- En República Dominicana, las investigaciones por prácticas monopólicas son dirigidas por ProCompetencia bajo la Ley 42-08 y se centran en cárteles, fijación de precios y acuerdos de exclusividad que cierran el mercado.
- Las empresas tienen la obligación de colaborar con la autoridad, pero también derechos claros: asistencia de abogado, acceso al expediente, protección de secretos comerciales y posibilidad de impugnar decisiones.
- Responder con método a requerimientos de información y a visitas de inspección reduce drásticamente el riesgo de sanciones adicionales por obstrucción o entrega de información falsa.
- Las multas pueden llegar hasta 3 000 salarios mínimos, además de medidas correctivas, exposición mediática y posteriores demandas civiles de clientes o competidores.
- Un abogado especializado en litigios antitrust es clave desde el primer día para coordinar la respuesta, valorar programas de clemencia o reducción de sanciones y diseñar la estrategia de defensa ante ProCompetencia y los tribunales.
¿Qué es una investigación por prácticas monopólicas en República Dominicana?
Una investigación por prácticas monopólicas es el procedimiento mediante el cual la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) analiza si una empresa o grupo de empresas ha restringido injustificadamente la competencia, en violación de la Ley 42-08. Estas investigaciones pueden iniciarse por denuncia de terceros o de oficio y suelen implicar requerimientos de información, entrevistas, análisis económicos y, en algunos casos, inspecciones in situ.
La Ley General de Defensa de la Competencia núm. 42-08 y su reglamento de aplicación facultan a ProCompetencia para investigar tres grandes tipos de conductas: acuerdos y prácticas contrarias a la libre competencia, abuso de posición dominante y ciertos actos de competencia desleal.(procompetencia.gob.do) En la práctica, las investigaciones más sensibles para las empresas suelen ser las relacionadas con acuerdos entre competidores y cláusulas de exclusividad que cierran el acceso al mercado.
Es importante tener en cuenta que, a diferencia de otras jurisdicciones, la Ley 42-08 aún no establece un régimen general de control previo de concentraciones económicas, por lo que el foco actual está en las conductas, no en la autorización de fusiones.(procompetencia.gob.do) Sin embargo, el entorno regulatorio está en evolución, lo que hace todavía más relevante contar con una estrategia de cumplimiento y defensa bien diseñada.
Preguntas de seguimiento recomendadas
- ¿En qué se diferencia una investigación de oficio de una iniciada por denuncia?
- ¿Qué sectores han sido históricamente más investigados por ProCompetencia?
- ¿Cómo se coordina una investigación de ProCompetencia con otras autoridades del Estado (compras públicas, reguladores sectoriales)?
¿Cuáles son las principales conductas monopólicas investigadas (cárteles, fijación de precios y acuerdos de exclusividad)?
Las prácticas monopólicas más investigadas en la República Dominicana son los cárteles entre competidores, la fijación de precios y la coordinación de ofertas en licitaciones, así como los acuerdos de exclusividad que, combinados con poder de mercado, impiden el acceso de rivales. Estas conductas se consideran especialmente graves porque afectan directamente los precios, la calidad y la variedad de bienes y servicios para los consumidores.
Cárteles y fijación de precios
La Ley 42-08 prohíbe acuerdos, decisiones o prácticas concertadas entre competidores que tengan por objeto o efecto imponer barreras injustificadas en el mercado. Dentro de estas, la ley menciona, entre otras, acordar precios, descuentos u otras condiciones de venta, así como coordinar ofertas o abstenciones en licitaciones, concursos y subastas públicas.(wipolex-res.wipo.int)
- Cárteles clásicos: pactos secretos entre empresas que deberían competir entre sí, para fijar precios mínimos o márgenes comunes, repartirse territorios o clientes, o limitar producción.
- Fijación de precios: acuerdos escritos, verbales o incluso informales (por ejemplo, un "acuerdo de caballeros") para alinear listas de precios, descuentos o recargos.
- Colusión en licitaciones: coordinación de ofertas en procesos de compras públicas, donde los participantes acuerdan quién ganará, a qué precio y cómo se presentarán las ofertas de cobertura.
Acuerdos de exclusividad y abuso de posición dominante
Los acuerdos de exclusividad no son ilegales por sí mismos. Se vuelven problemáticos cuando una empresa con posición dominante los utiliza para cerrar el mercado a sus competidores, por ejemplo, obligando a distribuidores o puntos de venta a no comercializar productos rivales o a hacerlo en condiciones desventajosas. La Ley 42-08 tipifica como abuso de posición dominante, entre otras, la subordinación de la venta a que el comprador no distribuya productos de empresas competidoras o a que contrate productos adicionales no deseados.(acento.com.do)
- Exclusividades de compra o venta: el cliente solo puede adquirir a un proveedor o vender exclusivamente sus productos, durante un tiempo y en una zona determinada.
