Cómo responder a una demanda civil en Spain paso a paso

Actualizado Dec 10, 2025
  • En la mayoría de demandas civiles tienes entre 10 y 20 días hábiles para contestar por escrito; el plazo empieza el día hábil siguiente a la notificación y es improrrogable.
  • No contestar a tiempo supone que el juzgado te declare en rebeldía y el procedimiento seguirá sin ti, con alto riesgo de condena y embargos posteriores.
  • Las principales opciones de respuesta son: allanarte (aceptar), oponerte (defenderte), presentar reconvención (contrademanda) y/o negociar un acuerdo.
  • En casi todos los juicios ordinarios y en la mayoría de juicios verbales necesitas abogado y procurador; sólo se prescinde de ellos en verbales por cuantía hasta 2.000 €.
  • Si no tienes recursos, puedes solicitar asistencia jurídica gratuita, que cubre abogado, procurador y otros gastos del procedimiento.
  • Es clave identificar bien el tipo de juicio, el plazo exacto y organizar la documentación en los primeros 2‑3 días desde que recibes la demanda.

¿Cómo responder rápidamente a una demanda civil en España?

Responder bien a una demanda civil en España implica tres decisiones inmediatas: comprobar la fecha exacta de notificación, calcular el último día para contestar y elegir, con ayuda de un profesional, la estrategia (aceptar, defenderse, contrademandar o negociar). En la práctica, esto significa actuar en los primeros días, no "dejarlo para después", porque los plazos procesales son cortos y no se amplían.

Quien busca esta información suele tener una intención de "hacer" (saber qué pasos seguir ahora mismo) más que de "solo informarse", tanto si es una persona particular (impago, conflicto de alquiler, reclamación de cantidad) como si gestiona una pequeña empresa (facturas, incumplimientos de contrato). El objetivo de esta guía es que puedas tomar decisiones rápidas y realistas, sabiendo qué puedes y qué no puedes hacer legalmente.

Checklist inmediato (primeros 2‑3 días)

  • Guarda el sobre y la resolución del juzgado (sirven para acreditar la fecha de notificación).
  • Comprueba qué juzgado te demanda y por qué cuantía.
  • Localiza en la cédula de emplazamiento el plazo para contestar (normalmente 10 o 20 días hábiles).
  • Escanea o fotografía toda la documentación y envíasela a un abogado lo antes posible.
  • Si necesitas justicia gratuita o designación de abogado/procurador, solicítalo dentro de los 3 primeros días hábiles desde la notificación para que se suspenda el plazo de contestación.

¿Qué es exactamente una demanda civil en España y qué datos debe contener?

Una demanda civil es el escrito formal con el que otra persona o empresa inicia un procedimiento ante un juzgado reclamándote algo (dinero, un hacer/no hacer, la entrega de un bien, etc.). Siempre va acompañada de una resolución del juzgado que la admite a trámite y te emplaza (cita) para contestar en un plazo concreto.

En España, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) regula el contenido mínimo de la demanda y del emplazamiento.(boe.es) Lo habitual es que recibas:

  • Identificación del órgano judicial: "Juzgado de Primera Instancia nº X de [localidad]".
  • Datos de las partes: nombre/NIF o CIF de quien demanda (demandante) y de quien es demandado (tú o tu empresa).
  • Demanda civil propiamente dicha, donde se detallan:
    • Los hechos (relato de lo ocurrido según la otra parte).
    • Los fundamentos jurídicos (artículos de leyes que invoca).
    • El "suplico" o peticiones (lo que pide al juzgado: una cantidad, un desahucio, la resolución de un contrato, etc.).
  • Documentos adjuntos: contratos, facturas, correos, burofaxes, extractos bancarios, etc., que el demandante usa como prueba.
  • Cédula de emplazamiento o decreto del Letrado de la Administración de Justicia, donde se te indica:
    • Que dispones de un plazo de 10 o 20 días hábiles para contestar.
    • Si necesitas o no abogado y procurador.
    • El número de procedimiento.

Cómo revisar la documentación que has recibido

  • Anota en un papel claro: quién te demanda, por cuánto dinero y qué pide exactamente.
  • Separa la demanda de los anexos (contratos, facturas, etc.) para que el abogado pueda revisarlos rápidamente.
  • Comprueba si en la cédula se menciona "juicio ordinario" o "juicio verbal": determinará el plazo para contestar.
  • Revisa que tus datos (dirección, NIF, razón social) son correctos; si hay errores relevantes, coméntalo con tu abogado porque puede influir en la estrategia.

