- La CNMC investiga sobre todo acuerdos secretos entre competidores: cárteles, repartos de mercado y pactos de precios, que se consideran infracciones muy graves.
- En una inspección sorpresa (dawn raid) hay que cooperar sin ceder más derechos de los necesarios, activar de inmediato al abogado y aplicar un protocolo interno claro.
- La empresa debe permitir el acceso a la información y documentos, pero sus directivos conservan derechos clave: defensa, no autoincriminación y secreto abogado-cliente.
- El programa de clemencia puede eliminar o reducir mucho la multa si la empresa es rápida, aporta pruebas sólidas y colabora de forma continua.
- Las sanciones pueden alcanzar hasta el 10 % del volumen de negocio mundial de la empresa y multas personales para directivos, pero existen vías de defensa y recurso ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.
- Contar con asesoramiento especializado desde el primer día es decisivo para controlar riesgos penales, económicos y reputacionales y para valorar clemencia o litigación.
¿Qué conductas investiga la CNMC en España cuando abre expedientes por cárteles y pactos de precios?
La CNMC persigue principalmente acuerdos secretos entre competidores para fijar precios, repartirse clientes o coordinar otras condiciones comerciales. Estos acuerdos (cárteles) se consideran infracciones muy graves de la Ley de Defensa de la Competencia y pueden implicar multas de hasta el 10 % del volumen de negocios mundial de la empresa infractora.
En España, el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia prohíbe los acuerdos y prácticas concertadas entre empresas que tengan por objeto o efecto restringir la competencia, alineado con el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE. Las conductas más habituales que originan inspecciones y sanciones de la CNMC son:
- Fijación de precios o descuentos entre competidores: pactar precios mínimos, márgenes, comisiones o eliminar descuentos.
- Repartos de mercado: asignarse zonas geográficas, sectores, categorías de clientes o proyectos concretos ("este cliente es tuyo, este es mío").
- Manipulación de licitaciones (bid rigging): coordinar ofertas en concursos públicos o privados, decidir quién ganará y a qué precio, con ofertas de cobertura o retiradas pactadas.
- Limitación de producción o capacidad: acordar cantidades máximas, cupos o calendarios para mantener precios artificialmente altos.
- Intercambio sistemático de información sensible (precios futuros, costes, estrategias comerciales) que permite coordinar el comportamiento en el mercado.
- Recomendaciones colectivas de precios impulsadas por asociaciones o colegios profesionales que, en la práctica, funcionan como precios mínimos o únicos.
Estas conductas pueden aparecer en forma de correos electrónicos, grupos de mensajería, reuniones sectoriales, comités técnicos o intercambios de datos "estadísticos" que, en realidad, permiten coordinarse. Para la CNMC es irrelevante que el acuerdo sea formal o verbal: basta con que exista una coordinación efectiva.
| Conducta | Ejemplo típico | Riesgo aproximado |
|---|---|---|
| Pacto de precios | Competidores acuerdan "subir tarifas un 5 % en enero" | Muy alto - cártel clásico, infracción muy grave |
| Reparto de clientes | "No pujes por mis clientes X e Y y yo no pujo por los tuyos" | Muy alto - cártel de mercado |
| Manipulación de licitaciones | Una empresa presenta oferta "ganadora" y las demás de cobertura | Muy alto - foco prioritario de CNMC |
| Intercambio de información futura | Compartir listas de precios aún no publicadas | Alto - puede considerarse acuerdo de coordinación |
Además, la CNMC ha intensificado en los últimos años sus actuaciones contra cárteles, y una parte significativa de las sanciones se inicia tras denuncias o solicitudes de clemencia, lo que indica un entorno de aplicación muy activo.(cnmc.es)
Preguntas de seguimiento
- ¿Cómo distinguir un cártel de una colaboración comercial legítima con otros competidores?
- ¿Qué nivel de detalle de información comercial puede compartirse de forma segura en una asociación sectorial?
