¿Cómo reestructurar deudas y concurso preventivo en Argentina?

Actualizado Dec 10, 2025
  • En Argentina, la herramienta central para evitar la quiebra es el concurso preventivo regulado por la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras.
  • Las señales de alerta suelen aparecer meses o años antes de la quiebra: falta de liquidez crónica, atrasos impositivos y bancarios, embargos y pérdida de líneas de crédito.
  • Un acuerdo privado (con o sin APE) puede ser más flexible y confidencial, pero no protege frente a todos los acreedores como sí lo hace el concurso preventivo.
  • Al abrirse el concurso preventivo se suspenden la mayoría de las ejecuciones e intereses antiguos, y la empresa puede renegociar sus deudas bajo supervisión judicial.
  • El abogado diseña la estrategia jurídica y negocia con acreedores; el contador arma el diagnóstico financiero y la información contable que exige el juzgado.
  • En crisis serias de liquidez, consultar tempranamente a un equipo abogado-contador suele marcar la diferencia entre una reestructuración ordenada y la quiebra.

¿Qué es la reestructuración de deudas y el concurso preventivo de empresas en Argentina?

La reestructuración de deudas es el proceso mediante el cual una empresa renegocia plazos, intereses y condiciones de sus obligaciones para volverlas pagables. En Argentina, el principal mecanismo judicial para lograrlo y evitar la quiebra es el concurso preventivo, regulado por la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras. Este proceso permite que la empresa, bajo control judicial, presente un plan de pagos a sus acreedores y obtenga un "reseteo" ordenado de su pasivo.

La Ley 24.522 establece que el presupuesto para abrir un concurso es el estado de "cesación de pagos", es decir, cuando la empresa ya no puede cumplir normal y regularmente con sus obligaciones exigibles. El concurso puede ser solicitado por personas humanas o jurídicas (sociedades, cooperativas, etc.) mientras no se haya declarado su quiebra. Una vez abierto, se aplica un régimen especial que afecta a todo el patrimonio del deudor, con reglas específicas para juicios, intereses, contratos y acuerdos con acreedores.

El concurso no es la única forma de reestructurar. Existen acuerdos puramente privados y figuras como el convenio preventivo extrajudicial (APE), pero el concurso es la herramienta más amplia en protección y alcance, especialmente cuando hay muchos acreedores, ejecuciones en curso y fuerte presión financiera.

¿Cuáles son las señales de alerta para evaluar una reestructuración de deudas antes de la quiebra?

Las señales de alerta aparecen mucho antes de la quiebra y, si se detectan a tiempo, permiten encarar una reestructuración ordenada. En general, conviene pensar en reestructurar cuando la empresa deja de poder pagar "en tiempo y forma" de manera sistemática y debe financiarse con parches permanentes. Cuanto antes se actúa, más opciones reales hay para evitar la insolvencia definitiva.

A continuación se presenta una checklist práctica para directores, gerentes financieros y dueños de pymes:

Señales financieras y de liquidez

  • Uso permanente de descubiertos bancarios y cheques diferidos para pagar gastos corrientes (sueldos, alquileres, proveedores clave).
  • Necesidad constante de "patear" pagos (refinanciaciones cortas, cheques a más de 90/120 días) para cubrir deudas anteriores.
  • Margen operativo (EBITDA) insuficiente para cubrir intereses durante varios trimestres.
  • Dependencia excesiva de un solo cliente o proveedor; la pérdida o atraso de uno de ellos descalibra toda la caja.

Señales legales y fiscales

  • Atrasos significativos con AFIP o rentas provinciales (planes de pago incumplidos o imposibles de sostener).
  • Embargos bancarios, inhibiciones generales de bienes, medidas cautelares frecuentes.
  • Juicios ejecutivos de proveedores, bancos o tarjetas por facturas impagas y deudas financieras.