¿Cuáles son los plazos para contestar a una demanda civil según la Ley de Enjuiciamiento Civil?

En España, el plazo general para contestar a una demanda es de 20 días hábiles en el juicio ordinario y de 10 días hábiles en el juicio verbal contados desde el día hábil siguiente a la notificación.(garrigues.com) Se trata de plazos procesales improrrogables: si se pasan, pierdes el derecho a contestar en tiempo.

Los días se computan conforme a los artículos 130 y 133 LEC: son inhábiles los sábados, domingos, todo el mes de agosto, los festivos nacionales y los festivos laborales de tu Comunidad Autónoma y localidad, así como los días entre el 24 de diciembre y el 6 de enero. Además, el plazo empieza a contar el día hábil siguiente a la notificación y, si el último día cae en sábado, domingo o festivo, se prorroga al siguiente hábil.(iberley.es)

Tabla resumen de plazos para contestar a la demanda

Tipo de procedimiento Cuantía orientativa Plazo para contestar Abogado / Procurador
Juicio ordinario Normalmente > 15.000 € o asuntos complejos por materia 20 días hábiles Prácticamente siempre obligatorios
Juicio verbal por cuantía Hasta 15.000 € (por cuantía) 10 días hábiles No obligatorios solo si la cuantía no supera 2.000 €
Juicio verbal por materia (desahucios, propiedad horizontal, etc.) Cualquiera 10 días hábiles En la práctica, casi siempre obligatorios por la cuantía y complejidad

Ejemplo sencillo de cómputo del plazo

  • Te notifican una demanda de juicio ordinario un miércoles 10.
  • El plazo empieza el jueves 11 (día hábil siguiente).
  • Cuentas 20 días hábiles, excluyendo sábados, domingos, festivos y todo agosto si cae en medio.
  • Si el día 20 cae en domingo, el último día para presentar la contestación será el lunes siguiente.

Suspensión del plazo por solicitud de justicia gratuita o designación de profesionales

Si no puedes asumir el coste de un abogado o procurador, o aunque puedas pagar prefieres que el Colegio te designe uno (por ejemplo, porque resides lejos del juzgado), debes pedirlo dentro de los 3 primeros días hábiles desde la notificación de la demanda. En ese caso, el plazo para contestar queda suspendido hasta que se resuelva la solicitud y se te asigne abogado y/o procurador.(mundojuridico.info)

¿Qué opciones de defensa tienes: allanamiento, oposición, reconvención y acuerdos?

Ante una demanda civil no solo puedes "ganar" o "perder": hay varias vías de respuesta. Las cuatro grandes opciones son: allanarte (aceptar total o parcialmente), oponerte (discutir los hechos y el derecho), reconvenir (presentar una contrademanda dentro del mismo proceso) y buscar un acuerdo que se pueda incluso homologar judicialmente.

Allanamiento: reconocer total o parcialmente la demanda

El allanamiento significa que aceptas, de forma expresa, las pretensiones del demandante, ya sea totalmente (por ejemplo, reconoces toda la deuda reclamada) o parcialmente (discutes solo una parte). Suele ser la opción adecuada cuando el derecho de la otra parte está claro y continuar litigando solo aumentaría costes e intereses.

  • Permite una resolución más rápida, normalmente con sentencia de conformidad.
  • En muchos casos implica que te condenen al pago de las costas (honorarios de abogado y procurador de la otra parte), salvo que haya dudas jurídicas razonables.
  • Puedes combinarlo con un acuerdo de plazos de pago o quitas negociadas.

Oposición: contestar y defenderte frente a la demanda

La oposición es la respuesta habitual: presentas un escrito de contestación en el que explicas por qué no estás de acuerdo con lo que se te reclama y aportas tus propias pruebas. La LEC exige que en ese escrito se planteen todas tus alegaciones de fondo, así como los defectos procesales que puedan impedir la continuación válida del proceso.(leylegal.com)

  • Hechos: niegas los hechos inexactos, matizas otros e introduces hechos nuevos relevantes (pagos ya realizados, incumplimientos de la otra parte, etc.).
  • Defensas jurídicas: por ejemplo, prescripción de la acción, falta de legitimación del demandante, compensación de créditos, nulidad de cláusulas, abuso de derecho.
  • Excepciones procesales: incompetencia territorial del juzgado, litispendencia, defecto en la demanda, falta de requisitos formales.
  • Prueba: adjuntas documentos y propones testigos, peritos o interrogatorio de la otra parte.

