Insolvencia de persona natural en Colombia: guía legal

Actualizado Dec 10, 2025
  • La insolvencia de persona natural no comerciante en Colombia permite frenar embargos y negociar legalmente todas (o casi todas) sus deudas en un solo proceso.
  • Puede acogerse quien no sea comerciante y esté en "cesación de pagos": dos o más deudas vencidas por más de 90 días con al menos dos acreedores, que sumen al menos el 50 % de su pasivo total.
  • El trámite se adelanta ante centros de conciliación autorizados o notarías del domicilio, y normalmente dura 60 días prorrogables a 30 más, contados desde la aceptación.
  • Desde que se acepta la solicitud se suspenden nuevos cobros y embargos (con excepciones como alimentos) y se negocian intereses, plazos y, en algunos casos, condonaciones.
  • El éxito del proceso depende en gran parte de una buena preparación financiera (documentos y propuesta de pago) y del acompañamiento de un abogado experto en insolvencia.

Intención de búsqueda: Hacer (Do) - persona sobreendeudada que busca iniciar o entender si le conviene el trámite de insolvencia.

Tipo de usuario: B2C - individuos endeudados (no empresas), con alta urgencia por evitar embargos y limpiar su historial financiero.

¿Qué es la insolvencia de persona natural no comerciante y por qué es importante en Colombia?

La insolvencia de persona natural no comerciante es un procedimiento legal que le permite a una persona endeudada, que no es comerciante, negociar todas sus deudas con bancos y otros acreedores en un solo trámite, buscando acuerdos de pago realistas. Está regulado en el Título IV de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), artículos 531 a 576. (cancilleria.gov.co)

Su objetivo es normalizar sus relaciones crediticias: evitar embargos futuros, detener cobros judiciales en curso y reorganizar su economía con un plan de pagos formal, aprobado por la mayoría de sus acreedores. No es "perderlo todo" sino ordenar la deuda, y solo si la negociación fracasa se pasa a una etapa de liquidación patrimonial, donde sí se venden bienes para pagar.

Contenido de apoyo: elementos clave del régimen

  • Procedimientos posibles: negociación de deudas, convalidación de acuerdos privados y liquidación patrimonial. (cancilleria.gov.co)
  • Operadores: centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia y notarías del domicilio del deudor. (cancilleria.gov.co)
  • Autoridad de control: juez civil municipal, que interviene solo para resolver controversias, impugnaciones y la liquidación patrimonial.
  • Alcance: deudas bancarias, tarjetas de crédito, créditos de consumo, obligaciones con entidades públicas, cánones de arrendamiento, servicios, etc. No incluye, como regla general, obligaciones alimentarias.

Preguntas de seguimiento

  • ¿En qué se diferencia la insolvencia de una "quiebra" o liquidación total?
  • ¿Cuántas veces en la vida me puedo acoger a la insolvencia de persona natural?
  • ¿Qué pasa con mis bienes si logro un acuerdo vs. si termino en liquidación patrimonial?

¿Quién puede acogerse a la insolvencia de persona natural no comerciante en Colombia?

Puede acogerse cualquier persona natural que no sea comerciante y se encuentre en "cesación de pagos": al menos dos deudas vencidas por más de 90 días con dos o más acreedores, o dos o más procesos ejecutivos o de cobro coactivo en su contra, y esas obligaciones deben representar al menos el 50 % de todas sus deudas. (apps.procuraduria.gov.co)

Además, el procedimiento solo aplica a personas que no ejercen el comercio de manera profesional ni están inscritas como comerciantes, y que no sean controlantes de sociedades o parte de un grupo empresarial (estos casos van por la Ley 1116 de 2006, régimen empresarial de insolvencia). (apps.procuraduria.gov.co)

Requisitos básicos para ser admitido

  • No ser comerciante: no estar inscrito en el registro mercantil como comerciante ni dedicarse profesionalmente al comercio.
  • Estar en cesación de pagos:
    • Incumplimiento de pago de 2 o más obligaciones con 2 o más acreedores por más de 90 días, o
    • Existencia de 2 o más procesos ejecutivos o de cobro coactivo en curso.
    • Esas deudas deben representar al menos el 50 % del pasivo total del deudor.
  • Declaración bajo gravedad de juramento: el deudor manifiesta que cumple estos supuestos; mentir puede tener consecuencias penales. (encolombia.com)
  • Domicilio en Colombia: el trámite se presenta ante centro de conciliación o notaría del lugar de domicilio.