Señales operativas y de gestión

  • Aumento en la rotación de personal clave, pérdida de proveedores estratégicos o de líneas de crédito comerciales.
  • Retrasos críticos en inversiones mínimas (mantenimiento, stock básico) por falta de fondos, poniendo en riesgo la continuidad del negocio.
  • Falta de estados contables actualizados y confiables; imposibilidad de armar un flujo de fondos proyectado realista.

Una regla práctica: si durante más de 6-12 meses la empresa solo sobrevive "apagando incendios", no logra reducir su nivel de deuda y se acumulan juicios o embargos, es momento de evaluar seriamente un plan de reestructuración integral y, eventualmente, un concurso preventivo.

¿Qué diferencias hay entre un acuerdo privado con acreedores y el concurso preventivo en Argentina?

Un acuerdo privado con acreedores permite negociar de forma directa y, muchas veces, confidencial, pero solo obliga a quienes lo firman. El concurso preventivo, en cambio, es un proceso judicial formal que, si el acuerdo es homologado, se impone a todos los acreedores alcanzados por la ley, incluso los disidentes. La elección entre uno y otro dependerá del número de acreedores, el nivel de conflicto y la urgencia por frenar ejecuciones.

Resumen comparativo:

Aspecto Acuerdo privado con acreedores Concurso preventivo
Naturaleza Negociación contractual entre empresa y acreedores (puede incluir un Convenio Preventivo Extrajudicial - APE - si se homologa judicialmente). Proceso judicial integral regulado por la Ley 24.522, con intervención de juez y síndico.
Protección frente a ejecuciones No suspende automáticamente juicios ni embargos; cada acreedor decide si frena o no su reclamo. La apertura genera suspensión de la mayoría de los juicios patrimoniales por deudas anteriores y atrae las causas al juez del concurso.
Obligatoriedad Solo obliga a quienes suscriben el acuerdo. Los acreedores "de afuera" pueden seguir ejecutando. El acuerdo homologado se aplica a todos los acreedores quirografarios y a ciertos privilegiados, aunque hayan votado en contra.
Confidencialidad Puede mantenerse en gran medida reservado, sobre todo si no se recurre a APE. Es público: se publican edictos, la causa es accesible y la situación de la empresa se conoce en el mercado.
Costos y tiempos Puede ser más rápido y barato si hay pocos acreedores y voluntad de acuerdo; los costos son principalmente honorarios profesionales. Implica tasas judiciales, publicación de edictos, honorarios de síndico y profesionales, y plazos procesales más rígidos (períodos de verificación, exclusividad, etc.).
Control de la empresa Pleno control de los socios y administradores, salvo que se otorguen garantías o covenants especiales. La empresa sigue siendo administrada por sus directores, pero bajo supervisión judicial y del síndico, con ciertas restricciones.

En términos estratégicos, muchas empresas primero exploran acuerdos privados con bancos y proveedores clave. Si no logran una adhesión suficiente o necesitan frenar un "frente de tormenta" de juicios y embargos, el concurso preventivo pasa a ser la opción necesaria.

¿Cuáles son los pasos básicos para solicitar un concurso preventivo en Argentina?

El camino al concurso preventivo comienza con un diagnóstico financiero serio y culmina, si todo sale bien, con la homologación de un acuerdo con los acreedores. A grandes rasgos, el proceso va desde la preparación de la documentación exigida por la Ley 24.522 hasta la negociación intensiva durante el llamado "período de exclusividad".

1. Diagnóstico interno y decisión empresaria

Antes de cualquier presentación, la empresa debe evaluar si está en "cesación de pagos" y si tiene viabilidad económica futura. Esto se hace con un análisis de:

  • Estado de resultados y flujos de caja actuales y proyectados.
  • Estructura de deuda: tipos de acreedores (laborales, fiscales, financieros, comerciales), montos y garantías.
  • Capacidad real de generar caja para cumplir un plan de pagos con quitas y esperas razonables.

En sociedades, suele requerirse una decisión formal (acta de directorio y, si corresponde, asamblea) autorizando la presentación en concurso.

