Cómo preparar un contrato de inversión con private equity en Spain

Actualizado Dec 11, 2025
  • El contrato de inversión con un fondo de private equity en España se articula normalmente a través de un contrato de inversión y un pacto de socios, que deben leerse siempre juntos.
  • Las cláusulas sobre derechos económicos (preferencias de liquidación, antidilución) y de salida (drag along y tag along) determinan cuánto cobrarán los fundadores y cuándo podrán vender.
  • El gobierno corporativo y la composición del consejo son tan importantes como la valoración: ahí se decide quién controla realmente la compañía.
  • Las declaraciones y garantías (reps & warranties) pueden generar responsabilidades personales relevantes para los fundadores si no se negocian y limitan bien.
  • Una buena due diligence previa y el asesoramiento legal especializado reducen el riesgo de conflictos futuros y mejoran la posición negociadora de la startup o pyme.

¿Qué es un contrato de inversión con un fondo de private equity en España?

Un contrato de inversión con un fondo de private equity o capital riesgo en España es el acuerdo mediante el cual el fondo aporta capital (y a veces deuda) a una sociedad a cambio de participaciones o acciones y de ciertos derechos de control y económicos. Suele acompañarse de un pacto de socios que ordena la relación entre fundadores, inversores y, en su caso, otros socios.

En el ecosistema español de startups y pymes en crecimiento, este tipo de contrato es la base de rondas Serie A, B y operaciones de crecimiento y buy-out. Entender su estructura y las cláusulas típicas permite a los emprendedores proteger su posición, evitar cesiones de control excesivas y reducir riesgos personales.

¿Cómo se estructura normalmente una ronda con private equity en España?

En la práctica, una ronda de inversión profesional en España suele incluir:

  • Contrato de inversión: regula la operación concreta (importe, forma de la inversión, condiciones suspensivas, calendario, uso de fondos).
  • Pacto de socios: regula la convivencia entre socios y el funcionamiento de la sociedad tras el cierre de la operación.
  • Modificación estatutaria: adaptación de los estatutos sociales a lo acordado (preferencias, clases de participaciones, órganos sociales, etc.).
  • Acuerdos accesorios: planes de stock options, acuerdos de no competencia, contratos de alta dirección, etc.

Checklist inicial para el emprendedor

Antes de entrar en detalle, conviene que el fundador o equipo promotor revise:

  1. Qué porcentaje de capital está dispuesto a ceder y en qué fase.
  2. Qué nivel de control en el consejo y en la junta desea mantener.
  3. Cuánto riesgo personal está dispuesto a asumir en garantías y responsabilidades.
  4. Qué tipo de salida (venta, recompra, salida a bolsa) es más probable en su sector.
  5. Con qué asesores legales y financieros contará en la negociación.

¿Cuáles son las cláusulas esenciales del pacto de socios y del contrato de inversión?

Las cláusulas esenciales son las que determinan cuánto entra el fondo, en qué condiciones y qué pasa durante la vida de la inversión y en la salida. No solo definen la parte económica, sino también la distribución de poder y las reglas de decisión.

¿Qué debe incluir el contrato de inversión?

El contrato de inversión suele centrarse en la "foto" de la operación:

  • Objeto e importe de la inversión: capital total, tipo de instrumento (ampliación de capital, préstamo convertible, mezzanine, etc.).
  • Valoración y porcentaje: valoración pre-money y post-money y porcentaje resultante para el fondo.
  • Condiciones suspensivas: por ejemplo, completar la due diligence satisfactoriamente, aprobar las modificaciones estatutarias, obtener autorizaciones regulatorias.
  • Calendario de desembolsos: pago único o por tramos ligados a hitos (milestones).
  • Uso de fondos: destinos admitidos (crecimiento comercial, tecnología, adquisiciones) y, a veces, restricciones.
  • Obligaciones previas de los fundadores: reorganización societaria, cancelación de determinadas deudas, formalización de acuerdos laborales clave.