Reconvención: presentar una contrademanda en el mismo procedimiento

La reconvención es una auténtica contrademanda presentada por el demandado contra el demandante, aprovechando el mismo procedimiento. La LEC permite reconvenir en el juicio ordinario (arts. 406 y ss.) y, con ciertas condiciones, en algunos juicios verbales.(iberley.es)

  • Debe existir conexión entre lo que te reclaman y lo que tú reclamas (mismo contrato, misma relación jurídica, etc.).
  • No se admite si obliga a cambiar de tipo de juicio o si el juzgado carece de competencia para la nueva pretensión.
  • Es útil, por ejemplo, cuando el proveedor te demanda una factura, pero tú reclamas daños por un mal servicio o incumplimiento del mismo contrato.

En la práctica, la reconvención exige un análisis técnico riguroso: conviene plantearla solo cuando aporta una ventaja clara de estrategia (por ejemplo, evitar un segundo procedimiento costoso).

Acuerdos: negociación, mediación y homologación judicial

En cualquier momento, incluso antes de contestar, puedes explorar un acuerdo. La tendencia legislativa reciente, reforzada por la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia judicial, impulsa los medios adecuados de solución de controversias (MASC), como la mediación, especialmente en asuntos civiles y mercantiles.(cincodias.elpais.com)

  • Acuerdo extrajudicial simple: pactáis pagos fraccionados, rebajas de deuda, entrega de bienes, etc. Podéis pedir al juzgado que homologue el acuerdo para que tenga fuerza de cosa juzgada.
  • Mediación: un tercero neutral os ayuda a llegar a un pacto. Puede ser especialmente útil en conflictos de comunidad de propietarios, familia (salvo casos especiales) o relaciones comerciales continuadas.
  • Negociación "ligada" a la contestación: muchas veces se presenta la contestación en plazo para no perder derechos y se sigue negociando paralelamente.

¿Qué ocurre si no contestas a tiempo o ignoras la citación judicial?

Si dejas pasar el plazo para contestar o ignoras la citación, el Letrado de la Administración de Justicia te declarará en rebeldía procesal. El procedimiento continúa sin tu participación y el juez resolverá con la información y pruebas aportadas únicamente por la otra parte, con un riesgo muy alto de condena.

La LEC deja claro que la rebeldía no equivale automáticamente a admitir los hechos ni a allanarse, pero te coloca en una posición muy desventajosa: no presentas defensa ni pruebas y difícilmente podrás "reconstruir" esa fase después.(papelea.com)

  • Sentencia en tu ausencia: el juzgado puede dictar sentencia condenándote, por ejemplo, al pago de la cantidad reclamada, al desahucio, a la resolución de un contrato, etc.
  • Costas procesales: si te condenan, es muy probable que también te impongan las costas (honorarios de abogado y procurador de la otra parte).
  • Ejecución forzosa: con la sentencia firme, el demandante podrá iniciar ejecución (embargos de cuentas, nómina, bienes, anotaciones en el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles).
  • Difícil marcha atrás: la LEC prevé mecanismos excepcionales (rescisión de sentencia firme, nulidad de actuaciones) para supuestos muy concretos (por ejemplo, falta de notificación real), pero no son soluciones "automáticas".

Por eso, salvo que un abogado te indique expresamente lo contrario, no contestar nunca es una buena estrategia. Incluso si el asunto parece menor, una condena puede tener consecuencias económicas y patrimoniales desproporcionadas a medio plazo.

¿Cuándo es obligatorio contratar abogado y procurador para contestar una demanda civil en España?