2. Recolección de documentación exigida por la Ley 24.522

La ley establece requisitos formales para el pedido de concurso, que incluyen, entre otros:

  • Datos de identificación de la empresa y prueba de su inscripción (estatuto, modificaciones, inscripción registral).
  • Estados contables recientes (balance general, estado de resultados, anexos) firmados por contador público y aprobados por los órganos sociales.
  • Nómina completa de acreedores, con montos, fechas, tipo de crédito (laboral, fiscal, bancario, proveedores, etc.) y domicilio.
  • Detalle de juicios en trámite y de garantías reales o personales otorgadas.
  • Inventario de bienes y una descripción básica de la actividad.

La calidad de esta información es crítica: inconsistencias o vacíos pueden generar impugnaciones y trabas posteriores.

3. Presentación del pedido de concurso y auto de apertura

Con el escrito de inicio se presenta la documentación ante el juez competente (generalmente, el del domicilio de la empresa). Si se cumplen los requisitos legales, el juez dicta la resolución de apertura del concurso preventivo. A partir de allí se producen efectos inmediatos como:

  • Publicación de edictos para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos.
  • Designación de un síndico que actuará como auxiliar de justicia, fiscalizando la contabilidad y la conducta del deudor.
  • Inicio de la suspensión de la mayoría de los juicios de contenido patrimonial por deudas anteriores a la presentación.

4. Verificación de créditos y análisis de la situación por el síndico

Durante el período de verificación, los acreedores presentan sus solicitudes de reconocimiento de crédito. El síndico analiza cada caso y emite un informe que el juez utiliza para determinar qué créditos son verificados y en qué categoría (privilegiados, quirografarios, etc.). Sobre esta base se construye el "mapa" de acreedores con los que el deudor deberá negociar.

5. Período de exclusividad y negociación del acuerdo

Una vez categorizados los créditos, comienza el llamado "período de exclusividad" (art. 43 de la Ley 24.522). Durante 90 días, prorrogables por hasta 30 días más según el número de acreedores y categorías, solo el deudor puede formular propuestas de acuerdo preventivo por categorías y obtener conformidades. Dentro de este período se negocian quitas, esperas y otras alternativas (capitalización de créditos, entrega de activos, emisión de obligaciones negociables, etc.).

En la práctica, este es el corazón del concurso: se realizan rondas intensas de negociación con bancos, proveedores estratégicos y acreedores laborales y fiscales, muchas veces con propuestas diferenciadas por tipo de acreedor.

6. Votación, homologación del acuerdo o fracaso del concurso

Si el deudor reúne las mayorías legales por categorías (en términos de número de acreedores y monto de créditos), el juez puede homologar el acuerdo. A partir de la homologación, las nuevas condiciones de pago se vuelven obligatorias para todos los acreedores alcanzados. Si el deudor no logra las mayorías dentro de los plazos, el concurso puede fracasar y, según el tipo de sociedad, abrirse instancias de "cram down" (ofertas de terceros) o directamente declararse la quiebra.

7. Costos típicos del proceso (en pesos argentinos)

Los costos concretos dependen de la jurisdicción, tamaño del pasivo y complejidad del caso, pero suelen incluir:

  • Tasa de justicia y aportes judiciales: se calculan generalmente como un porcentaje del valor económico del proceso o conforme aranceles locales, con mínimos que, al momento de redacción, pueden representar para una pyme varios cientos de miles de pesos argentinos.
  • Publicación de edictos en el diario oficial y en un diario de circulación masiva.
  • Honorarios de abogado, contador y síndico, muchas veces vinculados al monto del pasivo y al éxito del acuerdo.

Por la envergadura económica y el impacto reputacional, el concurso preventivo debe verse como una herramienta estratégica, no como un simple trámite judicial.

¿Cómo se congelan las ejecuciones y qué pasa con los contratos en curso durante el concurso preventivo?

Con la apertura del concurso preventivo se suspenden, desde la publicación de edictos, la mayoría de los juicios de contenido patrimonial por deudas anteriores, y se prohíbe iniciar nuevas acciones por esas mismas causas. Además, se detiene el devengamiento de intereses de gran parte de los créditos viejos y se impone un régimen especial para contratos en ejecución, incluidos servicios públicos y ciertos contratos comerciales clave.