- Paquetización o ventas atadas: condicionar el acceso a un producto clave a la compra de otros servicios o productos secundarios, si ello excluye a rivales del mercado.
- Descuentos condicionados: rebajas importantes ligadas a alcanzar cuotas de compra que, en la práctica, impiden que el cliente compre a otros proveedores.
Errores de percepción frecuentes sobre las conductas investigadas
- "Si no hay contrato escrito, no hay cártel": la ley alcanza acuerdos verbales o incluso conductas coordinadas basadas en prácticas y comunicaciones informales.
- "Solo investigan a empresas grandes": cualquier agente económico está sujeto a la Ley 42-08, incluyendo pymes, asociaciones gremiales y entidades públicas que actúen como operadores económicos.(procompetencia.gob.do)
- "La exclusividad siempre es ilegal": algunos acuerdos de exclusividad pueden ser lícitos si no existe posición dominante y si generan eficiencias claras; pero su diseño debe revisarse con criterios de competencia.
Preguntas de seguimiento recomendadas
- ¿Cómo determina ProCompetencia si una empresa tiene posición dominante?
- ¿Qué tipo de intercambio de información entre competidores es especialmente riesgoso?
- ¿Existen sectores donde las exclusividades son más sensibles (farmacéutico, alimentos, telecomunicaciones)?
¿Cuáles son los derechos y obligaciones de una empresa durante una investigación de ProCompetencia?
Durante una investigación, la empresa está obligada a colaborar con ProCompetencia, suministrando información veraz y en los plazos fijados, pero conserva derechos esenciales de defensa. Entre ellos se incluyen contar con representación legal, acceder al expediente en las fases permitidas, identificar información confidencial y presentar alegatos y pruebas.
Obligaciones principales
- Deber de colaboración e información: el reglamento de aplicación de la Ley 42-08 establece el deber de los agentes económicos de proporcionar a ProCompetencia los datos y documentos necesarios para el ejercicio de sus funciones.(procompetencia.gob.do)
- Veracidad de la información: existe un reglamento específico sobre procedimiento simplificado por indicios de entrega de información falsa o alterada, lo que muestra que manipular datos puede originar sanciones adicionales.(procompetencia.gob.do)
- No obstrucción: impedir el acceso a documentos, destruir correos o instruir a empleados para ocultar información puede considerarse obstrucción y agravar el caso.
- Cumplimiento de medidas y resoluciones: si ProCompetencia ordena medidas cautelares o correctivas, su incumplimiento puede dar lugar a nuevas sanciones.
Derechos de defensa de la empresa
- Asistencia de abogado: la empresa puede estar asesorada por abogados durante todo el procedimiento, tanto en la fase administrativa ante ProCompetencia como en eventuales recursos judiciales.
- Acceso al expediente y derecho a ser oída: la autoridad debe comunicar los hechos imputados y permitir la presentación de escritos y pruebas antes de dictar resolución sancionadora, respetando el debido proceso.
- Confidencialidad: la empresa puede solicitar que ciertos documentos o datos se traten como confidenciales cuando constituyen secretos comerciales o información sensible.
- Recurso ante los tribunales: las decisiones de ProCompetencia pueden ser impugnadas ante la jurisdicción contencioso-administrativa, lo que abre una segunda instancia de revisión.
Régimen de reducción de sanciones (colaboración con ProCompetencia)
Además de cooperar para cumplir con sus obligaciones, la empresa puede valorar una colaboración reforzada con la autoridad de competencia. ProCompetencia ha aprobado un Reglamento para el establecimiento de un Régimen de Reducción de Sanciones por Colaboración, especialmente pensado para investigaciones de prácticas concertadas y acuerdos anticompetitivos entre competidores.(procompetencia.gob.do)
En términos generales, los agentes económicos que revelan su participación en un cártel y aportan pruebas relevantes y concluyentes pueden acceder a reducciones significativas de la multa, siendo mayor el beneficio para el primer solicitante.(procompetencia.gob.do) Un abogado especializado ayuda a evaluar si esta vía es conveniente y a cumplir las condiciones cumulativas exigidas (cese de la conducta, cooperación plena, confidencialidad, entre otras).
Preguntas de seguimiento recomendadas
- ¿En qué momento del procedimiento conviene solicitar la reducción de sanciones por colaboración?
- ¿Qué información puede marcarse como confidencial y cómo justificarlo ante ProCompetencia?