- ¿Qué indicadores internos (red flags) ayudan a detectar posibles cárteles dentro de la empresa?
¿Cómo debe actuar su empresa ante una inspección sorpresa (dawn raid) de la CNMC en sus oficinas?
Ante una inspección sorpresa, la prioridad es mantener la calma, verificar la identidad de los inspectores, cooperar sin obstruir y activar de inmediato al equipo jurídico interno y externo. Un error en esas primeras horas puede derivar en sanciones adicionales por obstrucción, destrucción de pruebas o desobediencia.
Primeros 15-30 minutos: pasos críticos
- Recibir a los inspectores en recepción y acompañarlos a una sala de reunión, evitando que circulen sin acompañamiento por la oficina mientras se verifican documentos.
- Solicitar y revisar la credencial y la orden/autorización de inspección (y, en su caso, autorización judicial si hay entrada en domicilios). Tome copia y registre fecha y hora de llegada.
- Contactar inmediatamente con el abogado especializado en competencia y con el director jurídico o secretario del consejo. Use canales de comunicación que no interfieran la inspección.
- Notificar a la alta dirección y al responsable de IT de manera discreta, indicando que no se borre ni modifique ninguna información.
- No destruya, oculte ni altere documentos ni correos. Cualquier indicio de destrucción de pruebas puede calificarse como infracción muy grave independiente.(wipolex-res.wipo.int)
Durante la inspección: qué hacer y qué evitar
- Acompañar siempre a los inspectores, designando uno o dos interlocutores (por ejemplo, responsable jurídico y de compliance).
- Permitir el acceso a la documentación y sistemas indicados en la orden, incluyendo dispositivos electrónicos corporativos, respetando los límites de la inspección.
- Solicitar que se limite el acceso a documentos claramente privados (personales o ajenos a la actividad empresarial) y hacer constar las objeciones que el abogado considere oportunas.
- Registrar todo lo que ocurre: salas visitadas, personas entrevistadas, copias de documentos obtenidos, preguntas relevantes. Este "diario de inspección" será esencial para la defensa posterior.
- Dar instrucciones claras al personal: no borrar nada, no bromear, responder con veracidad a preguntas factuales y, ante dudas, remitir al interlocutor designado o al abogado.
- Evitar conversaciones sobre el fondo del asunto por email, chat o pasillos durante la inspección. Cualquier mensaje puede ser capturado por los inspectores.
Tras la inspección: seguir gestionando el riesgo
- Reunión de debriefing interna con dirección y abogados para reconstruir qué se ha buscado, qué se ha copiado y qué posibles riesgos se han detectado.
- Conservar copias de todo lo que la CNMC se haya llevado (generalmente el propio sistema de la CNMC genera copia o imagen de lo extraído).
- Iniciar una investigación interna rápida (forensic) para entender el posible alcance de la conducta investigada antes de tomar decisiones sobre clemencia o estrategias de defensa.
- Comunicar, si es necesario, al consejo de administración y actualizar el mapa de riesgos de la compañía.
Checklist breve de protocolo de dawn raid
- ¿Existe un protocolo escrito y actualizado en la empresa?
- ¿El personal de recepción y seguridad sabe a quién llamar y qué hacer?
- ¿El equipo de IT conoce cómo dar acceso sin comprometer información ajena a la inspección?
- ¿Se ha realizado formación específica en inspecciones de competencia a mandos intermedios y comerciales?
Preguntas de seguimiento
- ¿Puede la CNMC inspeccionar domicilios particulares o dispositivos personales de directivos?
- ¿Qué ocurre si la empresa se niega a permitir el acceso o rompe precintos durante la inspección?
- ¿Cómo adaptar un protocolo de dawn raid a empresas con varias sedes o trabajo híbrido?
¿Cuáles son los derechos y obligaciones de la empresa y sus directivos durante una investigación de la CNMC?