Ejemplo práctico

Juan gana 3 salarios mínimos y no es comerciante. Tiene:

  • Tarjeta de crédito en mora por 5 meses con un banco.
  • Crédito de vehículo en mora por 4 meses con otra entidad.
  • Un proceso ejecutivo en curso por un crédito de libre inversión.

Las deudas vencidas representan alrededor del 70 % de todo lo que debe. Juan cumple:

  • 2 o más obligaciones vencidas por más de 90 días.
  • 2 o más acreedores.
  • Más del 50 % de su pasivo total en cesación.

En este escenario, Juan puede acogerse a la insolvencia de persona natural no comerciante.

Quiénes no pueden acogerse a este régimen

  • Empresarios individuales registrados como comerciantes.
  • Personas naturales que sean controlantes de sociedades mercantiles o hagan parte de un grupo empresarial (aplican reglas de la Ley 1116). (apps.procuraduria.gov.co)
  • Personas cuyo problema es puntual (una sola deuda atrasada) y no cumplen los requisitos de cesación de pagos.

Preguntas de seguimiento

  • Si tengo un pequeño negocio informal pero no estoy registrado como comerciante, ¿aún puedo usar este régimen?
  • ¿Qué pasa si mis deudas no alcanzan el 50 % del pasivo total?
  • ¿Puedo incluir deudas con la DIAN o con el municipio en este trámite?

¿Cuáles son los pasos del trámite de insolvencia ante centros de conciliación o notarías?

El trámite se inicia radicando una solicitud de negociación de deudas ante un centro de conciliación autorizado o una notaría del domicilio del deudor. Si la solicitud cumple los requisitos y se paga la tarifa, el operador acepta el caso, convoca a los acreedores a audiencia y, en un plazo de 60 días prorrogables por 30 más, se busca firmar un acuerdo de pago global. (cancilleria.gov.co)

Si no se logra acuerdo o este se incumple gravemente, el expediente pasa al juez civil municipal para abrir un proceso de liquidación patrimonial, donde se inventarían y venden los bienes del deudor para pagar a los acreedores. (apps.procuraduria.gov.co)

Paso a paso del procedimiento de negociación de deudas

  1. Asesoría previa (muy recomendable):
    • Revisión de si cumple los requisitos de cesación de pagos.
    • Organización de documentos financieros y diseño de una propuesta de pago.
  2. Elección del operador:
    • Centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia o notaría del lugar de su domicilio. (cancilleria.gov.co)
    • Si en su municipio no hay centro autorizado ni notaría, puede acudir a uno en el mismo circuito judicial o círculo notarial.
  3. Radicación de la solicitud:
    • Se presenta formulario o escrito de solicitud de negociación de deudas.
    • Se anexan los documentos exigidos por la ley (ver sección de documentos más abajo, basada en el artículo 539). (encolombia.com)
  4. Revisión y fijación de tarifa:
    • El centro o la notaría verifica requisitos formales.
    • Se fija una tarifa en función del monto total de las deudas, dentro de los topes regulados por el Decreto 2677 de 2012 y el Decreto 1069 de 2015. (apps.procuraduria.gov.co)
    • Si no se paga la tarifa en el plazo indicado, la solicitud puede ser rechazada.
  5. Aceptación de la solicitud:
    • Si todo está completo y la tarifa pagada, el operador emite auto de aceptación.
    • Desde ese momento se activan los efectos de protección (suspensión de procesos, etc., que veremos en la sección siguiente).
  6. Comunicación a los acreedores:
    • El conciliador o notario informa a todos los acreedores incluidos sobre la aceptación y la fecha de audiencia, dentro del plazo fijado por la ley. (normograma.dian.gov.co)
  7. Audiencia de negociación de deudas:
    • Se discute la propuesta de pago del deudor.
    • Los acreedores pueden formular objeciones sobre el monto de sus créditos o la propuesta.
    • Se busca llegar a un acuerdo que cuente con las mayorías legales de capital (más del 50 % del monto de las acreencias, salvo reglas especiales). (insolvenciacolombia.com)
  8. Firma y registro del acuerdo de pago:
    • Si se logra acuerdo, se firma un acta con todos los términos: plazos, rebajas, intereses, garantías, etc.
    • El acta se registra en el centro de conciliación o notaría y hace tránsito a cosa juzgada: obliga a todos los acreedores incluidos, incluso si no asistieron. (compilacionjuridica.shd.gov.co)
  9. Fracaso de la negociación y liquidación patrimonial:
    • Si en los 60 días (o 90 con prórroga) no se celebra un acuerdo, el operador declara el fracaso de la negociación. (cancilleria.gov.co)
    • Remite el expediente al juez civil municipal, que abre la liquidación patrimonial: se nombra un liquidador, se inventarían bienes y se pagan las deudas según prelación de créditos.