- ¿Qué vías de recurso judicial existen contra una resolución sancionadora?
¿Cómo responder a requerimientos de información y visitas de inspección de ProCompetencia?
Responder de forma ordenada y estratégica a los requerimientos de ProCompetencia es crucial para controlar riesgos y preservar la credibilidad de la empresa. Esto aplica tanto a solicitudes escritas de información como a visitas de inspección en las oficinas o instalaciones de la compañía.
Requerimientos escritos de información: pasos prácticos
- Centralizar la recepción: asegúrese de que todo requerimiento que llegue por correo físico o electrónico se remita de inmediato al departamento legal y a la alta dirección.
- Analizar alcance y plazos: identifique con precisión qué información se solicita, para qué periodo y en qué formato, así como la fecha límite de respuesta.
- Designar un equipo interno: nombre un coordinador de respuesta y un pequeño equipo multidisciplinar (legal, finanzas, comercial, TI) responsable de recabar la información.
- Preservar la evidencia: ordene la suspensión de cualquier política de borrado automático de correos o documentos vinculados al asunto investigado.
- Recopilar y revisar documentos: busque de forma amplia (correos, minutas, chats internos, presentaciones, contratos) y revise con el abogado qué se entregará y cómo se contextualizará.
- Responder con precisión: conteste de forma completa pero sin especulaciones, diferenciando hechos de opiniones e identificando claramente cualquier estimación o dato incompleto.
- Solicitar prórrogas cuando sea necesario: si el volumen de información es muy grande, pida una ampliación de plazo por escrito, explicando las razones objetivas.
- Conservar un archivo espejo: mantenga copia exacta de todo lo remitido, con un índice interno que permita reconstruir la respuesta años después.
Visitas de inspección: cómo actuar en el "día cero"
Las visitas de inspección (a veces llamadas "dawn raids") son momentos de máximo riesgo, porque lo que ocurra en las primeras horas puede condicionar toda la investigación. Aunque los detalles dependen de la orden y del reglamento aplicable, hay buenas prácticas generales que toda empresa puede seguir.
- Verificar identidad y alcance: pida a los funcionarios que se identifiquen y muestren la resolución u orden que habilita la inspección, revisando qué locales, periodos y documentos abarcan.
- Llamar inmediatamente al abogado: informe a su asesor externo especializado en competencia y, si es posible, espere su llegada antes de responder preguntas sustantivas.
- Designar un equipo de acompañamiento: nombre un responsable de empresa por cada equipo de inspectores, que tome nota de todo lo que se revisa, copia o incauta.
- Cooperar sin obstruir: no impida el acceso autorizado ni destruya documentos, pero solicite que las actuaciones se limiten al ámbito definido en la orden.
- Proteger confidencialidad y privilegio: señale documentos que contengan secreto comercial y consulte con su abogado antes de permitir el acceso a comunicaciones protegidas por secreto profesional.
- Registro interno detallado: documente hora de llegada y salida, salas visitadas, personas entrevistadas y listado de documentos o soportes copiados.
- Reunión de cierre: una vez concluida la visita, haga un debriefing interno con el equipo y el abogado para identificar riesgos, contradicciones y próximos pasos.
Preguntas de seguimiento recomendadas
- ¿Qué límites tiene ProCompetencia al revisar correos electrónicos o dispositivos personales usados para el trabajo?
- ¿Cómo preparar un protocolo interno de actuación ante inspecciones?
- ¿Qué consecuencias puede tener negarse a firmar un acta de inspección?
¿Qué riesgos enfrenta su empresa (multas, daño reputacional y acciones civiles)?
Los riesgos de una investigación por prácticas monopólicas en la República Dominicana van mucho más allá de la multa administrativa. Incluyen medidas correctivas, impacto reputacional, ruptura de relaciones comerciales y la posibilidad de demandas civiles de clientes, competidores o incluso del propio Estado.
Multas y sanciones administrativas
El artículo 61 de la Ley 42-08 establece rangos de multas expresados en veces el salario mínimo. Para las prácticas concertadas más graves, como la fijación de precios o la repartición de mercado, las sanciones pueden ir de 30 a 3 000 salarios mínimos, mientras que para la colusión en licitaciones el mínimo es más elevado, de 200 a 3 000 salarios mínimos.(wipolex-res.wipo.int)
- Multas económicas que, en función del salario mínimo aplicable y del número de infracciones, pueden representar montos muy significativos para la empresa.
- Órdenes de cese y medidas correctivas: obligación de modificar contratos, eliminar cláusulas de exclusividad o cambiar prácticas comerciales.(procompetencia.gob.do)
- Seguimiento posterior: en algunos casos, ProCompetencia puede realizar monitoreos adicionales o revisar el cumplimiento de planes de corrección o programas de cumplimiento.