Durante la investigación, la empresa tiene la obligación de cooperar con la CNMC, facilitar el acceso a la información y no obstruir la actuación inspectora. Sus directivos, sin embargo, conservan derechos esenciales de defensa, incluido el derecho a asistencia letrada, a no autoincriminarse y a la protección de las comunicaciones amparadas por el secreto profesional abogado-cliente.
Obligaciones principales de la empresa
- Cooperar con la CNMC permitiendo el acceso a locales, equipos informáticos y documentación cubierta por la orden de inspección.
- Responder a requerimientos de información dentro de los plazos fijados, de forma completa y veraz.
- No destruir ni manipular pruebas, incluidos borrados de correos, archivos o chats corporativos.
- Respetar precintos y medidas de conservación que pueda imponer la CNMC en determinadas áreas o soportes.
- Evitar represalias internas contra empleados que colaboren con la investigación.
Derechos de la empresa y sus directivos
- Derecho a asistencia letrada desde el inicio de la inspección y en todas las fases del procedimiento sancionador.
- Derecho a ser informados de la infracción presuntamente investigada y, posteriormente, del contenido del pliego de cargos.
- Derecho de acceso al expediente (salvo documentos confidenciales) para preparar adecuadamente las alegaciones y la defensa.
- Derecho a la protección del secreto profesional abogado-cliente: las comunicaciones con abogados externos independientes, sobre el ejercicio del derecho de defensa, gozan de especial protección.
- Derecho a no autoincriminarse: los directivos no están obligados a admitir una infracción, aunque sí deben facilitar información fáctica y documentos existentes.
- Derecho a recurrir las resoluciones que pongan fin al procedimiento ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
La Ley 15/2007 prevé, además de la multa a la empresa, la posibilidad de sancionar personalmente a directivos o representantes legales que hayan intervenido en la conducta, con multas de hasta 60.000 euros por infracción muy grave.(hacienda.gob.es) Esto hace aún más importante que los directivos cuenten con su propia asesoría jurídica especializada.
Preguntas de seguimiento
- ¿Qué comunicaciones con abogados están realmente protegidas frente a la CNMC?
- ¿Cómo coordinar la defensa de la empresa y de los directivos cuando sus intereses no están totalmente alineados?
- ¿Qué ocurre si la empresa entrega información inexacta o incompleta en un requerimiento?
¿Cuándo conviene acogerse al programa de clemencia y reducción de sanciones de la CNMC?
El programa de clemencia de la CNMC puede eximir completamente de la multa a la primera empresa que revele un cártel o reducir significativamente la sanción de quienes colaboren después. Resulta especialmente interesante cuando la empresa detecta internamente un posible cártel con pruebas claras y valora que la CNMC podría descubrirlo por otras vías.
¿Cómo funciona el programa de clemencia en España?
Según la Ley 15/2007 y la práctica de la CNMC, el programa de clemencia permite que empresas y directivos implicados en un cártel obtengan:
- Exención total de la multa si son los primeros en aportar elementos de prueba que permitan a la CNMC ordenar una inspección o acreditar el cártel, cuando la autoridad aún no tiene indicios suficientes.(cnmc.es)
- Reducciones significativas de la multa si la CNMC ya conoce el cártel, pero el solicitante aporta pruebas de valor añadido:
- Primer solicitante: hasta un 50 % de reducción.
- Segundo solicitante: hasta un 30 % de reducción.
- Siguientes solicitantes: hasta un 20 % de reducción.(cnmc.es)
- Extensión del beneficio a los directivos que también colaboren con la CNMC, en los términos que determine la decisión final.
En la práctica, casi la mitad de los cárteles sancionados por la CNMC desde 2008 se han tramitado a partir de solicitudes de clemencia, lo que evidencia su relevancia estratégica tanto para la autoridad como para las empresas.(cnmc.es)
Cuándo plantearse seriamente la clemencia
- Cuando una investigación interna inicial confirma indicios sólidos de cártel (correos, actas de reuniones, chats entre competidores).