Suspensión de ejecuciones y "fuero de atracción"

Según la Ley 24.522, la apertura del concurso:

  • Suspende el trámite de los juicios patrimoniales contra el concursado por deudas anteriores y prohíbe iniciar nuevos por esas mismas causas.
  • Atrae la competencia de esos juicios al juez del concurso (fuero de atracción), con algunas excepciones (procesos de familia, ejecuciones de garantías reales, ciertos juicios laborales y de conocimiento en trámite).
  • Paraliza muchas medidas cautelares y ejecuciones en curso, aunque las garantías reales (hipotecas, prendas) pueden conservar ciertos derechos específicos sobre los bienes gravados.

En paralelo, la ley dispone la suspensión del curso de los intereses para la mayoría de los créditos no garantizados con prenda o hipoteca; los intereses de los créditos con garantía real solo pueden cobrarse sobre el producido de los bienes gravados. Esto reduce significativamente la presión financiera sobre la empresa.

Contratos en curso de ejecución

En cuanto a los contratos con prestaciones recíprocas pendientes (por ejemplo, contratos de suministro, leasing, alquileres comerciales complejos), la ley establece que:

  • La empresa concursada puede continuar con esos contratos, pero debe pedir autorización al juez, quien escucha al síndico antes de decidir.
  • Si se decide continuar el contrato, el cocontratante puede exigir que se cumplan también las prestaciones vencidas hasta la fecha de la presentación, bajo apercibimiento de resolución del contrato.
  • Las prestaciones que el tercero cumpla después de la presentación gozan de un privilegio especial en el cobro, lo que incentiva a seguir proveyendo bienes o servicios a la concursada.
  • Si dentro de los 30 días de abierto el concurso no se comunica al tercero la decisión de continuar el contrato, este puede resolverlo mediante notificación al deudor y al síndico.

Servicios públicos y contratos de trabajo

  • Servicios públicos: no pueden cortarse por deudas anteriores a la apertura del concurso, siempre que se paguen puntualmente los consumos posteriores. Si no se abonan las facturas nuevas, los prestadores pueden suspender el servicio siguiendo su normativa específica.
  • Contratos laborales: la ley prevé un régimen especial de "convenios de crisis" y reglas sobre convenios colectivos durante el concurso. En la práctica, el concurso no habilita a despedir sin costo ni a incumplir salarios; los créditos laborales gozan de fuerte protección y privilegios.

En la práctica, la empresa debe armar un mapa de sus contratos críticos (alquileres, leasing de maquinaria, proveedores estratégicos, contratos con el Estado, etc.) y definir, junto con el abogado y el contador, cuáles continuarán y cuáles conviene renegociar o resolver.

¿Cuál es el rol del abogado y del contador en la estrategia de reestructuración y concurso preventivo?

En una reestructuración seria, el abogado concursalista y el contador son un equipo inseparable. El contador aporta diagnóstico y números creíbles; el abogado transforma ese diagnóstico en una estrategia legal viable, maneja el proceso judicial y negocia los términos del acuerdo dentro del marco de la Ley 24.522.

Rol del abogado especializado en concursos y reestructuración

  • Evaluar si la empresa se encuentra en cesación de pagos y si conviene un acuerdo privado, un APE o un concurso preventivo.
  • Diseñar la estrategia general: qué deudas intentar reestructurar primero, cómo tratar a cada grupo de acreedores y qué tipo de propuesta (quitas, plazos, garantías) es defendible jurídicamente.
  • Preparar el escrito de demanda de concurso, ordenar la documentación exigida y representar a la empresa frente al juez y al síndico.
  • Negociar con bancos, proveedores, acreedores laborales y fiscales, buscando mayorías suficientes sin comprometer la viabilidad futura del negocio.
  • Controlar el cumplimiento de los plazos procesales (verificación de créditos, período de exclusividad, presentación de propuestas, etc.).