¿Qué debe contener el pacto de socios?

El pacto de socios fija las reglas del juego a medio y largo plazo. Algunos bloques habituales son:

  • Estructura del capital: distintas clases de acciones/participaciones, derechos preferentes, vesting de los fundadores.
  • Gobierno corporativo: composición del consejo, quórums y materias reservadas (más adelante se detalla).
  • Limitaciones a la transmisibilidad: lock-up, derechos de adquisición preferente, drag along (arrastre) y tag along (acompañamiento).
  • Derechos económicos especiales: preferencias de liquidación, dividendo preferente, antidilución.
  • Obligaciones de dedicación y no competencia de los fundadores.
  • Política de información: reportes financieros periódicos, presupuestos, planes de negocio.
  • Cláusulas de salida: escenarios de venta, IPO, recompra por fundadores u otros socios, plazos de desinversión del fondo.

Errores comunes al negociar el pacto de socios

  • Firmar modelos estándar sin adaptarlos: cada negocio y cap table exigen matices; copiar el pacto de una ronda anterior puede crear incoherencias y conflictos.
  • Subestimar el impacto de las cláusulas de salida: muchos fundadores se fijan en la valoración y no en cómo se reparte el precio en una venta futura.
  • No alinear el pacto de socios con los estatutos: si hay contradicciones, lo que rige frente a terceros y ante el Registro Mercantil son los estatutos.

¿Cómo funcionan los derechos de arrastre, acompañamiento, preferencias de liquidación y antidilución?

Los derechos de arrastre, acompañamiento, preferencias de liquidación y antidilución regulan, sobre todo, qué ocurre cuando llega una oferta de compra o una nueva ronda a menor valoración. Son cláusulas clave para equilibrar intereses entre fundadores, fondo y otros socios.

¿Qué es el derecho de arrastre (drag along)?

El drag along permite que, si una mayoría de socios acepta una oferta de compra, pueda obligar al resto a vender también sus participaciones en las mismas condiciones. El objetivo es evitar que una minoría bloquee una operación estratégica.

Aspectos a negociar:

  • Quién puede activar el drag: a menudo una mayoría cualificada del capital o del capital inversor.
  • Precio mínimo: umbral mínimo de valoración o múltiplos de la inversión para que el arrastre sea válido.
  • Plazos y condiciones: tiempo para ejecutar la venta, garantías a prestar por cada socio.

¿Qué es el derecho de acompañamiento (tag along)?

El tag along protege a los minoritarios al permitirles "acompañar" a un socio que vende su participación a un tercero, en igualdad de condiciones. Para el fundador, es importante que este derecho exista pero con reglas claras para que no bloquee operaciones parciales legítimas.

Puntos a revisar:

  • Umbral de venta que dispara el tag (por ejemplo, venta de más del X % del capital).
  • Prioridad en caso de limitaciones del comprador: cómo se reparte el porcentaje que puede adquirir el tercero entre los socios que ejercitan el tag.
  • Coordinación con drag along: evitar contradicciones entre ambos derechos.

¿Qué son las preferencias de liquidación y cómo afectan al fundador?

La preferencia de liquidación otorga al inversor el derecho a recuperar su inversión (a veces con un múltiplo o interés) antes de que el resto de socios cobre en una venta, liquidación o evento de liquidez. Es una herramienta estándar en capital riesgo, pero su redacción puede cambiar radicalmente el resultado económico para los fundadores.

Elementos esenciales:

  • Tipo: no participativa (el inversor elige entre su preferencia o participar pro rata en el reparto) o participativa (cobra la preferencia y, además, participa en el resto del reparto).
  • Múltiplo: 1x, 1,5x, 2x... de la inversión original; a veces se añade un interés anual.
  • Stacking: orden en que se aplican preferencias de distintas rondas (serie A vs serie B, etc.).