- Si existen señales de que otros participantes podrían adelantarse (por ejemplo, tensiones en el cártel, cambios accionariales, problemas financieros de un competidor).
- Cuando la empresa está expuesta a una multa muy elevada por su cuota de mercado, duración de la conducta y volumen afectado.
- Si ya hay investigaciones en otros países o por la Comisión Europea sobre mercados relacionados, lo que aumenta el riesgo de detección.
Pasos típicos antes de solicitar clemencia
- Encargar una investigación interna confidencial dirigida por abogados especializados (revisión de emails, entrevistas, análisis de riesgos).
- Valorar escenarios de sanción frente a la opción de clemencia: potencial multa, prohibición de contratar, impacto reputacional y posibles reclamaciones de daños.
- Definir la estrategia global, coordinando, si es necesario, solicitudes de clemencia paralelas ante autoridades de otros países o ante la Comisión Europea.
- Preparar una solicitud sólida que incluya descripción detallada del cártel, participantes, duración, mercados afectados y pruebas documentales relevantes.(sede.cnmc.gob.es)
Es clave actuar con rapidez: el "orden de llegada" determina quién puede quedar exento de multa y el nivel de reducción para los siguientes solicitantes. Retrasarse puede suponer perder por completo la oportunidad de clemencia.
Preguntas de seguimiento
- ¿Qué riesgos tiene para la empresa y sus directivos presentar una solicitud de clemencia?
- ¿Cómo coordinar clemencia y defensa frente a posibles demandas de daños por clientes afectados?
- ¿Es posible retirar una solicitud de clemencia una vez presentada?
¿Qué impacto tienen las sanciones de la CNMC en España y qué vías de defensa y recurso existen?
Las sanciones por cárteles y pactos de precios en España pueden alcanzar hasta el 10 % del volumen de negocios mundial de la empresa, además de multas personales a directivos y posibles prohibiciones de contratar con la Administración. Sin embargo, existen vías sólidas de defensa y recursos judiciales que, en muchos casos, han reducido o anulado multas relevantes.
Régimen de sanciones económicas
La Ley 15/2007 establece que las infracciones muy graves (como los cárteles) pueden sancionarse con multas de hasta el 10 % del volumen de negocios total mundial de la empresa en el ejercicio anterior a la imposición de la multa.(hacienda.gob.es) Cuando no es posible determinar ese volumen, la ley fija tramos de hasta más de 10 millones de euros para las infracciones muy graves.
Además:
- Se pueden imponer multas personales de hasta 60.000 euros a representantes legales o miembros de órganos directivos que hayan intervenido en la infracción.(noticias.juridicas.com)
- La sanción puede ir acompañada de prohibición de contratar con el sector público durante un determinado periodo, con gran impacto en empresas con fuerte componente de contratación pública.(cnmc.es)
- La resolución sancionadora de la CNMC puede generar demandas de daños y perjuicios por parte de clientes o competidores ante los juzgados civiles (acciones de daños "follow-on").
Costes reales para la empresa
Más allá de la multa, el impacto típico incluye:
- Coste reputacional (medios, clientes, bancos, proveedores, talento).
- Coste interno de gestionar la investigación, recursos humanos clave dedicados al expediente y necesidad de reforzar compliance.
- Honorarios legales y periciales: en expedientes complejos, la defensa administrativa y judicial puede suponer, orientativamente, decenas o cientos de miles de euros distribuidos en varios años.
Vías de defensa y recurso
Tras el acuerdo de inicio y el pliego de cargos, la empresa puede:
- Presentar alegaciones escritas y aportar pruebas que cuestionen la existencia de infracción, su duración, alcance, participación de la empresa o el cálculo de la multa.
- Solicitar la práctica de pruebas adicionales (declaraciones de testigos, periciales económicas, etc.).
