas de la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera y acuerdos de control de exportaciones, por exportar sin el permiso previo necesario o en contravención de embargos de la ONU.
- Responsabilidad penal cuando la operación se vincula con delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, corrupción, tráfico de armas, terrorismo o proliferación de armas de destrucción masiva.
- Procedimientos de verificación y auditoría por parte del SAT, la Secretaría de Economía, la Secretaría de la Defensa Nacional (para armas, explosivos y ciertas sustancias) y otras autoridades sectoriales.
Riesgos financieros y comerciales
- Cancelación o rescisión de contratos con clientes y proveedores multinacionales que aplican cláusulas estrictas de sanciones.
- Dificultad para abrir o mantener cuentas bancarias, líneas de crédito o financiamiento comercial.
- Incremento de costos por retrasos aduaneros, almacenaje, logística y honorarios profesionales para gestionar aclaraciones o defensas.
Riesgos reputacionales
- Asociación de la marca con actividades ilícitas o países de alto riesgo, lo que puede cerrar puertas en licitaciones, certificaciones y alianzas.
- Mayor escrutinio de medios, autoridades y socios comerciales, especialmente en sectores sensibles (defensa, energía, telecomunicaciones, tecnología avanzada).
Ejemplo práctico
Una empresa mexicana de componentes electrónicos decide vender sensores de alta precisión a una empresa en un país sujeto a sanciones parciales. No clasifica correctamente su producto como de uso dual, ni verifica de forma robusta al usuario final. El banco corresponsal en EE. UU. detecta que el comprador está relacionado con una entidad listada por OFAC y detiene el pago; al mismo tiempo, envía un reporte que deriva en la revisión de varias operaciones previas de la empresa. El resultado: bloqueo temporal de cuentas, auditoría interna urgente, gastos legales inesperados y pérdida del cliente extranjero.
Posibles preguntas de seguimiento
- ¿Cómo calcular el impacto económico de un incidente de sanciones para justificar inversión en compliance?
- ¿Qué hacer si ya se realizó una operación de riesgo sin controles adecuados?
¿Qué elementos debe incluir un programa interno de cumplimiento en comercio exterior y sanciones en México?
Un programa eficaz de cumplimiento en sanciones y controles de exportación en México debe combinar gobierno corporativo claro, evaluación de riesgos, políticas escritas, procedimientos operativos, tecnología de apoyo, capacitación y monitoreo continuo. La clave es integrar estos elementos en los procesos cotidianos de ventas, compras, logística, finanzas y tesorería, no dejarlos aislados en el área legal o de cumplimiento.
1. Gobernanza y responsabilidades
- Nombrar a un responsable de compliance en comercio exterior y sanciones (puede ser el mismo oficial de cumplimiento PLD/FT en empresas reguladas, o un responsable de trade compliance en empresas industriales).
- Definir un comité interno (legal, finanzas, comercio exterior, ventas) que apruebe políticas, supervise incidentes y tome decisiones sobre operaciones de alto riesgo.
- Establecer canales claros para elevar decisiones cuando hay dudas ("stop & escalate").
2. Evaluación de riesgos
Antes de diseñar controles, conviene mapear qué tan expuesta está la empresa:
- ¿Qué productos o servicios ofrece? ¿Pueden ser de uso dual o tener aplicaciones militares, de defensa, nuclear, químicas o de vigilancia?
- ¿A qué países exporta o importa, y cuáles son sus rutas logísticas (transbordos, puertos intermedios)?
- ¿Qué tipo de clientes tiene (gobiernos, empresas estatales, integradores de defensa, distribuidores poco transparentes, fintech, etc.)?
- ¿Cuál es el modelo de negocio (venta directa, agentes, brokers, distribuidores) y qué tan visibles son los usuarios finales?
3. Políticas y procedimientos clave
- Política de sanciones y controles de exportación que establezca:
- Listas mínimas a consultar (ONU, LPB de la UIF, y al menos OFAC/UE en negocios internacionales sensibles).
- Criterios para bloquear o revisar operaciones según coincidencias en listas.