Para la startup, es clave simular escenarios de salida (venta baja, media y alta) y ver cuánto cobrarían fundadores y empleados después de aplicar todas las preferencias.

¿Qué es la cláusula de antidilución?

La antidilución protege al fondo en caso de que una ronda futura se cierre a una valoración inferior a la de su entrada (down round). Ajusta el precio efectivo pagado por el inversor y le otorga acciones adicionales o ajuste de conversión.

Tipos habituales:

  • Full ratchet: recalcula el precio de todas las acciones del fondo al precio más bajo de la nueva ronda; es agresivo para fundadores.
  • Weighted average (promedio ponderado): tiene en cuenta cuántas nuevas acciones se emiten y a qué precio; reparte mejor el impacto.
  • Antidilución solo en escenarios extremos: por debajo de una valoración mínima o ligada a ciertos hitos no cumplidos.

Recomendación práctica: negociar fórmulas de weighted average y excluir determinadas emisiones (por ejemplo, pools de stock options o pequeñas rondas puente) del cálculo de antidilución.

¿Qué mecanismos de gobierno corporativo y control del consejo debe negociar una startup en España?

El gobierno corporativo en España se articula principalmente a través de la junta general de socios/accionistas y del administrador o consejo de administración, según la Ley de Sociedades de Capital. En contratos de private equity, el verdadero poder suele desplazarse al consejo y a ciertas materias reservadas donde el inversor tiene derecho de veto.

¿Cómo se suele estructurar el consejo de administración?

En una pyme o startup tras una ronda de capital riesgo, el consejo puede adoptar formas diversas, pero es frecuente:

  • Consejo reducido (3 a 7 miembros): con representación de fundadores, inversores y, a veces, independientes.
  • Derecho del fondo a designar uno o varios consejeros y, en algunos casos, un observador sin voto.
  • Presidencia o vicepresidencia asignada a fundador o al fondo, con o sin voto de calidad.

Negociar bien la composición del consejo es esencial para que el equipo gestor conserve capacidad real de decisión en el día a día.

¿Qué son las "materias reservadas" y el derecho de veto?

Las materias reservadas son decisiones estratégicas que requieren la aprobación reforzada del consejo y/o de los socios, y en las que el inversor suele tener derecho de veto. Ejemplos típicos:

  • Modificaciones significativas del objeto social o del modelo de negocio.
  • Aprobación de presupuestos anuales y desviaciones relevantes.
  • Endeudamiento por encima de determinados límites.
  • Ventas de activos relevantes o líneas de negocio.
  • Emisión de nuevas acciones/participaciones o instrumentos convertibles.
  • Cambios en el equipo directivo clave o en la política de remuneraciones.

Para el emprendedor, el reto está en encontrar un equilibrio: permitir un control razonable del inversor sin bloquear la agilidad operativa del negocio.

¿Qué obligaciones de información suelen exigirse?

El fondo necesitará información periódica para monitorizar su inversión y cumplir sus propias obligaciones frente a sus partícipes. Normalmente se pacta:

  • Entrega de informes financieros mensuales o trimestrales.
  • Presupuesto anual y plan de negocio, con reporting de desviaciones.
  • Información inmediata sobre hechos relevantes (litigios relevantes, pérdida de clientes clave, incidentes de compliance).

Definir formatos, plazos y canales de información reduce tensiones posteriores y evita sensación de micromanagement.

¿Qué garantías, declaraciones (reps & warranties) y responsabilidades asume el emprendedor?

En un contrato de inversión con private equity, los fundadores y, a veces, la propia sociedad formulan declaraciones sobre la situación legal, financiera y operativa del negocio. Si alguna de estas declaraciones resulta falsa, el inversor puede reclamar indemnización.

¿Qué tipos de declaraciones y garantías son habituales?