Costos aproximados del trámite

Las tarifas se calculan sobre el monto total de capital de las deudas y están expresadas en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Como referencia, el salario mínimo 2025 es de $1.423.500 COP. (colombia.com)

Monto total de deudas (SMLMV) Tarifa máxima (SMLMV) Ejemplo en COP 2025 (aprox.)
Hasta 1 SMLMV 0,18 ≈ $256.000
Más de 1 hasta 10 0,7 ≈ $996.000
Más de 10 hasta 20 1 ≈ $1.423.500
Más de 20 (escala incremental) Hasta 30 Máx. ≈ $42.700.000

Los centros gratuitos (consultorios jurídicos y entidades públicas) pueden conocer casos hasta 100 SMLMV y, en municipios sin centros remunerados ni notarías, incluso sin límite de cuantía. (apps.procuraduria.gov.co)

Preguntas de seguimiento

  • ¿Puedo solicitar insolvencia más de una vez si años después vuelvo a endeudarme?
  • ¿Qué diferencia hay entre negociar deudas y convalidar un acuerdo privado ya firmado con acreedores?
  • ¿Cómo elegir entre un centro de conciliación gratuito y uno remunerado o una notaría?

¿Qué efectos tiene el trámite sobre embargos, reportes en centrales de riesgo e intereses?

Desde la aceptación de la solicitud de insolvencia, se suspenden los nuevos procesos de cobro y la mayoría de embargos sobre bienes e ingresos del deudor, y se paralizan los procesos ejecutivos y de cobro coactivo ya iniciados (salvo, por ejemplo, alimentos). (cancilleria.gov.co)

El reporte negativo en centrales de riesgo no desaparece automáticamente, pero una vez se cumple el acuerdo o se paga la deuda, aplican las reglas de la Ley 2157 de 2021 ("borrón y cuenta nueva"), que limitan el tiempo de permanencia del dato negativo (máximo el doble del tiempo en mora y hasta 4 años después del pago). (dentons.cardenas-cardenas.com)

Efectos principales sobre embargos y procesos judiciales

  • Suspensión de cobros: no pueden iniciarse nuevos procesos ejecutivos, de cobro coactivo, de restitución de inmueble por mora en cánones ni otros trámites de ejecución contra el deudor; los que ya están en curso se suspenden. (cancilleria.gov.co)
  • Embargos existentes: se suspenden las ejecuciones de medidas cautelares, incluso sobre cuentas bancarias y salarios, mientras dura la negociación.
  • Excepción importante: los procesos ejecutivos de alimentos (cuotas alimentarias) no se suspenden; siguen su curso normal. (insolvenciacolombia.com)
  • Servicios públicos domiciliarios: no se pueden suspender en la vivienda del deudor por deudas anteriores a la aceptación, o deben restablecerse si ya se cortaron; las facturas posteriores se pagan como gastos de administración. (leyonline.co)

Efectos sobre intereses y condiciones de las deudas

  • No hay condonación automática: la ley no borra de oficio capital ni intereses; lo que se gane (rebaja de intereses, quitas, plazos) depende del acuerdo que se logre con los acreedores.
  • Intereses durante el trámite: en la práctica, muchos acreedores aceptan reducir intereses de mora y penalidades para lograr un acuerdo sostenible; si no se pacta, la deuda sigue generando intereses según lo que se acuerde o las reglas generales.
  • Gastos de administración: obligaciones nuevas (servicios, impuestos, cuotas de administración después de la aceptación) se consideran "gastos de administración" y deben pagarse normalmente, so pena de afectar el acuerdo. (studocu.com)