- Discutir la proporcionalidad de la sanción, aplicando los criterios del artículo 64 de la Ley 15/2007 (tamaño del mercado, duración, efecto sobre consumidores, beneficios ilícitos, circunstancias atenuantes, etc.).(noticias.juridicas.com)
Una vez que la CNMC dicta la resolución sancionadora que pone fin a la vía administrativa, se abre la fase contencioso-administrativa:
- Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo general de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación en el BOE, según el caso.(noticias.juridicas.com)
- No cabe, por regla general, recurso de reposición frente a las resoluciones finales de la CNMC, de acuerdo con la Ley 3/2013 de creación de la CNMC.(noticias.juridicas.com)
- Frente a la sentencia de la Audiencia Nacional, es posible interponer, en su caso, recurso de casación ante el Tribunal Supremo, sujeto a requisitos de admisión.
- Durante el recurso, se pueden solicitar medidas cautelares o cautelarísimas para suspender la ejecución de la multa u otras sanciones mientras se decide el fondo, cuando se acredite riesgo de perjuicios graves o de difícil reparación.(cincodias.elpais.com)
En los últimos años, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo han anulado o reducido sanciones de la CNMC cuando han apreciado defectos en la instrucción, en el cómputo de plazos, en la valoración de la prueba o en la cuantificación de las multas.(noticias.juridicas.com) Esto refuerza la importancia de una estrategia de defensa robusta desde la fase administrativa.
Preguntas de seguimiento
- ¿En qué casos compensa llegar a un acuerdo transaccional con la CNMC frente a litigar hasta el final?
- ¿Cómo coordinar el recurso ante la Audiencia Nacional con posibles procedimientos penales o civiles paralelos?
- ¿Qué criterios siguen los tribunales españoles para modular a la baja la cuantía de las multas?
¿Qué errores y mitos comunes cometen las empresas ante investigaciones de la CNMC por cárteles?
Muchos problemas graves en expedientes de competencia no vienen del fondo del caso, sino de errores de reacción y creencias equivocadas. Identificar estos mitos a tiempo ayuda a evitarlos.
Errores y conceptos erróneos frecuentes
- "Si no colaboro, será mejor para mi defensa": negarse a cooperar o entorpecer la inspección casi siempre empeora la situación, puede generar infracciones adicionales y agravar las sanciones.
- "La CNMC solo persigue a grandes multinacionales": la CNMC sanciona tanto a grandes como a medianas y pequeñas empresas; sectores muy locales o nicho también han sido objeto de cárteles.
- "Si reconozco algo, estoy perdido": una confesión sin estrategia puede ser muy dañina, pero una colaboración ordenada y, en su caso, clemencia bien diseñada puede reducir o eliminar multas y proteger a la empresa.
- "Esto es un tema puramente administrativo, no afecta a personas físicas": la ley prevé multas personales a directivos, y la exposición penal o civil (por daños) puede ser significativa.
- "Con un buen comunicado de prensa basta para gestionar la reputación": sin una estrategia legal sólida, un relato público aislado no resuelve el problema de fondo ni convence a clientes, bancos o socios.
Preguntas de seguimiento
- ¿Cómo diseñar un programa de compliance de competencia creíble ante la CNMC?
- ¿Puede un buen programa de cumplimiento atenuar la multa impuesta?
- ¿Qué formación mínima deberían recibir comerciales y directivos para evitar estos errores?
Preguntas frecuentes sobre investigaciones de la CNMC por cárteles y pactos de precios
¿Puede la CNMC entrar sin aviso en las oficinas de mi empresa?
Sí. La CNMC puede realizar inspecciones sorpresa en locales de la empresa sin aviso previo cuando existen indicios de infracción de la normativa de competencia. Cuando se trate de domicilios constitucionalmente protegidos, necesitará autorización judicial.
¿Cuánto dura normalmente una investigación por cártel?
Los procedimientos complejos pueden durar entre 1,5 y 3 años, sumando la fase de investigación de la CNMC y la fase sancionadora. Si se añaden los recursos ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, el conflicto puede alargarse varios años más.