Daño reputacional y exposición pública
ProCompetencia publica en su portal institucional la Ley 42-08, su reglamento y las resoluciones y noticias relacionadas con los casos tramitados.(procompetencia.gob.do) Esto significa que una investigación relevante puede convertirse en información de fácil acceso para medios, clientes, proveedores y socios financieros.
- Riesgo mediático: cobertura de prensa que vincula el nombre de la empresa con prácticas monopólicas o cárteles.
- Efecto sobre clientes y socios: algunas contrapartes pueden renegociar contratos, restringir volúmenes o incluso terminar relaciones por políticas internas de cumplimiento.
- Impacto interno: caída en la moral de los empleados y dificultades para atraer talento en sectores altamente regulados.
Acciones civiles y otros riesgos legales
Las sanciones de ProCompetencia se aplican sin perjuicio de las acciones civiles o penales que puedan corresponder.(wipolex-res.wipo.int) Clientes, competidores o incluso entidades públicas pueden utilizar la resolución de la autoridad como base para reclamar indemnizaciones por los daños sufridos.
- Demandas de daños y perjuicios: reclamaciones por sobreprecios pagados, pérdida de cuota de mercado o exclusión de licitaciones.
- Responsabilidad de administradores: según la normativa societaria general, los administradores pueden enfrentar reclamaciones si se demuestra que actuaron con dolo o culpa grave al permitir prácticas anticompetitivas.
- Riesgos contractuales: cláusulas de cumplimiento normativo, causales de terminación anticipada o eventos de default en contratos de financiación pueden activarse ante sanciones por competencia.
Preguntas de seguimiento recomendadas
- ¿Cómo se calcula, en la práctica, el monto de una multa dentro de los márgenes legales?
- ¿Puede utilizarse un programa de cumplimiento robusto como atenuante en la sanción?
- ¿Qué peso tiene una resolución de ProCompetencia en un juicio civil posterior?
¿Cuál es el rol del abogado especializado en litigios antitrust y qué estrategias de defensa existen?
El abogado especializado en litigios antitrust es el arquitecto de la estrategia de defensa y el coordinador de todos los frentes: relación con ProCompetencia, análisis económico, gestión de riesgo reputacional y eventual litigio judicial. Su intervención temprana suele marcar la diferencia entre un caso gestionado y una crisis descontrolada.
Funciones clave del abogado en cada fase
- Antes de la investigación: diseño de programas de cumplimiento y formación a la alta dirección y equipos comerciales, alineados con las directrices y planes de cumplimiento promovidos por ProCompetencia.(procompetencia.gob.do)
- Inicio de la investigación: manejo del "primer día", definición de protocolos internos, preservación de evidencia y comunicación con la autoridad.
- Fase de instrucción: revisión de requerimientos, filtrado de documentación, preparación de respuestas, coordinación de entrevistas y elaboración de informes económicos o periciales.
- Fase decisoria y recursos: preparación de alegatos finales, negociación de compromisos de cese o fórmulas de terminación anticipada y, si procede, interposición y seguimiento de recursos ante los tribunales.
Estrategias de defensa habituales
- Defensa sustantiva: cuestionar la existencia de acuerdo, la definición del mercado relevante, la supuesta posición dominante o el efecto restrictivo de la conducta.
- Defensa procedimental: verificar el respeto al debido proceso, a los plazos, al derecho de defensa y a la corrección de las actuaciones de inspección.
- Compromisos de cese: el marco legal de ProCompetencia contempla un reglamento específico para el sometimiento y aprobación de compromisos de cese, que permite a las empresas ofrecer cambios en su conducta a cambio de una terminación o atenuación del procedimiento.(procompetencia.gob.do)
- Colaboración y reducción de sanciones: en casos de cárteles, valorar el Régimen de Reducción de Sanciones, aplicable cuando la empresa aporta información decisiva y coopera de forma continua.(procompetencia.gob.do)
Preguntas de seguimiento recomendadas
- ¿Cuándo conviene más ofrecer compromisos de cese y cuándo luchar el caso hasta el final?
- ¿Qué tipo de análisis económico es más relevante en investigaciones de abuso de posición dominante?
- ¿Cómo coordinar la estrategia si la empresa también está siendo investigada en otros países?
Preguntas frecuentes sobre investigaciones por prácticas monopólicas en República Dominicana
¿Cuánto tiempo puede durar una investigación de ProCompetencia?