Efectos sobre reportes en centrales de riesgo

  • Durante el proceso: suele mantenerse el reporte negativo, pero muchos bancos actualizan la condición del crédito como "en proceso de negociación" o similar.
  • Tras el pago o cumplimiento del acuerdo:
    • La Ley 2157 de 2021 establece que el dato negativo dura máximo el doble del tiempo de la mora, con tope de 4 años a partir del pago o extinción de la obligación. (dentons.cardenas-cardenas.com)
    • Si hubo beneficios de la amnistía ("borrón y cuenta nueva") en su momento, pudo aplicarse eliminación más rápida del reporte.
  • Hecho clave: sin pago o sin acuerdo cumplido, el reporte negativo se mantiene y seguirán las consecuencias de un mal historial crediticio.

Preguntas de seguimiento

  • ¿Cómo se reflejará el acuerdo de insolvencia en mi historial crediticio y cuánto tiempo tardaré en "recuperar" mi vida financiera?
  • ¿Qué pasa con los codeudores y garantes mientras yo estoy en insolvencia?
  • ¿Puedo volver a ser embargado si incumplo el acuerdo de pago?

¿Qué documentos financieros debo preparar para solicitar la insolvencia?

La ley exige que la solicitud vaya acompañada de un conjunto de documentos que permitan al conciliador y a los acreedores entender su situación económica real: causas de la crisis, listado completo de acreedores, ingresos, bienes, gastos y propuesta de pago. Estos requisitos se desarrollan en el artículo 539 de la Ley 1564 de 2012. (encolombia.com)

Cuanto más ordenada y clara esté su información, más fácil será que el trámite sea admitido rápidamente y que los acreedores confíen en la propuesta de pago.

Checklist de documentos esenciales

  1. Informe de causas de la cesación de pagos
    • Relato claro y concreto de por qué dejó de pagar: pérdida de empleo, enfermedad, separación, caída de ingresos, etc.
    • Fechas aproximadas y eventos clave (por ejemplo: mes en que perdió el trabajo, accidente, cierre de negocio familiar).
  2. Propuesta de negociación de deudas
    • Cuánto puede pagar mensualmente (ingresos - gastos básicos reales).
    • Plazos ofrecidos (por ejemplo, 60 meses) y posibles quitas o reducción de intereses.
    • Orden de pago respetando la prelación de créditos (hipotecas, garantías reales, etc.).
  3. Relación completa de acreedores
    • Nombre y datos de contacto de cada acreedor (bancos, cooperativas, DIAN, entidades públicas, arrendador, etc.).
    • Valor adeudado: separar capital e intereses.
    • Tipo de crédito (consumo, vivienda, vehículo, tarjeta, obligación fiscal, etc.).
    • Títulos o documentos donde consta la deuda (pagarés, contratos, extractos).
    • Nombre y datos de codeudores, fiadores o garantes, si los hay. (encolombia.com)
  4. Relación de bienes y activos
    • Inmuebles: certificados de tradición y libertad.
    • Vehículos: tarjetas de propiedad, avalúos si los hay.
    • Cuentas bancarias, CDT, inversiones.
    • Bienes muebles de valor (maquinaria, equipos, etc.).
  5. Información de ingresos y gastos
    • Desprendibles de nómina, certificados laborales o contratos de prestación de servicios.
    • Declaraciones de renta si aplica.
    • Relación de gastos fijos mensuales: arriendo, alimentación, transporte, educación, salud.
  6. Información judicial y administrativa
    • Copias de demandas ejecutivas, notificaciones, mandamientos de pago.
    • Procesos de cobro coactivo (DIAN, UGPP, municipios, etc.) si los hay.
  7. Otros documentos de soporte
    • Historias clínicas o incapacidades si la causa fue enfermedad.
    • Sentencias o actas de divorcio, liquidación de sociedad conyugal.
    • Cualquier otro documento que explique la situación económica.

Consejos prácticos al recolectar documentos

  • No oculte acreedores: la lista debe ser completa; dejar acreedores por fuera puede generar impugnaciones y hasta fraudes.
  • Use una hoja de cálculo para organizar acreedores, montos y fechas de mora; su abogado y el conciliador se lo agradecerán.
  • Prepare versiones digitales (PDF) y físicas, porque muchos centros de conciliación y notarías trabajan con ambos formatos.

