¿Cómo tramitar una herencia en España y evitar errores?

Actualizado Mar 5, 2026

  • Plazo estricto de 6 meses: Tienes medio año desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones, aunque puedes pedir una prórroga.
  • Diferencias regionales: Lo que pagas de impuestos depende drásticamente de la Comunidad Autónoma donde residía el fallecido, variando desde exenciones casi totales hasta pagos significativos.
  • Las deudas también se heredan: Aceptar una herencia implica asumir los bienes y las deudas, a menos que se acepte "a beneficio de inventario".
  • Sin testamento hay solución: La "declaración de herederos" notarial permite establecer quién tiene derecho a la herencia siguiendo el Código Civil, aunque encarece y alarga el proceso.
  • Gastos fijos: Debes prever entre 1.000 € y 3.000 € para cubrir honorarios de notaría, Registro de la Propiedad y posibles gestiones.

El límite de los 6 meses y errores comunes al heredar

El plazo legal e improrrogable para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones en España es de seis meses contados desde la fecha del fallecimiento. Dejar pasar este plazo sin haber solicitado una prórroga es el error más costoso que cometen los herederos, ya que la Agencia Tributaria aplicará recargos que van del 5% al 20%, además de intereses de demora.

Si prevés que reunir la documentación o llegar a un acuerdo con otros herederos tomará tiempo, puedes solicitar una prórroga de otros seis meses. Esta solicitud debe presentarse obligatoriamente dentro de los primeros cinco meses posteriores al fallecimiento.

Mitos frecuentes sobre las herencias en España

Existen varios malentendidos que pueden complicar la situación financiera y legal de los herederos si no se abordan correctamente desde el principio:

  • "Si no hago nada, he renunciado a la herencia": Falso. La inacción no equivale a una renuncia. Para rechazar una herencia y evitar el pago de impuestos o asunción de deudas, debes realizar un acto formal de repudiación ante notario.
  • "Las deudas del fallecido se cancelan automáticamente": Falso. Al aceptar una herencia pura y simplemente, asumes también las obligaciones y préstamos del difunto, respondiendo incluso con tu propio patrimonio. Para protegerte, debes aceptar "a beneficio de inventario".
  • "La herencia se divide siempre a partes iguales como yo decida": Falso. En España rige el sistema de "legítimas", que obliga a reservar una parte importante de la herencia (habitualmente dos tercios) para los herederos forzosos (hijos y descendientes), limitando la libertad de testar.

Impuesto de Sucesiones: Diferencias por Comunidad Autónoma

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo estatal, pero su gestión y regulación están cedidas a las Comunidades Autónomas. Esto significa que la cantidad a pagar depende directamente de la región donde el fallecido tuvo su residencia habitual durante la mayor parte de los últimos cinco años.

La diferencia de tributación entre regiones puede suponer miles de euros para una misma herencia. A continuación, se muestra una comparativa general para herederos del Grupo I y II (descendientes, ascendientes y cónyuges):

Comunidad Autónoma Bonificaciones y Reducciones Principales (Grupos I y II)
Comunidad de Madrid Bonificación del 99% en la cuota tributaria. Prácticamente exento.
Andalucía Reducción de hasta 1.000.000 € por heredero. Bonificación del 99% en el resto.
Cataluña Bonificación progresiva en cuota del 99% al 20% según el grado de parentesco y la base imponible.
Comunidad Valenciana Bonificación del 99% para cónyuges, ascendientes y descendientes (recuperada recientemente).
Asturias Exención total si la base imponible por heredero no supera los 300.000 €. Sin bonificación en herencias mayores.

Nota: Las normativas fiscales cambian anualmente. Siempre se debe aplicar la ley vigente en el momento del fallecimiento.

Costos notariales y registrales para la adjudicación de herencia

Aceptar y tramitar una herencia conlleva una serie de gastos fijos y variables que deben asumirse antes de poder disponer de los bienes, situándose generalmente entre los 1.000 € y 3.000 €. Estos honorarios están regulados por aranceles estatales y varían según el valor del patrimonio y el número de folios de las escrituras.

Los principales costes a tener en cuenta incluyen:

  1. Notaría: La elaboración de la escritura pública de aceptación y adjudicación de herencia cuesta entre 500 € y 1.500 €, dependiendo del valor de los bienes adjudicados.
  2. Registro de la Propiedad: Inscribir a tu nombre los bienes inmuebles heredados supone un coste arancelario que suele oscilar entre 300 € y 800 € por propiedad.
  3. Gestoría (Opcional pero recomendada): Contratar a un profesional para liquidar los impuestos y realizar los trámites registrales suele añadir entre 300 € y 600 € al coste total.
  4. Plusvalía Municipal: Si heredas bienes inmuebles de naturaleza urbana, deberás abonar este impuesto al Ayuntamiento correspondiente en un plazo de seis meses. El coste depende del valor catastral del suelo y los años de tenencia.

¿Cómo gestionar las cuentas bancarias y bienes inmuebles del fallecido?

Para desbloquear el saldo de las cuentas bancarias y cambiar la titularidad de los inmuebles, los herederos deben acreditar ante el banco y el Registro de la Propiedad que son los legítimos sucesores y que han cumplido con sus obligaciones fiscales. Tras el fallecimiento, los bancos bloquean cautelarmente las cuentas del difunto para proteger los fondos hasta recibir la documentación legal.