Como regla general, en los procedimientos civiles en España es obligatorio actuar con abogado y, además, con procurador, salvo en algunos juicios verbales de cuantía reducida (hasta 2.000 €) y en trámites muy concretos.(boe.es)

Los artículos 23 y 31 LEC establecen que:

  • Es obligatoria la intervención de procurador y abogado en la mayoría de procedimientos, especialmente:
    • Juicio ordinario (casi todos los asuntos de más de 15.000 € o por razón de la materia).
    • Juicios verbales por materia (desahucios, muchas reclamaciones de comunidad de propietarios, división de cosa común, etc.), donde la cuantía suele superar 2.000 €.
  • Puedes prescindir de abogado y procurador:
    • En juicios verbales cuya determinación se haya hecho por cuantía y ésta no exceda de 2.000 €.
    • En la petición inicial de un procedimiento monitorio.
    • En ciertos procedimientos muy específicos (juicios universales para solo presentar créditos, incidentes sobre justicia gratuita, medidas urgentes previas).

Aun cuando la ley permita ir sin profesionales, en la práctica suele ser muy recomendable contar al menos con un abogado, porque la contestación a la demanda es un escrito técnico que condiciona todo el proceso y el futuro de posibles recursos.

Costes orientativos y asistencia jurídica gratuita

Los honorarios de abogado y procurador varían mucho según la cuantía y complejidad del asunto, pero, de forma muy orientativa:

  • En reclamaciones sencillas de menor cuantía, la defensa puede situarse a partir de 600‑900 € para el abogado y 200‑400 € para el procurador.
  • En asuntos de cuantías medias y altas (por ejemplo, 20.000‑60.000 €), los honorarios pueden alcanzar varios miles de euros, especialmente si hay vista, peritos y recursos.

Si no tienes recursos suficientes, puedes solicitar asistencia jurídica gratuita, regulada por la Ley 1/1996 y gestionada por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas. Este derecho puede incluir: abogado y procurador de oficio, exención de tasas judiciales, peritajes gratuitos y reducción o exención de depósitos.(mjusticia.gob.es) Puedes informarte y tramitarla a través de la web del Ministerio de Justicia: Asistencia Jurídica Gratuita - Ministerio de Justicia.

Errores frecuentes y mitos al responder a una demanda civil

Hay ideas muy extendidas que pueden llevar a decisiones equivocadas cuando recibes una demanda. Tres de las más peligrosas son:

  • "Si no recojo la carta o no abro el buzón, el problema desaparece": el juzgado puede notificar por edictos (tablón judicial o boletín oficial) y el procedimiento seguirá adelante aunque no te enteres en la práctica.
  • "Siempre tengo un mes para contestar": en la LEC, los plazos ordinarios son de 10 o 20 días hábiles, que pueden equivaler a menos de un mes natural. Actuar tarde por esta creencia es uno de los errores más habituales.
  • "Puedo escribir una carta sencilla al juez contando mi versión": la contestación debe cumplir una estructura legal y presentarse por los cauces procesales adecuados, normalmente a través de abogado y procurador. Un escrito informal puede ser ineficaz o inadmitido.

Preguntas frecuentes sobre cómo responder a una demanda civil en España

¿Qué hago si el plazo para contestar vence muy pronto o creo que ya ha vencido?

Acude de inmediato a un abogado con toda la documentación y la fecha exacta de notificación. A veces, el plazo no se ha computado bien (por días inhábiles o por agosto) o puede existir alguna vía excepcional (nulidad de actuaciones, rescisión) si hubo defectos graves de notificación, pero eso debe valorarlo un profesional cuanto antes.

¿Puedo contestar a una demanda civil sin abogado?

Solo en juicios verbales por cuantía que no exceda de 2.000 € y en algunos trámites específicos está permitido contestar sin abogado ni procurador. Aun así, es recomendable al menos una consulta con un letrado, porque un error en la contestación puede cerrar vías de defensa para todo el procedimiento.

¿Qué pasa si llego a un acuerdo con la otra parte después de que me hayan demandado?

Podéis firmar un acuerdo privado y pedir al juzgado que lo homologue, o bien allanarte parcialmente reflejando el acuerdo en la propia contestación. En muchos casos esto reduce tiempos y costes, pero conviene plasmarlo por escrito y revisarlo con un abogado para evitar futuros conflictos o ejecuciones inesperadas.

¿Cómo sé si puedo pedir justicia gratuita?