Preguntas de seguimiento

  • ¿Qué pasa si no tengo todos los documentos de una deuda (por ejemplo, el pagaré se perdió)?
  • ¿Cómo probar ingresos si trabajo por cuenta propia o en la informalidad?
  • ¿El operador puede pedirme documentos adicionales después de radicar la solicitud?

¿Por qué es clave contar con un abogado experto en insolvencia para negociar?

Aunque la ley permite que el deudor presente la solicitud directamente, en la práctica el acompañamiento de un abogado especializado en insolvencia suele marcar la diferencia entre un acuerdo viable y terminar en liquidación patrimonial. (encolombia.com)

El proceso combina técnica jurídica, negociación financiera y manejo estratégico de plazos, mayorías y objeciones de acreedores; un error en la propuesta, en la forma de presentar la información o en las comunicaciones puede costar el fracaso del trámite.

Funciones clave del abogado en el proceso

  • Diagnóstico inicial realista:
    • Revisa si usted verdaderamente cumple los requisitos de cesación de pagos.
    • Calcula capacidad de pago mensual real, sin sobreestimar lo que puede asumir.
  • Diseño de la estrategia de negociación:
    • Prioriza qué deudas conviene reestructurar, cuáles deben pagarse más rápido y cuáles pueden tener más rebajas.
    • Plantea escenarios: acuerdo conservador vs. agresivo, con distintos niveles de quitas e intereses.
  • Preparación de la solicitud y anexos:
    • Redacta el informe de causas de la cesación de pagos en lenguaje claro pero técnicamente sólido.
    • Organiza anexos para que el operador admita el caso sin reprocesos.
  • Defensa durante la audiencia:
    • Responde objeciones de los acreedores sobre montos, intereses o garantías.
    • Negocia en tiempo real ajustes a la propuesta para salvar el acuerdo.
  • Seguimiento del acuerdo y manejo de incumplimientos:
    • Asesora si necesita reformar el acuerdo por cambios en sus ingresos.
    • Evita que un incumplimiento puntual termine en liquidación innecesaria.

Ventajas adicionales de un abogado especializado

  • Conoce criterios habituales de bancos y entidades públicas en este tipo de negociaciones (qué aceptan y qué no).
  • Reduce el riesgo de cometer actos que luego puedan ser cuestionados como fraude a acreedores (por ejemplo, ventas de bienes sospechosas antes del trámite).
  • Puede coordinar la insolvencia con otros frentes: negociaciones directas con bancos, defensa en procesos ejecutivos, acuerdos laborales, etc.

Preguntas de seguimiento

  • ¿Cómo elegir un abogado con experiencia real en insolvencia de personas naturales?
  • ¿Cuánto cobra usualmente un abogado por acompañar todo el trámite y cómo se paga?
  • ¿Es posible que el centro de conciliación o la notaría recomienden profesionales neutralmente?

Errores comunes y mitos sobre la insolvencia de persona natural no comerciante

Alrededor de la insolvencia de persona natural circulan muchos mitos que llevan a tomar malas decisiones: no hacer nada, vender bienes a familiares o acudir a "milagros" financieros. Aclarar estas ideas le ayuda a decidir con información, no con miedo.

Mitos frecuentes

  • "Si me declaro en insolvencia me quitan todo de inmediato"
    • Falso: la primera etapa es de negociación, no de liquidación.
    • Solo si la negociación fracasa o el acuerdo se incumple gravemente, se pasa a la etapa de liquidación patrimonial, donde sí se pueden vender bienes para pagar deudas.
  • "La insolvencia borra mis deudas como por arte de magia"
    • Falso: las deudas no se borran; se reorganizan.
    • Las rebajas de capital o intereses dependen de lo que usted logre negociar y que los acreedores acepten.
  • "Si estoy en insolvencia nunca más podré tener crédito"
    • Inexacto: durante un tiempo su historial será negativo, pero al cumplir el acuerdo y, pasada la permanencia del dato negativo, es posible volver a acceder al sistema financiero.
    • La Ley 2157 de 2021 reguló límites al tiempo de los reportes negativos, favoreciendo al "buen pagador" que se pone al día. (dentons.cardenas-cardenas.com)
  • "Es mejor esperar al embargo y luego mirar qué hago"
    • Peligroso: una vez avanza un proceso ejecutivo, puede perder bienes o ver embargado su salario antes de entrar a insolvencia.
    • El régimen está justamente diseñado para actuar antes de que el daño patrimonial sea irreversible.