Para acceder al dinero en efectivo, fondos de inversión o acciones, debes presentar a la entidad bancaria el certificado de defunción, el testamento o declaración de herederos, y el justificante de pago (o exención) del Impuesto de Sucesiones. Solo entonces el banco emitirá un cheque o realizará una transferencia a los herederos según los porcentajes acordados.

En el caso de los bienes inmuebles, el proceso requiere llevar la Escritura de Aceptación y Adjudicación de Herencia firmada ante notario al Registro de la Propiedad donde esté inscrita la vivienda. Además, deberás presentar la carta de pago del Impuesto de Sucesiones y el comprobante de haber liquidado la Plusvalía Municipal.

La declaración de herederos: ¿Qué pasa si no hay testamento?

Diagrama de flujo del orden sucesorio legal en España cuando no hay testamento
Diagrama de flujo del orden sucesorio legal en España cuando no hay testamento

Si la persona fallece sin haber otorgado testamento válido, un notario deberá redactar un acta de "Declaración de Herederos Abintestato" para designar legalmente quiénes tienen derecho a la herencia. Este trámite previo retrasa el proceso de partición y añade un coste notarial adicional de entre 200 € y 400 €.

La ley española (Código Civil) establece un orden sucesorio estricto cuando no hay testamento:

  1. Hijos y descendientes: Heredan a partes iguales.
  2. Padres y ascendientes: Solo si no existen descendientes.
  3. Cónyuge viudo: Hereda la propiedad total solo si no hay descendientes ni ascendientes (aunque siempre tiene derecho al usufructo de una parte legal, la legítima del cónyuge viudo).
  4. Hermanos y sobrinos: Si no existen los anteriores.

Para tramitar esta declaración ante el notario correspondiente al último domicilio del fallecido, necesitarás presentar el DNI del difunto, los certificados de defunción y de últimas voluntades, el libro de familia y comparecer con dos testigos que conocieran a la familia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el Certificado de Últimas Voluntades y cómo lo consigo?

Es el documento oficial que acredita si una persona ha otorgado testamento y ante qué notario lo hizo. Se solicita en el Ministerio de Justicia aportando el certificado literal de defunción y pagando una tasa (Modelo 790), pero deben haber transcurrido al menos 15 días hábiles desde el fallecimiento.

¿Puedo aceptar una herencia pero rechazar sus deudas?

Sí, aceptando la herencia "a beneficio de inventario". Esto significa que las deudas del fallecido se pagarán exclusivamente con los bienes de la propia herencia. Si sobra patrimonio, pasa al heredero; si falta para cubrir las deudas, el heredero no responde con su propio dinero.

¿Se puede retirar dinero de la cuenta del fallecido antes de liquidar la herencia?

Por regla general, no. Los bancos solo permiten disponer de los fondos bloqueados de manera excepcional para pagar directamente los gastos del sepelio o para abonar el propio Impuesto de Sucesiones de esa herencia, previa autorización expresa.

Cuándo Contratar un Abogado

La tramitación de una herencia puede complicarse rápidamente y requerir intervención profesional más allá del notario. Debes buscar asesoramiento legal si existen desavenencias o conflictos directos entre los herederos para repartir los bienes. También es fundamental contar con un abogado si la herencia incluye patrimonios complejos (empresas, bienes en el extranjero), si sospechas que las deudas superan a los activos, o si ha aparecido un testamento cuya validez es dudosa.

Para encontrar asistencia adecuada a tu caso específico, puedes consultar abogados especializados en España que te guíen en la mediación o en el proceso judicial.

Próximos Pasos

Línea de tiempo con los 4 pasos clave para tramitar una herencia y liquidar impuestos
Línea de tiempo con los 4 pasos clave para tramitar una herencia y liquidar impuestos
  1. Solicitar los certificados básicos: Una vez transcurridos 15 días desde el fallecimiento, obtén el Certificado de Defunción (Registro Civil) y solicita los certificados de Últimas Voluntades y de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento.
  2. Localizar el testamento o declarar herederos: Si hay testamento, pide una copia autorizada en la notaría indicada en el certificado de Últimas Voluntades. Si no lo hay, inicia la declaración de herederos abintestato.
  3. Hacer el inventario: Recopila escrituras de pisos, certificados de saldos bancarios a fecha del fallecimiento e identifica posibles deudas.
  4. Liquidar impuestos: Prepara el modelo fiscal autonómico correspondiente y abona el Impuesto de Sucesiones antes de que se cumplan los 6 meses.

¿Necesita Orientación Legal?

Conéctese con abogados experimentados en su área para obtener asesoramiento personalizado.

Sin obligación de contratar. Servicio 100% gratuito.

Conéctese con Abogados Expertos

Obtenga asesoramiento legal personalizado de profesionales verificados en su área

LBO Legal Logo
LBO Legal
Sevilla
Desde 2012
10 abogados
Empleo y trabajo Negocios Corporativo y Comercial +1 más

Todos los abogados son profesionales verificados y con licencia con historiales comprobados

Descargo de responsabilidad:
La información proporcionada en esta página es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Si bien nos esforzamos por garantizar la precisión y relevancia del contenido, la información legal puede cambiar con el tiempo y las interpretaciones de la ley pueden variar. Siempre debe consultar con un profesional legal calificado para obtener asesoramiento específico para su situación.

Renunciamos a toda responsabilidad por las acciones tomadas o no tomadas en función del contenido de esta página. Si cree que alguna información es incorrecta o está desactualizada, por favor contáctenos, y la revisaremos y actualizaremos cuando corresponda.