Las reps & warranties más frecuentes cubren:

  • Situación societaria: correcta constitución, libros al día, titularidad de las participaciones/acciones, ausencia de gravámenes.
  • Situación financiera: cuentas que reflejan razonablemente la situación de la compañía, ausencia de deudas ocultas relevantes.
  • Contratos clave: validez y vigencia de contratos con clientes, proveedores, partners tecnológicos.
  • Propiedad intelectual y tecnológica: titularidad de software, marcas, know-how, cesión correcta de derechos de empleados y freelancers.
  • Laboral y Seguridad Social: alta correcta de trabajadores, ausencia de conflictos colectivos relevantes.
  • Fiscal: cumplimiento de obligaciones tributarias y ausencia de inspecciones o contingencias significativas no reveladas.
  • Regulatorio y compliance: licencias necesarias, protección de datos, normativa sectorial.

¿Cómo limitar la responsabilidad de los fundadores?

Sin una negociación adecuada, los fundadores pueden asumir riesgos desproporcionados. Mecanismos habituales de limitación:

  • Cap (tope global): límite máximo de responsabilidad económica del conjunto de fundadores (por ejemplo, un porcentaje del precio de la inversión).
  • Baskets y de minimis: solo se indemnizan daños a partir de cierta cuantía acumulada y cuando cada reclamación supera un mínimo.
  • Plazos de prescripción contractuales: períodos reducidos para reclamar (por ejemplo, 12-24 meses para la mayoría de garantías, más para garantías fiscales o de título).
  • Exclusiones: asuntos ya conocidos y revelados al inversor quedan fuera de responsabilidad (disclosures).
  • Reparto interno entre fundadores: en función de su antigüedad, grado de control sobre determinadas áreas, etc.

¿Qué pasa si surge un incumplimiento?

Normalmente se pacta un mecanismo escalonado:

  • Notificación formal describiendo el incumplimiento y el daño.
  • Posible período para subsanar, si es corregible.
  • Cálculo de la indemnización, a veces con métodos predefinidos.
  • Compensación mediante pago en efectivo, ajuste de participaciones o retención de pagos pendientes (por ejemplo, en earn-outs).

¿Por qué es clave la due diligence legal previa y el asesoramiento experto?

La due diligence legal es la revisión del estado jurídico de la compañía por parte del inversor antes de cerrar la operación. Para el emprendedor, prepararse bien para esa revisión reduce problemas, mejora la valoración y agiliza el cierre.

¿Qué áreas cubre normalmente la due diligence legal?

En España, la due diligence legal de una startup o pyme con private equity suele analizar:

  • Estructura societaria: cumplimiento de la Ley de Sociedades de Capital, estatutos, libro de socios, poderes y órganos vigentes.
  • Contratación mercantil: contratos con clientes clave, proveedores estratégicos, partners y licencias.
  • Relaciones laborales: contratos de empleados, directivos, incentivos, stock options, cumplimiento laboral.
  • Propiedad intelectual e industrial: registro de marcas, patentes, titularidad de software, cesiones de derechos.
  • Situación fiscal: cumplimiento, inspecciones, aprovechamiento de incentivos y deducciones.
  • Regulación sectorial y compliance: datos personales, consumo, financiación, sanitario, etc., según el negocio.

¿Cómo puede prepararse la empresa para la due diligence?

Acciones prácticas antes de la entrada del fondo:

  1. Ordenar la documentación societaria: actas, libros, escrituras inscritas en el Registro Mercantil.
  2. Regularizar contratos clave: pasar acuerdos verbales a escrito, actualizar cláusulas obsoletas, asegurar cesión de IP de colaboradores.
  3. Revisar cumplimiento fiscal y laboral: resolver contingencias fáciles de corregir antes de que salgan en la revisión.
  4. Definir un data room: físico o virtual, con documentación ordenada por carpetas temáticas.
  5. Trabajar con un abogado de M&A / venture capital que conozca el estándar de mercado y pueda anticipar objeciones del fondo.