Depende de tus ingresos, patrimonio y unidad familiar. Los umbrales se fijan en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y en la normativa autonómica; como referencia, se toman multiplicadores del IPREM anual. Si crees que puedes cumplirlos, presenta la solicitud en el Colegio de Abogados o por vía telemática cuanto antes, idealmente dentro de los 3 primeros días hábiles tras la notificación.

¿Puedo cambiar de abogado durante el procedimiento?

Sí. Puedes revocar al abogado y nombrar otro en cualquier momento, asumiendo los honorarios pendientes y coordinando la entrega del expediente. Si tienes justicia gratuita, el cambio solo es posible por causas justificadas (pérdida de confianza objetiva, inactividad clara, etc.) y requiere la intervención del Colegio de Abogados.

¿Cuándo conviene contratar un abogado para responder a una demanda civil?

Es aconsejable contactar con un abogado desde el mismo día en que recibes la demanda, incluso si crees que el asunto es sencillo o que la otra parte "no lleva razón". Un análisis temprano permite:

  • Determinar con precisión el tipo de procedimiento y el plazo.
  • Valorar si es viable defenderse, allanarse parcialmente o buscar un acuerdo.
  • Reunir y ordenar las pruebas necesarias (documentos, testigos, peritajes).
  • Evitar errores irreversibles en la contestación (por ejemplo, no alegar una prescripción o una compensación de créditos a tiempo).

Es especialmente importante contar con abogado y procurador cuando:

  • La cuantía supera claramente los 2.000 €, o se trata de un juicio ordinario.
  • Está en juego tu vivienda, tu negocio, un desahucio o cantidades relevantes.
  • Hay cláusulas complejas (productos financieros, contratos de larga duración, contratos internacionales, propiedad intelectual, etc.).
  • Eres administrador de una sociedad y la demanda puede afectar a tu responsabilidad personal.

¿Cuáles son los próximos pasos si has recibido una demanda civil en España?

Si ya tienes la demanda en la mano, estas son las acciones recomendadas, en orden:

  1. Identifica la fecha de notificación y calcula el plazo de 10 o 20 días hábiles; anota claramente el último día para contestar.
  2. Contacta con un abogado especializado en litigios civiles (y, si procede, en la materia concreta: arrendamientos, mercantil, responsabilidad contractual, etc.).
  3. Prepara un dossier con: copia de la demanda, anexos, contratos, comunicaciones previas, facturas, justificantes de pagos, y un breve resumen por escrito de tu versión de los hechos.
  4. Si no puedes costear la defensa, solicita asistencia jurídica gratuita o designación de abogado/procurador dentro de los 3 primeros días hábiles.
  5. Con tu abogado, decide la estrategia: allanamiento (total o parcial), oposición, reconvención y/o apertura de una negociación paralela.
  6. Asegúrate de que la contestación se presenta en el juzgado antes del último día del plazo, y guarda justificante de presentación.

A partir de ahí, el procedimiento seguirá su curso (audiencia previa, juicio, sentencia y, en su caso, recursos). Tener una contestación sólida y bien fundamentada es la mejor base para defender tus intereses, ya seas un particular o estés actuando en nombre de tu empresa.

Para consultar directamente la normativa aplicable, puedes acceder al texto consolidado de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el Boletín Oficial del Estado: Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil - BOE.

¿Necesita Orientación Legal?

Conéctese con abogados experimentados en su área para obtener asesoramiento personalizado.

Sin obligación de contratar. Servicio 100% gratuito.

Conéctese con Abogados Expertos

Obtenga asesoramiento legal personalizado de profesionales verificados en su área

LBO Legal Logo
LBO Legal
Sevilla
Desde 2012
10 abogados
Empleo y trabajo Negocios Corporativo y Comercial +1 más

Todos los abogados son profesionales verificados y con licencia con historiales comprobados

Descargo de responsabilidad:
La información proporcionada en esta página es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Si bien nos esforzamos por garantizar la precisión y relevancia del contenido, la información legal puede cambiar con el tiempo y las interpretaciones de la ley pueden variar. Siempre debe consultar con un profesional legal calificado para obtener asesoramiento específico para su situación.

Renunciamos a toda responsabilidad por las acciones tomadas o no tomadas en función del contenido de esta página. Si cree que alguna información es incorrecta o está desactualizada, por favor contáctenos, y la revisaremos y actualizaremos cuando corresponda.