La duración depende de la complejidad del caso, el volumen de información y el número de empresas implicadas. Algunas investigaciones concluyen en pocos meses, mientras que los cárteles complejos, con múltiples requerimientos y peritajes económicos, pueden extenderse varios años desde la primera actuación hasta la resolución y eventuales recursos judiciales.
¿Puede ProCompetencia investigar hechos que ocurrieron hace años?
Sí. La autoridad puede iniciar investigaciones sobre conductas pasadas siempre que no haya operado la prescripción prevista en la normativa aplicable y existan indicios razonables de una infracción. Eso incluye prácticas que ya cesaron pero que pudieron producir efectos duraderos en el mercado, como acuerdos de precios o repartos de mercado.
¿Qué pasa si mi empresa no responde un requerimiento de información?
No responder, hacerlo fuera de plazo o proporcionar datos incompletos o falsos puede derivar en procedimientos adicionales y agravar las sanciones. ProCompetencia cuenta incluso con un reglamento específico para tratar indicios de entrega de información falsa o alterada, lo que evidencia que este comportamiento se considera especialmente grave.(procompetencia.gob.do)
¿Las pymes también pueden ser sancionadas por prácticas monopólicas?
Sí. La Ley 42-08 se aplica a todos los agentes económicos, sin distinguir por tamaño, incluyendo personas físicas, sociedades, cooperativas y entidades estatales que actúen en el mercado.(procompetencia.gob.do) El tamaño de la empresa puede influir en la valoración de la gravedad y en el monto de la sanción, pero no la excluye de responsabilidad.
¿Puedo negociar un acuerdo con ProCompetencia para cerrar el caso?
Existen dos vías principales de acercamiento: los compromisos de cese, mediante los cuales la empresa ofrece modificar su conducta, y el régimen de reducción de sanciones por colaboración en casos de cárteles.(procompetencia.gob.do) La conveniencia y el diseño de estos mecanismos deben analizarse con un abogado especializado, porque implican decisiones estratégicas de alto impacto.
Cuándo contratar un abogado
En materia de prácticas monopólicas, "esperar a ver qué pasa" suele ser la peor estrategia. Es recomendable contratar o involucrar a un abogado especializado en competencia en cualquiera de las siguientes situaciones:
- Al recibir el primer requerimiento de información, citación o visita de funcionarios de ProCompetencia.
- Cuando, en una auditoría interna, se detectan correos, reuniones o acuerdos con competidores que podrían interpretarse como coordinación de precios, repartos de mercado o acuerdos en licitaciones.
- Antes de suscribir contratos de distribución, franquicia o exclusividad de gran alcance, especialmente si la empresa tiene una cuota de mercado relevante.
- Si un cliente, proveedor o competidor amenaza con denunciar ante ProCompetencia o con demandar por prácticas anticompetitivas.
- Al diseñar un programa de cumplimiento en competencia que involucre al consejo de administración y a la alta dirección.
Un abogado con experiencia en litigios antitrust no solo reacciona a la crisis, sino que ayuda a prevenirla, identificando puntos rojos en contratos, políticas comerciales y estructuras de incentivos. A través de plataformas como Lawzana puede comparar perfiles y encontrar rápidamente firmas y profesionales con práctica acreditada en competencia en la República Dominicana.
Próximos pasos
Si su empresa ya enfrenta o teme enfrentar una investigación por prácticas monopólicas, estos pasos pueden servir como hoja de ruta inmediata:
- Centralizar la información: identifique todos los requerimientos, comunicaciones y documentos relacionados con ProCompetencia y guárdelos en un repositorio seguro.
- Designar un responsable interno: nombre a una persona de alto nivel como punto de contacto único con la autoridad y con los asesores externos.
- Activar asesoría especializada: contacte a un abogado de competencia con experiencia en la Ley 42-08 y en litigios administrativos, idealmente antes de cualquier respuesta sustantiva.
- Implementar un "hold" documental: ordene a todas las áreas suspender el borrado automático de correos y archivos relacionados con los mercados bajo investigación.
- Revisar contratos y prácticas de riesgo: identifique cláusulas de exclusividad, acuerdos de cooperación con competidores, intercambios de información y políticas de precios que puedan requerir ajustes.
- Diseñar o reforzar el programa de cumplimiento: utilice la experiencia de la investigación para establecer o actualizar políticas internas de competencia, formaciones periódicas y canales de consulta.
Para profundizar en el marco legal oficial, puede consultar el portal de ProCompetencia, donde se encuentran la Ley 42-08, su reglamento de aplicación y reglamentos complementarios en la sección de marco legal: Marco legal de ProCompetencia. También es útil revisar sus preguntas frecuentes para entender mejor el funcionamiento básico de las investigaciones y los servicios que presta la institución.