- Rechazo expreso de operaciones que involucren países o actividades prohibidas por la ONU o por el Acuerdo de Control de Exportaciones.
- Procedimiento de clasificación de productos:
- Determinar fracción arancelaria correcta y, cuando aplique, clasificación técnica conforme a listas de bienes de uso dual.
- Documentar análisis de uso y usuario final (end-use / end-user statements).
- Procedimiento de permisos previos:
- Definir cuándo se requiere permiso previo de exportación de la Secretaría de Economía y quién es responsable de tramitarlo.
- Establecer tiempos internos para no retrasar embarques (p.ej. iniciar el trámite mínimo 4-6 semanas antes del envío cuando se identifique sensibilidad).
- Due diligence de contrapartes:
- Recopilar información sobre propiedad real, estructura societaria, actividad y ubicación del cliente o proveedor.
- Verificar si hay vínculos con sectores sensibles, gobiernos o entidades estatales de países sancionados.
- Manejo de alertas y falsos positivos:
- Definir paso a paso qué hacer cuando el sistema de screening detecta una coincidencia (detener, revisar manualmente, pedir documentación adicional, escalar, decidir).
- Registrar decisiones y racionales para fines de auditoría y defensa futura.
4. Tecnología y listas
Para empresas con volumen relevante de operaciones, depender solo de búsquedas manuales en páginas web oficiales es insuficiente y arriesgado. Recomendaciones prácticas:
- Usar un software de screening que integre múltiples listas (ONU, LPB UIF, OFAC, UE, Reino Unido, etc.) y permita configurar umbrales de coincidencia.
- Integrar el screening en puntos críticos del flujo: alta de clientes/proveedores, aprobación de cotizaciones internacionales, liberación de pagos y embarques.
- Programar actualizaciones de listas al menos diarias y pruebas periódicas para validar que el sistema funciona correctamente.
5. Capacitación y cultura
- Capacitar al personal de ventas, compras, tráfico, finanzas y tesorería al menos una vez al año en:
- Conceptos básicos de sanciones y export controls.
- Alertas tempranas (países, sectores, prácticas sospechosas).
- Uso correcto de sistemas y procedimientos internos.
- Incluir casos reales de la propia empresa (anonimizados) o del sector para que el riesgo sea tangible.
6. Auditoría interna y mejora continua
- Realizar revisiones periódicas de expedientes de clientes, permisos, clasificaciones arancelarias y decisiones de riesgo.
- Documentar incidentes o casi-incidentes (pagos detenidos, cuestionarios de bancos, consultas de autoridades) y actualizar políticas a partir de esas lecciones.
Checklist rápida de cumplimiento en sanciones y export controls
- ¿Tienes identificados productos y servicios sensibles como potencial "uso dual"?
- ¿Clasificas correctamente tus bienes y revisas si aparecen en anexos del Acuerdo de Control de Exportaciones?
- ¿Cuentas con una política escrita de sanciones y control de exportaciones aprobada a nivel directivo?
- ¿Realizas screening sistemático de clientes, proveedores y usuarios finales contra listas ONU/LPB/OFAC/UE?
- ¿Tienes definido quién y cómo tramita permisos previos de exportación y documenta end-use/end-user?
- ¿Capacitas al personal clave al menos una vez al año y conservas evidencia?
- ¿Auditas tus procesos y tomas acciones correctivas cuando se detectan fallas?
Costos típicos de implementación (referenciales)
Los rangos varían según tamaño y complejidad, pero como orientación para México:
- Diagnóstico inicial de riesgos y brechas (consultor externo): desde MXN 80,000-200,000 para una empresa mediana.
- Diseño de políticas, procedimientos y capacitación inicial: paquetes entre MXN 150,000-400,000 según número de filiales y áreas involucradas.
- Licencia anual de software de screening: desde unos MXN 50,000-200,000 o más, dependiendo del volumen y alcance geográfico.
Posibles preguntas de seguimiento
- ¿Cómo integrar el programa de sanciones con el programa PLD/FT ya existente?
- ¿Qué documentación conservar para estar preparado ante una auditoría de SAT o una revisión bancaria?
¿Qué errores y mitos comunes existen sobre sanciones y controles de exportación en México?