Rol del contador y del equipo financiero

  • Armar estados contables confiables y actualizados, así como proyecciones de flujo de caja bajo distintos escenarios de quita y espera.
  • Clasificar y documentar correctamente los créditos y acreedores, lo que será insumo clave para el síndico y el juez.
  • Determinar qué nivel de quita y qué plazos de espera son sostenibles sin destruir la operación de la empresa.
  • Acompañar al abogado en reuniones con acreedores, explicando técnicamente la situación financiera y la razonabilidad del plan propuesto.

Cuando abogado y contador trabajan coordinadamente desde el diagnóstico temprano, la probabilidad de llegar a un acuerdo homologable y sostenible aumenta de forma notable.

Errores frecuentes y conceptos erróneos sobre la reestructuración y el concurso preventivo

Existen varios mitos que llevan a decisiones tardías o equivocadas. Desarmarlos ayuda a usar el concurso preventivo como herramienta de salvataje y no como "último suspiro" sin chances.

  • "Presentarse en concurso es lo mismo que quebrar": falso. El concurso preventivo busca precisamente evitar la quiebra y preservar la empresa como unidad productiva. La quiebra suele ser la consecuencia de un concurso fracasado o de una presentación demasiado tardía.
  • "Si me presento, pierdo automáticamente el control de la empresa": en general, la administración sigue en manos de los directores o dueños, aunque bajo control judicial y del síndico. Solo en casos de conductas graves puede desplazarse a los administradores.
  • "El concurso solo sirve para grandes empresas": la ley contempla concursos de pymes y hasta de personas humanas. Hay miles de concursos de pequeños comercios, industriales y prestadores de servicios.
  • "Con el concurso se perdonan todas las deudas": tampoco es cierto. Solo se reestructuran en los términos acordados con los acreedores; algunas deudas (por ejemplo, ciertas obligaciones fiscales o laborales) tienen protecciones especiales.

Fuentes oficiales para profundizar (Argentina)

Si desea revisar la normativa aplicable, puede consultar directamente:

Preguntas frecuentes sobre reestructuración de deudas y concurso preventivo en Argentina

¿Puede una pyme chica presentarse en concurso preventivo?

Sí. La Ley 24.522 no está reservada a grandes empresas. Muchas pymes industriales, comerciales y de servicios utilizan el concurso para ordenar deudas con bancos, proveedores y el fisco, siempre que haya una actividad viable detrás y se pueda presentar un plan de pagos creíble.

¿Qué pasa con las deudas fiscales (AFIP, rentas) en un concurso preventivo?

Las deudas fiscales forman parte del pasivo y deben declararse; suelen tener privilegios y un régimen especial. Habitualmente se negocian mediante planes de facilidades de pago y regulaciones específicas vigentes en cada momento. No desaparecen, pero pueden "reperfilarse" con plazos e intereses diferentes.

¿Puedo seguir operando y facturando normalmente durante el concurso?

En la mayoría de los casos sí. La empresa continúa operando, facturando y pagando sus obligaciones nuevas a medida que vencen. El concurso se enfoca principalmente en las deudas preexistentes. Eso sí, la empresa opera bajo mayor control y con ciertas restricciones para realizar actos de disposición relevantes sin autorización judicial.

¿Cuánto tiempo dura, en promedio, un concurso preventivo?

Depende de la complejidad del caso, el número de acreedores y el nivel de conflicto. Solo el período de exclusividad puede extenderse hasta 120 días hábiles, y luego pueden venir etapas de cram down o incidencias judiciales. En la práctica, un concurso de pyme puede durar entre 1 y 3 años hasta la homologación y cumplimiento inicial del acuerdo.

¿Un acuerdo privado firmado antes del concurso sirve o se "pierde"?

Los acuerdos privados previos pueden ser buenas bases de negociación, pero al abrirse el concurso todos los acreedores deben ajustarse al régimen legal. Algunos acuerdos se respetan, otros deben adecuarse al marco del concurso, y en ciertos casos se revisan si perjudican al resto de los acreedores.