¿Puedo recuperar parte o la totalidad de la multa si gano el recurso judicial?
Sí. Si la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo reducen o anulan la multa, la Administración debe devolver lo cobrado en exceso, con los intereses que correspondan. La jurisprudencia reciente ha abordado incluso los plazos para recalcular multas anuladas parcialmente.(noticias.juridicas.com)
¿La clemencia me protege frente a posibles demandas civiles de clientes?
No completamente. Aunque la clemencia protege frente a la multa administrativa o la reduce, no impide por sí misma que clientes o competidores interpongan demandas de daños. Sin embargo, en la práctica, la colaboración con la autoridad puede influir en cómo se distribuye la responsabilidad entre los participantes en el cártel.
¿Cuánto cuesta, de media, defenderse en un procedimiento de cártel?
Depende mucho de la complejidad del caso. Como orientación muy general, una primera reacción y acompañamiento en una dawn raid puede situarse en varios miles de euros, mientras que una defensa completa administrativa y judicial de varios años puede alcanzar, en casos complejos, importes de seis cifras. Cada asunto debe presupuestarse a medida.
¿Cuándo contratar un abogado especializado en competencia y antitrust en España?
Debe recurrir a un abogado especializado desde el primer indicio serio de investigación: visita de la CNMC, recepción de un requerimiento de información inusual o detección interna de posibles contactos ilícitos con competidores. Cuanto antes se incorpore el abogado, más margen habrá para proteger pruebas relevantes, diseñar la estrategia y evitar errores irreversibles.
También es recomendable contar con asesoramiento especializado cuando:
- Se negocian acuerdos de cooperación con competidores (joint ventures, acuerdos comerciales, intercambios de datos).
- La empresa participa en asociaciones sectoriales donde se comparten datos comerciales sensibles.
- Se quiere implantar o revisar un programa de compliance en competencia y protocolos de dawn raid.
- Se está valorando acogerse al programa de clemencia o denunciar conductas de terceros.
En contextos de inspecciones y expedientes por cárteles, un abogado con experiencia ante la CNMC y en litigación antitrust puede ser la diferencia entre una sanción devastadora y un desenlace manejable, ya sea mediante clemencia, atenuantes o éxito en los recursos judiciales.
Próximos pasos si su empresa está siendo investigada por la CNMC
Si su empresa ha recibido ya una visita de inspección o un pliego de cargos, el tiempo juega en su contra. Es esencial reaccionar de forma estructurada, implicando al consejo de administración y a los equipos de negocio relevantes sin paralizar totalmente la actividad.
Checklist inmediato de actuación
- Constituir un equipo de crisis (dirección general, jurídico, compliance, finanzas, comunicación y abogados externos especializados).
- Reconstruir con precisión lo ocurrido en la inspección y qué materiales se han llevado los inspectores.
- Encargar una investigación interna acotada para valorar riesgos, posibles defensas y viabilidad de clemencia o de otras colaboraciones con la CNMC.
- Definir una hoja de ruta de defensa: calendario de plazos, hitos clave, responsables internos, presupuesto y criterios para decidir si se litiga hasta el final o se buscan alternativas.
- Revisar contratos clave y relación con la Administración ante un eventual riesgo de prohibición de contratar.
- Refrescar o implantar un programa de compliance en competencia que demuestre compromiso real de la empresa con el cumplimiento, lo que puede ayudar a mitigar riesgos futuros.
Actuar rápido, con información completa y asesoramiento jurídico experto, es la mejor manera de proteger el valor de la empresa, a sus directivos y su reputación en un entorno en el que la CNMC mantiene una aplicación muy activa de la normativa de competencia.
Si lo necesita, el siguiente paso lógico es preparar, junto con su abogado, un plan de 30, 60 y 90 días que integre defensa, comunicación y compliance, y que tenga en cuenta tanto la vía administrativa ante la CNMC como las posibles derivadas judiciales y comerciales.