Ventajas de contar con asesoramiento legal experto

Un abogado con experiencia en private equity y venture capital en España aporta:

  • Conocimiento de cláusulas de mercado y hasta dónde es razonable ceder.
  • Capacidad para traducir el impacto económico de determinadas cláusulas (preferencias, antidilución, etc.) a escenarios comprensibles.
  • Detección de riesgos personales para los fundadores y diseño de límites de responsabilidad.
  • Coordinación con asesores fiscales y financieros para estructurar la operación de forma eficiente.

Conceptos erróneos frecuentes sobre contratos de inversión con private equity

Al negociar con un fondo, muchos emprendedores en España parten de ideas que no siempre son ciertas y que pueden perjudicar su negociación.

"El fondo y yo tenemos los mismos objetivos"

Inversor y emprendedor comparten interés en que la empresa vaya bien, pero sus horizontes temporales y preferencias de riesgo no siempre coinciden. El fondo suele tener un plazo limitado para desinvertir y un retorno objetivo para todo su portfolio, lo que puede llevarle a presionar por una venta en un momento que no es ideal para los fundadores.

"Si la valoración es buena, el resto de cláusulas da igual"

Una valoración alta puede verse neutralizada por preferencias de liquidación agresivas, antidilución dura y derechos de arrastre que fuerzan una venta poco atractiva para los fundadores. Es preferible una valoración algo menor con cláusulas equilibradas que una cifra brillante en titulares pero con condiciones muy gravosas.

"Esto es estándar, no se negocia"

Es habitual escuchar que determinadas cláusulas "son estándar de mercado". Aunque existen prácticas habituales, casi todo es negociable en intensidad, matices y contrapesos: límites de preferencia, fórmulas de antidilución, duración de lock-ups, alcance de garantías, etc.

Costes, plazos y aspectos prácticos en España

Los costes y plazos de una operación con private equity en España varían según el tamaño de la ronda y la complejidad de la compañía, pero se pueden manejar algunos rangos orientativos.

¿Qué costes legales y notariales debe prever la empresa?

Entre los costes típicos que normalmente soporta la sociedad o los socios vendedores se encuentran:

  • Honorarios legales: redacción y negociación del contrato de inversión, pacto de socios, modificaciones estatutarias, etc. Pueden calcularse como tarifa fija o en función del tamaño de la operación.
  • Gastos notariales y registrales: elevación a público de los acuerdos sociales e inscripción en el Registro Mercantil.
  • Asesoría fiscal y financiera: análisis de la estructura óptima y modelización de escenarios.

En España, la información general sobre inscripción de acuerdos sociales puede consultarse en la web del Registro Mercantil, y la normativa mercantil básica en el Boletín Oficial del Estado.

¿Cuánto tarda típicamente una ronda con private equity?

A modo orientativo, desde la firma de una term sheet hasta el cierre efectivo pueden pasar entre 2 y 4 meses, dependiendo de:

  • La rapidez en recopilar documentación para la due diligence.
  • La complejidad de la estructura societaria y contractual.
  • La capacidad de decisión interna del fondo y de los socios actuales.
  • La necesidad de autorizaciones regulatorias específicas en determinados sectores.

Cuándo contratar un abogado especializado en private equity en España

Lo más prudente es involucrar a un abogado con experiencia en private equity y venture capital desde el momento en que se empieza a negociar una term sheet o carta de intenciones. Muchas de las condiciones que se dejan "para más adelante" se acaban anclando en ese primer documento y luego es difícil variarlas.

Señales de que necesitas asesoramiento legal ya

  • Has recibido un borrador de term sheet o contrato de inversión de un fondo y no entiendes todos los efectos económicos.
  • No tienes claro qué implica, en la práctica, ceder un asiento de consejo o aceptar determinadas materias reservadas.
  • El fondo te propone cláusulas de preferencia de liquidación o antidilución cuya fórmula no sabes simular.
  • Hay socios previos, Business Angels o acuerdos antiguos que pueden entrar en conflicto con los nuevos documentos.

