¿Cuáles son los pasos para registrar una asociación civil sin fines de lucro en México y obtener la exención de impuestos?
Respuestas de Abogados
Esposito & Assocs. Law Firm
Hola. Sí — hemos constituido Asociaciones Civiles mexicanas y obtenido la condición de donataria autorizada ante el SAT, por lo que definitivamente podemos apoyarlos a navegar este proceso y obtener el pleno estatus legal.
En términos generales, necesitarán:
Constituir la A.C. ante notario mexicano con estatutos debidamente redactados y un objeto lícito sin fines de lucro, luego registrarla y obtener un RFC ante el SAT.
Alinear el objeto social con las categorías de beneficio social que el SAT reconoce para deducciones fiscales (por ejemplo, educación, salud, asistencia social, cultura, medio ambiente, etc.).
Solicitar al SAT la autorización como donataria, presentando documentos corporativos, registros fiscales y evidencias de respaldo, y respondiendo a requerimientos de aclaración.
Cumplir con obligaciones anuales, incluidas declaraciones fiscales y de información como donataria, y las obligaciones de transparencia/reportes en el portal público del SAT.
Plazos típicos (muy aproximados):
Constitución y registros iniciales: aproximadamente 3–5 semanas.
Autorización como donataria: frecuentemente 3–6 meses, dependiendo del SAT y de qué tan completo esté el expediente.
Un punto jurídico clave es que no todos los proyectos califican. Todo debe construirse en torno al giro de la organización (objeto y actividades), por lo que el primer paso es definirlo correctamente.
¿Cuál será el objetivo principal y las actividades de su A.C.? Una vez que eso esté claro, la estructura jurídica, la redacción de los estatutos y la estrategia de donataria podrán adaptarse al marco legal mexicano y a los criterios del SAT.
Saludos cordiales,
Abogados
Eficiencia Legal Colectiva SAS
Registrar una Asociación Civil (A.C.) en México y obtener la condición de Donataria Autorizada para emitir recibos deducibles de impuestos es un proceso de varias etapas que involucra a varias ramas del gobierno.
Aquí está la hoja de ruta estratégica:
Fase 1: Constitución Legal (la “A.C.”)
Autorización del nombre: Solicite autorización para el uso de la razón social (Razón Social) ante la Secretaría de Economía (SE).
Redacción de los Estatutos Sociales: Esta es la etapa más crítica. Para obtener la exención fiscal, sus estatutos deben incluir cláusulas de “Liquidación” y “Patrimonio” que establezcan que todos los bienes se transferirán a otra donataria autorizada en caso de disolución y que los bienes nunca se distribuirán entre los asociados.
Formalización ante Notario Público: Debe firmar la escritura pública (Escritura Pública) ante un Notario. Todos los miembros fundadores deben presentar identificación y RFC.
Inscripción en el RPPyC: El Notario inscribirá la escritura en el Registro Público de la Propiedad y Comercio de su localidad.
Fase 2: Registro Fiscal y Administrativo
Obtención del RFC: Inscriba la A.C. ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) para obtener su RFC y la Firma Electrónica (e.firma) tanto de la asociación como de su representante legal.
Registro CLUNI: Solicite la CLUNI (Clave Única de Inscripción) ante la Secretaría de Bienestar. Esta “clave” es obligatoria si pretende acceder a fondos públicos o apoyos federales.
Fase 3: Obtención del estatus de “Donataria Autorizada” (exención fiscal)
Constancia de Actividades: Debe obtener una “Constancia de Actividades” de una dependencia gubernamental (por ejemplo, si es una organización educativa, de la Secretaría de Educación) que certifique que realmente realiza la labor social que declara.
Solicitud ante el SAT: Presente la solicitud formal ante el SAT mediante su portal en línea. El SAT revisará nuevamente sus estatutos para verificar que cumplan estrictamente con el objeto social requerido para la deducibilidad fiscal.
Plazos típicos
Constitución (Fase 1): 4 a 8 semanas.
RFC y CLUNI (Fase 2): 2 a 4 meses (según disponibilidad de citas en el SAT).
Estatus de Donataria Autorizada (Fase 3): 3 a 6 meses.
Estimación total: 9 a 12 meses para estar completamente operativa y exenta de impuestos.
Obligaciones anuales de reporte
Para mantener su estatus, una A.C. debe cumplir con requisitos rigurosos:
Declaración de Transparencia: Presentada cada mayo, informando al SAT cómo se utilizaron las donaciones.