¿Cuándo conviene contratar un abogado especializado en reestructuración y concursos?

Conviene contactar a un abogado especializado apenas se detectan las primeras señales serias de deterioro financiero sostenido, no cuando la empresa ya está colapsada. Un buen momento es cuando la empresa empieza a acumular atrasos con el fisco o los bancos y ve que, aun con refinanciaciones, no logra estabilizar su flujo de caja.

La reestructuración y el concurso preventivo son procesos de alta complejidad técnica y alto impacto económico: se ponen en juego empleos, reputación, acceso futuro al crédito y, a veces, el patrimonio personal de los socios. Un abogado concursalista experimentado puede:

  • Determinar si todavía es posible encauzar la situación con acuerdos privados o si ya es imprescindible un concurso.
  • Proponer medidas preventivas para proteger la empresa (revisar garantías otorgadas, evitar actos que puedan ser impugnados después, ordenar la documentación contable).
  • Guiar a los socios sobre su responsabilidad personal y cómo minimizar riesgos adicionales.

Cuanto más temprano se incorpora al abogado y al contador en la conversación estratégica, más alternativas existen y menos traumática suele ser la solución.

Próximos pasos si su empresa evalúa reestructurar deudas en Argentina

Si su empresa o pyme enfrenta deudas impagables o ve venir una crisis de liquidez, el peor error es paralizarse. Hay un conjunto de pasos concretos que puede tomar para ordenar la situación y decidir, con información, si un concurso preventivo es el camino adecuado.

  1. Hacer un diagnóstico financiero urgente
    • Reúna a su contador o equipo financiero y arme un cuadro actualizado de deudas: quiénes son los acreedores, montos, vencimientos y garantías.
    • Prepare un flujo de fondos proyectado a 12-24 meses, contemplando distintos escenarios (sin reestructurar, con quitas moderadas, con plazos extendidos).
  2. Consultar con un abogado concursalista
    • Lleve al abogado toda la información financiera y contractual disponible.
    • Analicen juntos si es viable intentar primero acuerdos privados con ciertos acreedores clave o si las ejecuciones inminentes hacen más prudente un concurso.
  3. Ordenar documentación y contabilidad
    • Regularice la confección de estados contables, actas societarias y registros de acreedores.
    • Evite movimientos patrimoniales que puedan ser cuestionados (ventas de activos a precios irrisorios, pagos selectivos a socios, etc.).
  4. Definir una estrategia de negociación
    • Segmente sus acreedores: bancos, proveedores clave, fiscales, laborales, otros.
    • Piense qué puede ofrecer a cada grupo: quitas, plazos, garantías reales o personales, capitalización de créditos, etc.
  5. Decidir a tiempo entre acuerdo privado y concurso preventivo
    • Si las negociaciones privadas avanzan y se frena la litigiosidad, puede evitarse el concurso.
    • Si la presión judicial y financiera sigue escalando, un concurso preventivo bien preparado puede ser la única vía para preservar la empresa.

La reestructuración de deudas y el concurso preventivo son momentos críticos, pero también una oportunidad para "resetear" la empresa y hacerla sostenible. Contar con asesoramiento legal y contable especializado, actuar con transparencia frente a los acreedores y moverse a tiempo son los pilares para atravesar la crisis con la mayor protección posible para la compañía y sus dueños.

¿Necesita Orientación Legal?

Conéctese con abogados experimentados en su área para obtener asesoramiento personalizado.

Sin obligación de contratar. Servicio 100% gratuito.

Descargo de responsabilidad:
La información proporcionada en esta página es solo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Si bien nos esforzamos por garantizar la precisión y relevancia del contenido, la información legal puede cambiar con el tiempo y las interpretaciones de la ley pueden variar. Siempre debe consultar con un profesional legal calificado para obtener asesoramiento específico para su situación.

Renunciamos a toda responsabilidad por las acciones tomadas o no tomadas en función del contenido de esta página. Si cree que alguna información es incorrecta o está desactualizada, por favor contáctenos, y la revisaremos y actualizaremos cuando corresponda.