Un abogado puede ayudarte a priorizar lo realmente importante, proponer alternativas razonables y evitar que aceptes compromisos difíciles de cumplir.

Próximos pasos para fundadores y pymes que negocian con un fondo de private equity

Si estás a las puertas de una ronda con private equity o capital riesgo en España, los siguientes pasos pueden ayudarte a llegar mejor preparado a la mesa de negociación.

Checklist de acción rápida

  1. Mapea tu cap table actual: porcentajes, pactos existentes, opciones, deudas convertibles.
  2. Define tus líneas rojas: porcentaje máximo a diluirte, nivel de control mínimo, límites de responsabilidad asumibles.
  3. Organiza un data room básico: estatutos, libros societarios, contratos clave, documentación fiscal y laboral.
  4. Contrata asesoramiento legal especializado en private equity / venture capital y compárteles la term sheet antes de firmarla.
  5. Simula escenarios de salida: con ayuda de tu abogado y asesor financiero, analiza cómo afectan preferencias y antidilución a distintas valoraciones de venta.

Preguntas de seguimiento que puedes plantearte o al abogado

  • ¿Cómo impactan exactamente las preferencias de liquidación y la antidilución en mi participación en diferentes escenarios de venta?
  • ¿Qué configuración de consejo de administración equilibra mejor el control entre fundadores y fondo en mi caso concreto?
  • ¿Qué riesgos personales asumo con las garantías que me pide el inversor y cómo puedo limitarlos?
  • ¿Qué alternativas estructurales (deuda convertible, mezzanine, rondas escalonadas) pueden adaptar mejor la operación a mi negocio?

Preguntas frecuentes sobre contratos de inversión con private equity en España

¿Es obligatorio elevar a público el contrato de inversión y el pacto de socios?

El contrato de inversión y el pacto de socios pueden firmarse en documento privado, pero los acuerdos que afecten a ampliaciones de capital, modificaciones estatutarias o designación de órganos sociales deberán recogerse en escritura pública para su inscripción en el Registro Mercantil. Es habitual elevar al menos parte de los acuerdos a público para darles eficacia frente a terceros.

¿Puedo negociar que el fondo no tenga derecho de arrastre?

En teoría sí, pero en la práctica la mayoría de fondos exigirán algún mecanismo de arrastre para asegurar su salida. Lo más efectivo suele ser negociar condiciones equilibradas (precio mínimo, mayorías reforzadas, plazos) antes que intentar eliminar completamente el drag along.

¿Qué diferencia hay entre un fondo de private equity y uno de venture capital en este contexto?

El private equity tradicional suele entrar en empresas más maduras, con importes mayores y foco en compras de participación significativa o de control; el venture capital se orienta a startups en fases iniciales. Sin embargo, desde el punto de vista contractual, muchas cláusulas (preferencias, antidilución, gobierno corporativo) son similares, variando la intensidad y el control.

¿Puedo utilizar un modelo estándar de pacto de socios que encuentre en internet?

Puede servir como punto de partida para entender conceptos, pero rara vez es recomendable firmarlo sin una adaptación profunda a tu caso y al derecho español. Un modelo genérico puede contener cláusulas incompatibles con la Ley de Sociedades de Capital o con rondas anteriores, o dejar sin regular aspectos críticos para tu negocio.

¿Qué pasa si en el futuro quiero levantar otra ronda con nuevos inversores?

Lo pactado con el primer fondo condicionará todas las rondas futuras: las nuevas acciones deberán respetar las preferencias ya otorgadas, las cláusulas de antidilución se activarán y las materias reservadas pueden requerir consentimiento del fondo actual. Por eso es importante prever desde el inicio cómo se integrarán futuros inversores en la estructura.

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