Varios problemas de cumplimiento nacen de ideas equivocadas que siguen muy extendidas en el entorno empresarial. Corregir estos mitos a tiempo ahorra incidentes costosos.
"Eso solo aplica a bancos y armas, mi negocio es industrial/comercial"
Falso. El Acuerdo de Control de Exportaciones cubre una amplia gama de bienes de uso dual y tecnologías avanzadas (electrónica, software, telecomunicaciones, químicos, sensores, etcétera), no solo armas.(snice.gob.mx) Y cualquier empresa que use el sistema financiero mexicano se ve afectada por la Lista de Personas Bloqueadas cuando el banco congela recursos o niega operaciones vinculadas a sujetos listados.
"Mientras no venda al gobierno de un país sancionado, no tengo problema"
Incorrecto. Muchas sanciones alcanzan también a entidades privadas y sectores específicos, o se enfocan en usuarios finales militares, de seguridad o de proliferación. Además, las sanciones secundarias pueden castigar a quienes apoyen de forma significativa a entidades listadas, independientemente de que el cliente sea público o privado.
"Mi banco se encarga, si algo está mal, simplemente no pasa el pago"
Parcialmente cierto y peligroso. El banco es un filtro importante, pero:
- Puede bloquear recursos o cerrar relaciones sin asumir el costo comercial que sí asume tu empresa.
- No se responsabiliza por permisos de exportación, correcta clasificación de bienes ni cumplimiento aduanero.
- Una inacción de tu parte no te exime frente a autoridades mexicanas o extranjeras si se demuestra negligencia o dolo.
Posibles preguntas de seguimiento
- ¿Cómo convencer al consejo de administración de invertir en un programa robusto de sanciones?
- ¿Qué indicadores usar para medir la eficacia del programa de cumplimiento?
¿Cuándo buscar asesoría en derecho internacional y comercio exterior?
Conviene involucrar a un abogado especializado cuando la empresa enfrenta operaciones complejas, señales de alerta o potenciales conflictos entre marcos jurídicos (mexicano vs. extranjero). La asesoría temprana suele ser mucho más barata que reaccionar a una crisis ya desatada (cuentas bloqueadas, mercancías detenidas, investigaciones formales).
Situaciones típicas en las que vale la pena pedir ayuda especializada
- Exportas bienes de uso dual, software o tecnologías avanzadas y sospechas que pueden caer en listas de control.
- Planeas iniciar negocios con países de riesgo (embargos parciales, alto riesgo PLD/FT, conflicto armado, etc.).
- Un banco te solicita información adicional sobre una operación o te notifica que una transferencia fue detenida por temas de sanciones.
- Has recibido cartas o cuestionarios de clientes extranjeros sobre tu política de sanciones o controles de exportación.
- Estás en un proceso de M&A o joint venture con una empresa que opera en sectores o países de alto riesgo.
- Necesitas responder a una visita domiciliaria, revisión aduanera o requerimiento vinculado con exportaciones sensibles.
Qué tipo de abogado necesitas
- Especialista en comercio exterior y aduanas con experiencia en permisos previos y clasificación de bienes de uso dual.
- Abogado en derecho internacional económico / sanciones, si hay fuerte componente de OFAC, UE u otros regímenes extranjeros.
- En casos complejos, un equipo combinado (comercio exterior + penal económico + PLD/FT) para cubrir todos los ángulos de riesgo.
Plataformas como Lawzana pueden ayudar a comparar despachos y expertos en sanciones y comercio exterior que tengan experiencia real en casos similares al tuyo, algo especialmente valioso cuando el tema involucra varias jurisdicciones.
Preguntas frecuentes sobre sanciones y controles de exportación en México
¿Dónde consulto las listas de bienes de uso dual que requieren permiso previo?
Las listas se encuentran en los anexos del Acuerdo de Control de Exportaciones y sus modificaciones, publicados en el Diario Oficial de la Federación y explicados por la Secretaría de Economía a través del portal SNICE.(snice.gob.mx) Es recomendable trabajar con tu agente aduanal y con asesores técnicos para interpretar correctamente las descripciones técnicas y su correspondencia con fracciones arancelarias.