Declaración Informativa Anual: Presentada en febrero, detallando ingresos y egresos.
Declaración de Integridad: Asegurando que no se desviaron fondos para beneficio privado.
Informes contra el Lavado de Dinero (PLD): Si las donaciones exceden ciertos umbrales (aprox. $170,000 MXN), debe presentar informes de “Actividad Vulnerable” ante la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera).
Consejo legal:
La razón más común de rechazo es un objeto social mal redactado. El SAT es muy estricto: si sus estatutos mencionan “actividades comerciales” o “prestación de servicios a asociados”, negará el estatus de exención fiscal. Debe enfocarse 100% en asistencia social, educación o medio ambiente.
¿Desea que le proporcione la redacción específica que el SAT requiere para las cláusulas de “Liquidación” y “Patrimonio” en sus estatutos?
Eficiencia Legal Colectiva SAS
Registrar una Asociación Civil sin fines de lucro (Asociación Civil - A.C.) en México y obtener el estatus de Donataria Autorizada para emitir recibos deducibles de impuestos es un proceso de varias etapas que involucra diversas ramas gubernamentales.
Aquí está la hoja de ruta estratégica:
Fase 1: Constitución Legal (La “A.C.”)
Autorización de Nombre: Solicitar la autorización para el uso de la razón social (Razón Social) ante la Secretaría de Economía (SE).
Redacción de los Estatutos Sociales: Este es el paso más crítico. Para obtener el estatus de exención fiscal, sus estatutos deben incluir cláusulas de “Liquidación” y “Patrimonio” que establezcan que todos los bienes serán transferidos a otra donataria autorizada en caso de disolución y que los activos nunca se repartirán entre los miembros.
Formalización ante Notario Público: Debe firmar la escritura (Escritura Pública) ante Notario. Todos los socios fundadores deben presentar identificación y RFC.
Registro en el RPPyC: El Notario registrará la escritura en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de su ciudad.
Fase 2: Registro Fiscal y Administrativo
Obtener el RFC: Registrar la A.C. ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) para obtener su RFC y la firma electrónica (e.firma) de la asociación y de su representante legal.
Registro CLUNI: Solicitar la CLUNI (Clave Única de Inscripción) ante la Secretaría de Bienestar. Esta “clave” es obligatoria si pretende acceder a fondos públicos o apoyos federales.
Fase 3: Obtención del Estatus de “Donataria Autorizada” (Exenta de Impuestos)
Prueba de Actividades: Debe obtener una “Carta de Evidencia de Actividades” de una dependencia gubernamental (por ejemplo, si se trata de una organización educativa, de la Secretaría de Educación) que certifique que efectivamente realiza la labor social que anuncia.
Solicitud ante el SAT: Presentar la solicitud formal ante el SAT mediante su portal en línea. El SAT revisará nuevamente sus estatutos para asegurar que sigan estrictamente el “Objeto Social” requerido para la deducibilidad fiscal.
Cronogramas Típicos
Constitución (Fase 1): 4 a 8 semanas.
RFC y CLUNI (Fase 2): 2 a 4 meses (dependiendo de la disponibilidad de citas en el SAT).
Estatus de Donataria Autorizada (Fase 3): 3 a 6 meses.
Estimación Total: 9 a 12 meses para estar plenamente operativa y exenta de impuestos.
Obligaciones de Reporte Anual
Para mantener su estatus, una A.C. cuenta con rigurosos requisitos de cumplimiento:
Declaración de Transparencia: Presentada cada mayo, informando al SAT cómo se utilizaron las donaciones.
Declaración Informativa Anual: Presentada en febrero, detallando ingresos y gastos.
Declaración de Integridad: Asegurando que no se desviaron recursos para beneficios privados.
Reportes Anti-Lavado de Dinero (ALD): Si las donaciones superan ciertos umbrales (aprox. $170,000 MXN), debe presentar reportes de “Actividad Vulnerable” ante la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera).
Consejo Legal:
La razón más común de rechazo es un Objeto Social mal redactado. El SAT es muy estricto: si sus estatutos mencionan “actividades comerciales” o “prestación de servicios a los socios”, negarán el estatus de exención fiscal. Debe centrarse al 100 % en asistencia social, educación o medio ambiente.
¿Desea que le proporcione la redacción específica que el SAT requiere para las cláusulas de “Liquidación” y “Patrimonio” en sus estatutos?
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