Preguntas de seguimiento

  • ¿Qué pasa si vendí un bien poco antes de iniciar la insolvencia?
  • ¿Puedo excluir mi vivienda familiar de la liquidación si las cosas salen mal?
  • ¿Cómo afecta la insolvencia a mi pareja si estamos casados o en unión marital de hecho?

Preguntas frecuentes sobre insolvencia de persona natural no comerciante en Colombia

¿Ante quién puedo verificar si un centro de conciliación está autorizado para llevar procesos de insolvencia?

Puede consultar el listado de centros autorizados en el sitio del Ministerio de Justicia, sección de Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, o revisar directamente la información del procedimiento para negociación de deudas. (minjusticia.gov.co)

¿Cuánto dura el historial negativo después de que pago mis deudas o cumplo el acuerdo?

En general, después del pago o cumplimiento del acuerdo, la información negativa puede permanecer máximo el doble del tiempo que estuvo en mora, con tope de 4 años, conforme a la Ley 2157 de 2021. Luego de ese plazo, el reporte negativo debe ser eliminado por las centrales de riesgo. (dentons.cardenas-cardenas.com)

¿Puedo incluir deudas en dólares o en UVR en el proceso?

Sí. Estas deudas se convierten a pesos colombianos con corte al día anterior a la aceptación de la solicitud, para efectos de calcular mayorías y valores en el acuerdo. (insolvenciacolombia.com)

¿Qué pasa si incumplo el acuerdo de pago luego de firmado?

Si el incumplimiento no se corrige mediante una reforma del acuerdo, el operador o un acreedor puede denunciarlo y, de persistir, el caso se remite al juez civil municipal para abrir la liquidación patrimonial, con riesgo real de venta de bienes para pagar las deudas. (apps.procuraduria.gov.co)

¿Cuántas veces puedo acudir al régimen de insolvencia de persona natural?

La ley establece restricciones para presentar nuevas solicitudes de liquidación patrimonial después de una liquidación previa (por ejemplo, un plazo de 10 años), por lo que es un recurso que debe usarse estratégicamente y con buena asesoría. (cancilleria.gov.co)

Cuándo contratar un abogado

Es recomendable contratar un abogado antes de radicar la solicitud, en cualquiera de estos escenarios:

  • Tiene varios procesos ejecutivos o amenazas de embargo simultáneos.
  • Su información financiera está desordenada y no sabe por dónde comenzar.
  • Sus deudas incluyen entidades públicas (DIAN, UGPP, municipios) o créditos con garantías reales (hipoteca, prenda sobre vehículo).
  • Ha firmado pagarés con codeudores que teme afectar.

También es clave tener abogado:

  • Durante la audiencia de negociación, para responder objeciones y renegociar sobre la marcha.
  • Si algún acreedor impugna el acuerdo o el juez debe intervenir.
  • Si el proceso pasa a liquidación patrimonial, para proteger mejor sus derechos y evitar errores que puedan constituir fraude a acreedores.

Próximos pasos

Si usted está sobreendeudado, con cuotas atrasadas y amenazas de embargo, la insolvencia de persona natural no comerciante puede ser una herramienta poderosa para recuperar el control de su vida financiera. Para avanzar de forma ordenada:

  1. Haga un inventario honesto de todas sus deudas, ingresos, gastos y bienes.
  2. Solicite una consulta con un abogado experto en insolvencia de personas naturales para validar si cumple los requisitos.
  3. Elabore, con apoyo profesional, una propuesta de pago realista que pueda sostener en el tiempo.
  4. Elija el operador adecuado (centro de conciliación autorizado o notaría) y radique la solicitud con todos los anexos.
  5. Prepárese para la audiencia: entienda su propuesta, sus prioridades y hasta dónde puede negociar.

Actuar a tiempo es fundamental: mientras antes se asesore y se acoja al régimen de insolvencia, más margen tendrá para negociar con sus acreedores y proteger su patrimonio y el de su familia.

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