¿Qué autoridad mexicana administra la Lista de Personas Bloqueadas?
La Lista de Personas Bloqueadas es administrada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y su marco normativo principal se encuentra en las Disposiciones de carácter general del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y reformas asociadas.(gob.mx)
¿Cuánto tarda un permiso previo de exportación?
Los plazos varían según la complejidad técnica del bien, el país de destino y la carga de trabajo de la autoridad, pero en la práctica muchas empresas estiman varias semanas entre la preparación del expediente (incluida la manifestación de uso y usuario final) y la emisión del permiso. Por eso es aconsejable planear con holgura y no comprometer fechas de entrega internacionales sin haber evaluado si se requiere permiso y cuánto podría demorar.
¿Las sanciones extranjeras me obligan legalmente en México?
Como regla general, solo las sanciones adoptadas por México (por ejemplo, las de la ONU incorporadas al orden jurídico interno) son obligatorias en territorio nacional. Sin embargo, las sanciones de otros países pueden afectar de facto tus operaciones (pagos detenidos, corresponsales que cierran relaciones, clientes que cancelan contratos), por lo que es prudente integrarlas en tu matriz de riesgos aun cuando no constituyan un mandato legal directo.
¿Puedo "salir" de la Lista de Personas Bloqueadas?
Sí, existen procedimientos de revisión y garantía de audiencia que permiten a las personas bloqueadas presentar pruebas y argumentos para solicitar su eliminación de la lista.(milenio.com) En un caso así, el acompañamiento de abogados con experiencia en UIF y litigio administrativo es clave para estructurar una estrategia y documentación sólida.
Cuándo contratar un abogado
Debes considerar contratar un abogado cuando:
- No tienes certeza de si tus productos están sujetos a control de exportaciones o requieren permisos previos específicos.
- Planeas crecer hacia mercados de mayor riesgo geopolítico o sectorial y quieres un diseño de programa de cumplimiento "a prueba de auditorías".
- Tu banco, cliente o proveedor extranjero ha expresado preocupaciones explícitas sobre sanciones en relación con tu empresa.
- Alguna operación ha sido detenida, una cuenta ha sido bloqueada, o has recibido notificaciones formales de la UIF, SAT, Secretaría de Economía o autoridades extranjeras.
El abogado puede ayudarte a:
- Realizar un diagnóstico de riesgos y priorizar acciones inmediatas.
- Diseñar o actualizar tu programa de compliance en comercio exterior y sanciones.
- Gestionar trámites de permisos previos, end‑use statements y consultas formales con autoridades.
- Defenderte frente a procedimientos de bloqueo, auditorías o investigaciones, en coordinación con el área interna de cumplimiento.
Próximos pasos para tu empresa
Si tu organización participa en importaciones, exportaciones o financiamiento de operaciones internacionales, estos son pasos concretos para avanzar hoy mismo:
- Mapea tus riesgos: lista productos, países destino, tipos de clientes y volumen de operaciones para entender dónde estás más expuesto.
- Verifica al menos tus contrapartes clave: usa recursos oficiales (por ejemplo, ONU, UIF y SNICE) y/o una herramienta de screening para revisar tus principales clientes y proveedores.
- Revisa tus contratos: asegura que incluyan cláusulas de sanciones y controles de exportación, y que te permitan suspender o terminar operaciones de alto riesgo.
- Designa un responsable interno: aunque externalices parte del trabajo, alguien dentro de la organización debe coordinar acciones, recopilar información y tomar decisiones.
- Agenda una sesión con un abogado especializado: especialmente si ya detectaste productos sensibles, países de riesgo o incidentes recientes con bancos o autoridades.
- Planifica una capacitación para las áreas de ventas, compras, logística y finanzas, enfocada en casos prácticos de tu propio negocio.
Abordar hoy el tema de sanciones y controles de exportación en México no solo reduce la probabilidad de multas y bloqueos; también te hace un socio comercial más confiable y competitivo ante clientes globales que exigen estándares cada vez más altos de cumplimiento.
Fuentes oficiales útiles para profundizar: